Lidia Margarita Casciano, es la mujer que en grupos de Whatsapp de la agrupación de ultraderecha Revolución Federal (RF) ofrecía un arma para matar a Cristina Fernández de Kirchner días antes del atentado contra su vida. Por esto fue procesada por incitación a la violencia colectiva. Ahora presentó un escrito donde afirmó ante la Justicia que en realidad "estaba embromando".
Casciano, a quien el fundador de Revolución Federal, Jonathan Morel, tenía agendada como "Dali Revolución", apeló el procesamiento en su contra dictado por el juez Marcelo Martínez de Giorgi por el delito de "incitación a la violencia colectiva". En ese sentido y a través de un escrito presentado por su defensora oficial, Florencia Plazas, la imputada aclaró "con relación a haber hecho referencia a las ganas de usar el arma que estaba embromando".
"De ninguna manera lo dijo seriamente y que los mensajes que envió eran una manera de expresar su descontento con la situación del país pero que de ninguna manera lo dijo de manera cierta. Que jamás sacaría el arma de su domicilio o se la daría a otra persona", sostiene la apelación.
Martínez de Giorgi es el magistrado que lleva adelante la investigación sobre las agresivas acciones de Revolución Federal en las calles y en grupos y plataformas virtuales donde directamente se hablaba de estrategias para matar a la entonces vicepresidenta y se mencionaba a otros funcionarios. Una pata pendiente de esta investigación es la del financiamiento de la organización: todo apunta al Grupo Caputo, pero las prueba se dilatan.
El juez terminó procesando a Casciano porque en cuatro ocasiones hizo alusión a la utilización del arma en un contexto de supuesto ataque a la expresidenta. Un delito que prevé de tres a seis años de prisión. Pero la mujer "reiteró que nunca pasó por su mente hacerle daño a la señora Cristina Fernández de Kirchner ni facilitar ninguna acción tendiente a ello".
"En todo momento las manifestaciones fueron a tono de broma. (…) Cuando hice referencia a las ganas de usar mi arma, quiero aclarar que yo soy muy burlista, verborrágica e impulsiva con lo cual yo estaba embromando", reiteró.
Casciano descalificó la figura que le aplicó el juez y aclaró que "el grupo de WhatsApp estaba integrado tan sólo por 19 participantes", por lo cual no puede considerarse que hubo una incidencia colectiva de su conducta.
"Más allá del tenor ofensivo o reprochable que puedan tener los mensajes, todos ellos fueron dichos en un ámbito de privacidad. Enviados en un grupo cerrado de WhatsApp --los primeros tres-- y en una conversación privada entre dos personas mayores de edad el cuarto", subrayó.
La defensa aseveró que "más allá del objetable contenido de los mensajes, no puede considerarse que los mismos hayan tenido virtualidad como para influenciar a la violencia colectiva y de ese modo alterar la paz social y la tranquilidad pública". Un argumento que buscó desbaratar lo expresado por el juez al procesar a la mujer. En esa oportunidad, Martínez de Giorgi había dicho que por la naturaleza de estos grupos amplios, integrados "por varios y distintos sujetos" que entran y salen, todo es capaz de trascender.
Casciano recordó que "es legítima usuaria de armas de fuego y que los mensajes que se le imputa haber mandado se debieron a su descontento con la situación del país y con su pensamiento político pero que de ninguna manera esas expresiones fueron manifestadas en el sentido literal de las palabras". El procesamiento sin prisión preventiva pasó ahora a estudio de la Cámara Federal porteña.