El espíritu de la “Ley Bases” implica un cambio estructural negativo para la Nación y el pueblo argentinos. Empezando por las facultades delegadas, pasando por la reforma laboral, y llegando hasta las privatizaciones. No obstante, es necesario detenerse en la esencia del Régimen de Incentivos a las Grandes Inversiones (RIGI).

Con el RIGI, el capital extranjero podría invertir en mercados estratégicos y recursos naturales con estabilidad fiscal por treinta años, teniendo beneficios tributarios y cambiarios. Sería un saqueo legalizado que implicaría desindustrialización y desempleo. La soberanía jurídica sería cedida porque, como fundamenta Alfredo Zaiat en este mismo diario, “cualquier litigio se resolverá en el tribunal arbitral internacional (Ciadi)”.  

En el debate parlamentario se observa que, para la sanción de una ley nacional, en muchos casos pesan más los intereses provinciales que los nacionales, derivados de ciertos beneficios de la minería en general y de los hidrocarburos en particular. Muchos gobernadores influyen sobre legisladores nacionales de sus provincias en este sentido.

En estas circunstancias, el poder económico local aplaude la reforma laboral y otras, pero grandes grupos locales que se encuentran en “la mayor crisis de su historia”, también podrían verse perjudicados, como retrata Leandro Renou: “El dato más llamativo, visto en perspectiva histórica, es del Arcor, que va camino -después del 2001 y el macrismo- a tener por tercera vez en su historia ejercicios con números rojos […] hubo palabras muy fuertes contra la política oficial y quejas varias de muchos de los gigantes, entre ellos Roggio, Chediak, Supercemento, Rovella Carranza y Panedile […] ‘Sacando a Paolo -Techint-, estamos todos en crisis’ […] ‘¿Cuánto dura el miedo?’, preguntó este diario a varios popes empresarios. ‘Lo que banque la calle’, respondieron”. Quizá “la calle” no sea el único temor.

Causa cuadernos

Expresando los intereses del capital financiero transnacional, el gobierno de Mauricio Macri se proponía un cambio de rumbo respecto al período 2003-2015. Luego de un buen resultado en las elecciones de 2017, comenzó a intensificar una serie de iniciativas que apuntaban contra dos sectores sociales específicos: en primer lugar, la clase trabajadora y el pueblo en general; en segundo lugar, el “círculo rojo”, nombre con el que Macri denomina a la fracción del capital conocida en una parte de la literatura como grupos económicos locales.

La “causa cuadernos” es un conjunto de procesos judiciales cuya causa madre es la N° 9.608/2018. Acusa por corrupción a funcionarios del período kirchnerista, en particular a Cristina Fernández de Kirchner -expresión de políticas nacionales y populares-, y también a representantes de holdings locales vinculados a licitaciones públicas “en el marco de las áreas de energía, transporte, concesiones viales y obra pública”, según la causa N° 13.816/2018, que presenta la mayor cantidad de empresarios imputados.

No existe evidencia histórica de un acontecimiento similar en cuanto a que decenas de representantes del poder económico local hayan sido afectados por el Poder Judicial en esta magnitud. De acuerdo a la fiscal León, “esta causa […] es la investigación de hechos de corrupción más extensa que se ha realizado en la historia judicial argentina y solo comparable a unas pocas a nivel mundial”. La información oficial asegura que, aunque no fue celebrado el juicio, la causa ya generó consecuencias económicas: “En esa dirección se han decretados embargos, inhibiciones generales de bienes e intervenciones de sociedades, secuestros de elementos (maquinarias), prohibiciones de no innovar, de repartir dividendos, subrogados de ganancias, etcétera”.

Los dueños de la obra pública

En el período 2003-2015, el 56,3 por ciento de la obra pública fue inversión centralizada en organismos nacionales, mientras que el 43,7 por ciento en provincias y municipios. Las ochenta empresas de mayor facturación en obra pública nacional representan el 61,36  por ciento del total. El restante 38,64  por ciento corresponde a unas 1500 empresas, de menor tamaño y participación.

Tomando la información disponible de las ochenta empresas de mayor facturación que abarcan solo el 61,36 por ciento de la facturación total, se advierte que los grupos económicos locales son la forma de propiedad que mayor participación tuvieron en la obra pública nacional en el período 2003-2015 (26,63 por ciento), casi duplicando a la del capital extranjero (14,46 por ciento). El peso de grandes empresas locales independientes del sector también ha sido relevante (16,94 por ciento), mientras que el de empresas estatales ha sido minoritario (3,33 por ciento).

El promedio de participación por firma de los grupos económicos locales fue de 2,05 por ciento; de las empresas locales independientes de 0,35 por ciento; de capitales extranjeros de 0,9 por ciento; y de empresas estatales el 3,3 por ciento,. Asimismo, pocos grupos económicos locales superan a la participación de la única empresa estatal, Invap, como Techint (4,89 por ciento), Lecsa (4,18 por ciento) y Corporación América (3,38 por ciento).

En la causa están involucradas 52 de las 80 firmas que más facturan en la obra pública nacional, representando al menos el 41,54  por ciento del total y el 65 por ciento de las 80 empresas que más facturan. También están implicadas empresas que no forman parte de las 80 de mayor facturación.

Vinculando la imputación en la causa de personas físicas con la participación de las 80 empresas que más facturaron en la obra pública nacional, se advierte que el 25,84 por ciento de la facturación está relacionada con representantes de grupos económicos locales imputados, 14,22  por ciento relacionado a empresas locales independientes y 1,48% a capitales extranjeros.

Los grupos económicos locales detentan el 29  por ciento del total de procesados, las empresas locales independientes el 44 por ciento, los conglomerados extranjeros el 8 por ciento y los funcionarios públicos el 19 por ciento. La afectación de funcionarios públicos resulta evidente, pero los grupos económicos locales tuvieron un promedio de procesados por firma (2,44) mayor que la media (1,8) y que el resto de las formas de propiedad.

En algunos casos, las firmas afectadas sufrieron pérdidas, como en el caso del Grupo Indalo, pero para la mayoría lo más relevante no son las consecuencias materializadas sino las potenciales, debido a que el juicio no fue celebrado y corren diversos riesgos ante una sentencia adversa: en el caso de las personas físicas, podrían cumplir prisión y tener reducciones patrimoniales; en el de las personas jurídicas, ser deslistadas de la bolsa local, de la bolsa estadounidense, perder acceso al financiamiento, mercados y hasta las empresas. La amenaza condiciona el comportamiento.

Fracciones de capital y Poder Judicial

El accionar del poder judicial no se manifiesta en leyes sino en sentencias, o sea, mediante la aplicación de una ley general a un caso particular. Los acuerdos y las disputas entre fracciones del capital también se dirimen en el Poder Judicial, debido a que desde esta instancia estatal se incide de manera significativa en las reglas del funcionamiento económico.

La penetración estadounidense en el sistema judicial argentino mediante diversos mecanismos puede constatarse, entre otras fuentes, en ArgenLeaks y PolitiLeaks de Santiago O'Donnell. 

Todos los cambios de patrones de acumulación requirieron cambios totales o mayoritarios en la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Milei está planteando un cambio en la Corte.

Uno de los objetivos de la OMC, tan hegemonizada por Estados Unidos como el FMI, reside en la liberalización de las compras y contrataciones públicas, o sea, la apertura al capital extranjero por parte de los Estados nacionales y subnacionales en lo que hace a sus gastos. El organismo trasnacional fundamenta que “las leyes, reglamentos, procedimientos y prácticas relativos a la contratación pública no deben ser elaborados, adoptados ni aplicados a los productos, los servicios o los proveedores extranjeros o nacionales de forma que se proteja a los nacionales, ni deben discriminar entre los productos, los servicios o los proveedores extranjeros”. En el mismo sentido, se dirigen los pedidos contra la “corrupción” de especialistas jurídicos estadounidenses en derecho transnacional de la Securities and Exchange Commission (SEC).

Disputas

El proceso que incubó la crisis de 2001 no sólo tuvo como perjudicados a trabajadores, sectores medios y pymes. Desde 1998, comenzó a desarrollarse una disputa en el seno del bloque dominante entre grupos locales, por un lado, y corporaciones extranjeras y capitales financieros transnacionales, por otro.

Dentro de los grupos locales hay distintas jerarquías, por lo cual no puede descartarse que comience un proceso de desdoblamiento de esta fracción entre ganadores y perdedores relativos o, al menos, una reconfiguración relevante.

El conjunto de afectados por la política económica otorga la pauta respecto a la amplitud necesaria para la lucha contra un patrón de acumulación -neoliberal y hegemonizado por el capital financiero transnacional, en este caso-, pero no para el sostenimiento de uno nacional y popular. Cuando la clase trabajadora y los sectores populares están en condiciones más desfavorables, las fracciones pueden permitirse una disputa más aguda entre ellas, mientras que, ante el fortalecimiento relativo de la clase trabajadora y los sectores populares, las fracciones del capital más poderosas convergen contra ellos.

* Economista UBA-UNDAV. @Pablo_Ferrari77