Luego de que el juicio por abuso grupal y femicidio de Rocío Vera, la niña de 14 años atacada en 2020 en Reconquista, terminara el año pasado con dos condenados a prisión perpetua y dos absueltos, la Cámara Penal dictó la coautoría de todos y la misma pena a los cuatro implicados. En consecuencia, ayer por la mañana, los dos que estaban en libertad quedaron en prisión, tras la audiencia solicitada por el fiscal Valentín Hereñú, al conocer el fallo condenatorio. La investigación dejó expuesta la violencia extrema a la que fue sometida la víctima en una casa abandonada, mientras se encontraba en estado de vulnerabilidad y embarazada de pocas semanas. "Esto sienta una jurisprudencia importante en cuanto a la coautoría en casos de abusos grupales", destacó la abogada querellante Carolina Walker, que además valoró que un fallo de este tipo se dé en el norte santafesino.

Cuando están por cumplirse cuatro años del hecho que conmovió a toda la provincia, el tribunal de alzada de Vera, integrado por los camaristas Sebastián Creus, Enrique Álvarez y Fernando Gentile Bersano, resolvió por unanimidad ratificar lo resuelto en primera instancia en relación a las condenas de Leonardo Godoy (32) y Pascual Fagundes (25); mientras que revocó las absoluciones que se habían dictado en primera instancia para Juan Godoy (34) y Brian Altamirano (24), y les dictó pena de prisión perpetua. Ambos estuvieron en libertad a la espera de la revisión del caso y ayer volvieron a quedar tras las rejas. Por el mismo caso, la Justicia de Menores ya había condenado a dos adolescentes.

Los hechos fueron cometido en julio de 2020, en Reconquista. "La adolescente sufrió una agresión grupal sumamente violenta por parte de los seis condenados", planteó el fiscal, que al mismo tiempo detalló la brutal agresión y vejaciones. "La abusaron sexualmente en reiteradas oportunidades; la arrastraron por el suelo y sobre un fogón encendido; la cargaron en sus brazos para que pasara por el hueco de un alambrado; le quitaron la vida mediante golpes, y la empujaron para que su cuerpo quedara oculto entre las malezas", especificó sobre el hecho cometido el sábado 11 de julio de 2020, "época en la que la víctima iba a la escuela secundaria".

La nueva resolución se conoció luego de la apelación. El fiscal sostuvo que "la sentencia del juicio oral había sido arbitraria al no considerar acreditadas las conductas delictivas de dos de los coautores. Las absoluciones se habían definido a partir de una valoración parcializada de los elementos de prueba", dijo. El representante del MPA subrayó que "el fallo recurrido carecía de perspectiva de género. En casos de femicidio es fundamental analizar los indicios de violencia hacia la mujer víctima, el contexto de la agresión y los indicadores de conducta de los atacantes".

Con la decisión de la Cámara, la abogada querellante aseguró a este diario que "es una sentencia que deja tranquilidad. Es lo que esperábamos desde el primer momento. La sentencia de primera instancia era contradictoria y sin perspectiva de género. Esto (el fallo de alzada) sienta una jurisprudencia importante en cuanto a la coautoría en casos de abusos grupales, como el de Rocío. Lo que dice es que la presencia de todos los imputados en el mismo lugar suma a la situación de violencia, por lo cual, todos serían coautores".

En ese punto, el fallo expresa que "la sola presencia de un número importante de varones en actitud violenta supone un sometimiento físico o intimidante que implica el ejercicio de la violencia típica, aún cuando se invoque la hipótesis de que no todos la accedieron carnalmente". En el mismo sentido se refiere al delito de femicidio: "(...) el solo hecho de estar allí aconsejando o acompañando para causar la muerte, para evitar la denuncia, supone una conducta relevante en términos de esa tipicidad dado que es esencial la conexión final, es decir, para lograr la impunidad".

Con todo, los cuatro resultaron condenados a prisión perpetua como coautores de homicidio calificado por haber sido cometido con alevosía, para ocultar otro delito, por mediar violencia de género (femicidio) y por la intervención de menores de edad; y abuso sexual calificado por haber sido cometido por dos o más personas y por la intervención de menores de edad.