En un demoledor escrito, la titular del juzgado Civil y Comercial Nro 9 de San Isidro, Gabriela Paladín, a cargo del concurso de acreedores de la fintech, propiedad de Alejandro Muszak, dio intervención a la fiscalía, por la posible comisión de delitos de acción pública.
Mientras, Muszak continúa detendo en Magdalena, a pesar de que un polémico fallo de cámara, con la firma del juez Luis Cayuela, le otorgó recientemente la excarcelación, tanto a él como a sus cómplices. Sus abogados buscan la manera de cubrir el monto de la caución, fijado en 980 millones de pesos, sin autoincriminarlo.
Los estafados siguen muy de cerca cómo resuelve Muszak este trámite, que podría dar una pista del destino de su dinero. La última jugada de la defensa fue ofrecer uno de los dos departamentos que el financista posee en Miami.
Wenance es la fintech que prestaba dinero por internet a sectores no bancarizados de la población. Desde 2016 fue demandada sucesivas veces por usura y cobros abusivos a los tomadores de crédito. En julio de 2023 dejó de cumplir sus obligaciones con los inversores, que son alrededor de 8 mil, repartidos entre Argentina, Uruguay y España.
La investigación penal confirmó que Muszak realizaba intermediación financiera ilegal, sin licencia del Banco Central (BCRA). Su operación consistía en emitir títulos de deuda por esos préstamos y colocarlos, tercerizando así el riesgo. Llegó a vender hasta seis veces el mismo préstamo, lo que constituye una típica conducta de esquema Ponzi, donde los nuevos inversores pagan los beneficios de los anteriores.
Historia de un concurso
Paladín es la jueza de primera instancia que, a poco de entrar la empresa en cesación de pagos, rechazó el pedido de concurso presentado por los abogados de Muszak. La decisión se basaba en dos motivos: que las operaciones se habían desarrollado en la ciudad de Buenos Aires, a pesar del reciente cambio de domicilio de la firma, y que a pesar de negarlo, se trataba de una entidad financiera, por lo que correspondía la actuación del BCRA.
Pero los abogados de Muszak apelaron y la Sala 2 de la Cámara de Apelaciones, presidida por la Dra. Fernanda Nuevo, revocó la decisión de Paladín. Ahora, tras ocho meses de actuaciones, en un escrito de 21 páginas, Paladín da por incumplidas por Wenance nada menos que ocho intimaciones, realizadas entre noviembre y mayo pasados, resuelve finalmente apartar a la empresa de la administración del patrimonio de los fideicomisos y, por último, remite copia del expediente a la Fiscalía General de San Isidro, por posible comisión de delito de acción pública.
El principal argumento de Paladín coincide con la prueba existente en la causa del juzgado 43 de CABA: que se trató de una quiebra fraudulenta. "Aquí cabe señalar que es la misma Ley la que establece, como requisito para la existencia del concurso, el estado de cesación de pagos, que debe probarse, no presumirse, por medio de la información exigida en el Art. 11. Si la información hubiere sido tergiversada o fingida, no se habría cumplido con el requisito objetivo, pero además se habría eventualmente cometido una defraudación a los inversores, además de un fraude procesal con el objetivo de sacar ventaja de los acreedores y enriquecerse sin causa a sus expensas".
Además, sostiene la jueza en su escrito, con lógica implacable, que no se puede acreditar esa situación si no se presentan los libros y estados contables: "Resulta llamativo que se nieguen, con excusas pueriles, a explicar la composición del saldo de uno de sus Pasivos más importantes cuantitativamente, cuando podrían simplemente hacerlo tomando como base las registraciones en su Libro Mayor, las de su Libro Diario y los extractos de las cuentas receptoras de recaudación y de su Tesorería, si cobraban por sí".
El rol de Promotora Fiduciaria
Para Paladín, el rol de la empresa de los hermanos Abancens es al menos dudoso. Uno de los requisitos centrales de la figura del fideicomiso financiero es la separación estricta de roles entre fiduciante y fiduciario, donde el primero opera como veedor o controlador del segundo. Sin embargo, en el acuerdo entre Wenance y Promotora Fiduciaria, se designa como agente de cobro y administración a la propia Wenance.
"Si el originador de créditos y fiduciante es Wenance, y el verdadero administrador “Agente de Cobro y Administración” con “amplias facultades para llevar a cabo todos los actos relativos a la administración ordinaria de los Créditos y al cobro de los mismos” es también Wenance: a) ¿Qué hace / hacía Promotora Fiduciaria?, y b) el fideicomiso es “unilateral”, ya que las funciones que “otorga” al fiduciario éste las “devuelve” (en lo sustancial) en el Anexo II, por lo que Jamás abandonan – excepto en el papel – la esfera de decisiones de Wenance", se pregunta Paladín.
"Consecuentemente, si la captación de los inversionistas se debió a un
ardid o engaño sobre la existencia de un fideicomiso que protegería las
inversiones, pero que no era real por la confusión patrimonial derivada de un
acto jurídico (apoderamiento) realizado ex profeso para mantener el control
y la disposición de los bienes fideicomitidos, advirtiéndose la probable
existencia de delitos de acción pública y la obligación que como funcionario
público me cabe, remítanse copias de la presente resolución,
documentación obrante en la causa y permítanse el acceso a las
actuaciones a la Fiscalía General de San Isidro, mediante oficio de estilo", concluye.