La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) consideró "incumplidas" las medidas cautelares a favor de la dirigente de la Túpac Amaru, Milagro Sala, y advirtió que la justicia de Jujuy tomó decisiones que "agravan la situación de riesgo" de la diputada del Parlasur, en relación a la prisión domiciliaria que "reproducía las condiciones de la Penitenciaría" y a la posterior orden judicial para que Sala fuera trasladada nuevamente al penal.
A través de un comunicado la Comisión advirtió que "la situación actual de Milagro Sala cumple con los requisitos de extrema gravedad, urgencia y riesgo de daño irreparable, previstos en el artículo 63.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos para el otorgamiento de medidas provisionales". La CIDH entendió que "las más recientes acciones, analizadas en conjunto con otros factores de riesgo identificados en la Resolución 23/17, agravarían el riesgo para la vida e integridad personal de la señora Sala".
La dirigente jujeña se encuentra detenida en el penal de Alto Comedero, desde donde denunció hostigamiento y maltratos por parte del personal penitenciario. La CIDH recordó que Sala se encuentra detenida desde enero de 2016, y que desde entonces organizaciones de derechos humanos de la Argentina solicitaron a ese organismo interamericano la adopción de medidas cautelares para revertir la situación.
"El 27 de julio de 2017, tras haber recibido información de ambas partes (peticionantes y gobierno argentino) y haber efectuado una visita al centro de detención, la Comisión Interamericana otorgó medidas cautelares a favor de Milagro Sala a través de la Resolución 23/17", subrayó el organismo.
A juicio de la Comisión, "existían suficientes elementos para considerar que, entre otros aspectos, las condiciones de detención de Sala constituían una situación de hostigamiento y estigmatización que ponía en riesgo su vida e integridad, situación agravada por el estado de la salud mental de la beneficiaria".
En consecuencia, "la CIDH dispuso que el Estado argentino debía adoptar medidas para garantizar los derechos a la vida e integridad personal de la beneficiaria; concertar con ella las medidas a tomar y teniendo en cuenta la excepcionalidad de la detención preventiva, adoptar medidas alternativas, tales como el arresto domiciliario o que la beneficiaria Sala enfrentara el proceso (en diversas causas judiciales) en libertad".
La Comisión, que funciona como organismo autónomo en el ámbito de la OEA, recordó que "inicialmente las autoridades judiciales ordenaron la detención domiciliaria para Sala". Lo hicieron sin embargo "bajo un estricto régimen de seguridad que reproducía las condiciones de la Penitenciaría" en la casa de La Ciénaga, donde cumplía la prisión domiciliaria.
"Posteriormente, la Cámara de Apelaciones y Control de la provincia de Jujuy ordenó el retorno de la procesada" a la cárcel de Alto Comedero, en la capital provincial, donde pasó la mayor parte del tiempo que lleva en prisión desde enero de 2016.
Finalmente, mientras la apelación de esa resolución de la Cámara se hallaba en curso, "un juez ordenó el reingreso de Milagro Sala al penal porque ella se habría negado a ser trasladada a un centro médico donde se la practicarían exámenes clínicos".
"Además, la Comisión tuvo conocimiento de la grave situación psicológica que atraviesa la beneficiaria por la angustia que le generan las últimas decisiones tomadas por las autoridades del Estado, lo que la habría llevado a causarse una autolesión, en adición a la causada con anterioridad al otorgamiento de las medidas cautelares", señaló la CIDH.