El Juzgado Nº4 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad suspendió el aumento del boleto del subte que iba a empezar a regir a partir del viernes. Fue tras un amparo colectivo presentado por la diputada nacional Myriam Bregman, del Frente de Izquierda y de los Trabajadores (FIT) y otros legisladores de ese espacio.

En la resolución, emitida este miércoles, la Justicia solicitó al Gobierno porteño y a la concesionaria Sbase que presenten una serie de documentación para resolver si dictan o no la cautelar que suspendería el aumento hasta que se resuelva la cuestión de fondo. 

“Como medida precautelar, hasta tanto se encuentre contestado el traslado, acompañada la totalidad de la documentación requerida y así lo indique expresamente este Juzgado, los demandados deberán abstenerse de innovar en relación al monto de la tarifa al usuario del servicio público de Subterráneo”, expone el escrito.  

Y agrega que esto es “en virtud de la ausencia de la información vinculada a la participación ciudadana desarrollada en la audiencia pública, específicamente a lo que hace a las respuestas de los requerimientos efectuados en la misma por los participantes”.

El aumento escalonado en el boleto de subte se iba a empezar a aplicar desde el próximo viernes, 17 de mayo, cuando un viaje iba a pasar a costar $574 de los actuales $125, según comunicaron las autoridades de la Ciudad de Buenos Aires (CABA). Es decir, implicaría un incremento del 359 por ciento.

Un aumento flojo de papeles 

La documentación solicitada al Gobierno porteño y a la concesionaria Sbase es la siguiente:

• El informe IF-2024- 17118650-GCABA-SBASE: resolución del directorio de la concesionaria en la que llevan a cabo un análisis en el que la empresa aprueba los nuevos cuadros tarifarios y apunta que la tarifa tiene que estar en 809,07 $.

• El expediente 2024-05127084-GCABA-SBASE e IF-2023-44264945-GCABA-SBASE, ambos mencionados en la ley 4.472 de determinación de la tarifa técnica.

• Actuaciones administrativas o informe sobre cantidad de pasajeros brindados por Nación Servicios SA (NSSA), citado en la página 15 del IF2024-06433935-GCABA-SBASE.

• Adjunte los últimos 4 informes trimestrales que el concesionario EMOVA haya presentado a SBASE en los términos del Capítulo XVIII de acápite 18.1.3 del Contrato de Concesión.

"Hasta tanto se encuentre contestado el traslado, acompañada la totalidad de la documentación requerida y así lo indique expresamente este juzgado, los demandados deberán abstenerse de innovar en relación al monto de la tarifa al usuario del servicio público de Subterráneo", especifica el documento.

En tanto, agrega que la demanda está planteada sobre los derechos que revisten "carácter colectivo" en los términos del artículo 14 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que habilitan la legitimación ampliada para litigar por vía de amparo.