En una medida que tiene que ver con la celeridad procesal, la Justicia de Familia autorizó que un padre demandado como deudor de la cuota alimentaria sea notificado a través de WhatsApp, por no poder encontrarlo físicamente. Así lo resolvió el juez Ricardo Dutto, del Tribunal Colegiado de Familia N° 5 de Rosario, ante la imposibilidad de localizar al demandado en el domicilio real, en relación a su residencia fuera de la provincia de Santa Fe.
Se trata de una causa que se inició por alimentos, contra el progenitor. El aviso del comienzo del proceso será enviado a su número telefónico, que según expresa el decreto, "se considera en carácter de declaración jurada de la madre que presentó el juicio por alimentos".
En ese sentido, se establece que en la notificación se deberá individualizar los datos del expediente y transcribir en forma textual el decreto dictado por el magistrado.
Además tendrá que indicarse que la causa puede ser consultada a través del sistema SISFE, una vez cumplidas las formalidades del caso, por tratarse de una acción de ejercicio de estado de familia. "Realizada la misma se acompañará la captura de pantalla" a las partes.