El femicida Pablo Parra, acusado de asesinar a Agustina Fernández en Cipoletti, fue condenado a prisión perpetua por el juez Guillermo Baquero Lazcano durante el juicio de censura, una audiencia posterior que se realizó luego de que un jurado popular lo haya encontrado culpable por unanimidad.
Pese a que la única pena que Parra recibiría era la de prisión perpetua, este jueves por la mañana se llevó a cabo la última audiencia para dar a conocer la condena contra el femicida.
Según describieron medios dentro de la sala, el acusado tuvo la oportunidad de dar sus últimas palabras, pero prefirió mantenerse en silencio y solo escuchar al juez.
Después del veredicto, el fiscal, Santiago Márquez Gauna, y la querella, Silvana Capello y Mariano Fernández Barreiro, Emanuel Roa Moreno y Damián Moreyra, solicitaron que el condenado continúa bajo prisión preventiva hasta que el caso quede firme por “riesgo de fuga”.
Con respecto a la defensa de Parra, el abogado Juan Manuel Coto remarcó que no se opuso al dictamen ya que ante la decisión del jurado popular sabían que iba a ser condenado a prisión perpetua.
Fue el 2 de julio de 2022 cuando la joven estudiante de 19 años fue encontrada en grave estado en la casa de Parra, al que hasta ese momento consideraban un amigo de la mujer, momento en el que él no se encontraba allí, por lo que en primera instancia creyeron que la habían atacado en un intento de robo.
Agustina murió tres días después del ataque en el Hospital Pedro Moguillansky por graves heridas en la cabeza, que le fueron provocadas al golpearla con un palo.
A un mes de su asesinado, el Ministerio Público Fiscal de Río Negro informó que se encontró ADN de un hombre debajo de las uñas de la estudiante, así como también en una tela azul en el patio de la casa con la que el femicida logró escapar y en las prendas de la víctima.
Este ADN fue cotejado con el del acusado y los análisis dieron resultado positivo, por lo que el fiscal Martín Pezzetta ordenó la detención de Parra, seis meses después del femicidio. Parra esperó el juicio en prisión, ya que la fiscalía se oponía a su liberación por existir riesgo de fuga por la magnitud de la pena que podría imponérsele si lo hallban culpable.