El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) modificó la normativa que regula la provisión de la Fuente Alternativa de Energía para los inscriptos en el Registro de Electrodependientes, cuya condición les garantizaba una respuesta rápida de las distribuidoras eléctricas ante cortes de energía. Esto implica que ahora tienen un período más largo de tiempo para atender denuncias por falta de electricidad, poniendo en riesgo la vida de las personas que, por cuestiones de salud, tienen una dependencia del suministro de energía eléctrica.
Así lo dispuso el gobierno de Javier Milei este jueves con la publicación de las resoluciones 329/2024 y 330/2024, firmadas por el interventor del ENRE, Dario Oscar Arrué, a través del Boletín Oficial. Las mismas indican reformulaciones en los procedimientos para la realización de obras y para la aplicación de las sanciones por incumplimiento de plazos que se flexibilizan a favor de las empresas.
Qué dice la nueva normativa
Según lo establece la Resolución 329/2024, a partir de ahora las empresas distribuidoras cuentan con un mayor período de tiempo para atender a las denuncias por falta electricidad. Si anteriormente, tanto Edenor como Edesur disponían de 48 horas para dar una solución, sin diferencias días hábiles e inhábiles, hoy tienen una tolerancia de hasta dos días hábiles a partir del reclamo. De suceder un corte un fin de semana largo, significaría un riesgo para los electrodependientes.
Por otro lado, las flamantes medidas sugirieron cambios en las sanciones por incumplimiento, determinando que, de ahora en más, las empresas de energía deberán abonar al usuario una multa en pesos equivalente a 2.000 kWh “por cada día hábil de atraso” (hasta un valor máximo de 500.000 kWh) y valorizada según la tarifa promedio vigente.
Por su parte, la segunda resolución (330/2024) deroga otras tres -97/2021, 254/2023 y 472/2023- que tenían por objetivo asegurar la visibilidad de los hogares con electrodependientes ante el ENRE y, gracias a eso, funcionaban como garantía de una respuesta prioritaria de las distribuidoras eléctricas en casos de cortes de suministro.
Asimismo, actualmente a las distribuidoras se les otorgará un máximo de 30 días hábiles para llevar adelante una adecuación y dispoción de la conexión a una Fuente Alternativa de Energía (FAE), con sanciones aplicables por incumplimiento.
Requisitos para acceder a una FAE
Quien solicite este tipo de servicio debe figurar en el Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud, así como también en el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE) y, sumado a eso, debe pertenecer al segmento de menores ingresos (N2).
A los condicionantes, se añadió un quinto requerimiento que consta en “informar un domicilio electrónico constituido en una casilla de correo electrónico para ser notificado por la distribuidora, así como un número de celular o teléfono fijo de contacto”. En esa línea, se señaló que cualquier notificación que sea enviada a dicha dirección electrónica será tenida en cuenta fehacientemente a los efectos procedimentales.
De acuerdo con lo dispuesto en el inciso nº3, además de un escrito que consigne la patología del paciente y el aparato de electromedicina solicitado (que comprende el carácter de una declaración jurada), el usuario debe presentar --en caso de que la distribuidora así lo exija-- otro escrito elaborado por el propietario de la vivienda, que autorice la conexión de una FAE. Adicionalmente, el solicitante deberá acompañar esta autorización con una copia del contrato de locación y/o del informe de dominio del inmueble.
La preocupación de los electrodependientes y sus familias
Mariela Duarte Vinelli es fundadora de "Luz para ellos", una organización integrada por madres, padres y familiares de Personas Electrodependientes por Cuestiones de Salud e impulsora de la ley 27351 (o "Caterina", por su hija) que busca cumplir los derechos de esta comunidad.
"Si bien desde la fundación es nuestra función que las personas conozcan sus derechos, es el Estado quien debe hacer las campañas de difusión pertinentes, que están dentro de la ley, pero que no han sido cumplidas a raja tabla o de forma suficiente como para que todos los usuarios estén enterados de que podían solicitar una FAE, y que hoy podrían estar cubiertos por la anterior resolución", expresa la coordinadora en diálogo con Página 12.
De esta forma, señala a los principales damnificados por las medidas restrictivas. "Se achicó la posibilidad para ciertas familias que, si bien no son millonarias, se considera que sí pueden hacerse cargo ellos mismos de solventar las adecuaciones para la instalación de las FAE, lo cual implica un gasto bastante considerable, teniendo en cuenta el requerimiento de un certificado firmado por un electricista matriculado, que es muy costosa -arriba de los 50 mil pesos-", comenta.
"Estamos hablando de personas que van a estar muy perjudicadas. Las familias con personas electrodependientes tenemos muchos gastos más allá de pagar una obra social o una prepaga, medicaciones u otros insumos que estas entidades no nos entregan desde hace mucho por diversos inconvenientes. Y si bien la comunidad de familias recibe algunas donaciones, a veces no alcanza para cubrir toda la demanda", lamenta.
Las multas que antes pagaban a los usuarios y les servían a estos para solventar las adecuaciones, ahora disminuirán ya que las empresas tienen permitido tardar más tiempo en accionar. "Todo se da en cadena. Hicieron esta resolución para favorecer a las empresas y en desmedro de las personas electrodependientes y sus familias", concluye Vinelli.
Informe: Carla Spinelli