La comunidad Lule de Finca Las Costas decidió en asamblea oponerse al desalojo de una madre y sus dos hijos de 5 y 7 años de edad. La medida fue dispuesta por el Juzgado Civil y Comercial de séptima nominación, pero que se tramita ahora en la Cámara de Apelaciones. 

El pedido de desalojo fue realizado por el suegro de la mujer y abuelo de los niños, que es también del Pueblo Lule. La comunidad resolvió defender a la madre con los hijos al tener en cuenta que ella ha sido víctima de violencia de género y además consideran que el juzgado interviniente no tuvo en cuenta los derechos indígenas y particularmente los de las infancias.

La CTA, región Las Yungas, del municipio de San Lorenzo, realizó una presentación en el expediente, señalando los derechos de los niños indígenas, pero les fue negada la participación. Esta acción se llevó a cabo teniendo en cuenta el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, ratificado por la República Argentina, que establece el protocolo de consulta libre, previa e informada cuando estén en juego los intereses de las comunidades indígenas.

"Les dijimos que se están olvidando un derecho fundamental que es la consulta porque están tomando un tema indígena y necesitaban tener en cuenta los derechos indígenas que son derechos especiales, por la vulnerabilidad", dijo a Salta/12 la asamblea de la Comunidad Lule, que eligió dar a conocer esta situación de manera colectiva. 

La madre, identificada solo por las iniciales Y. M., "tiene un aval de la comisión directiva (de la Comunidad) que dice: hemos constatado que quien hace posesión en el lugar es la madre y dos niños lules y por lo tanto, por los problemas que hay en estas situaciones, la comunidad, por medio de su derecho tradicional o costumbres, siempre resuelve que quien se queda en la casa es quien tiene la tenencia de los niños", planteó la asamblea.

En este contexto, la mujer descubrió en la asamblea que también es descendiente Lule, ya que su abuela era lule y así se lo hicieron saber otros integrantes de la Comunidad.

La mujer comenzó a vivir en tierras lules cuando inició la convivencia con su pareja, A. S. integrante lule, padre de los dos niños. La Comunidad indicó que "en instancia de mediación" por cuota alimentaria y régimen de comunicación,  tras una denuncia por violencia de género, había un acuerdo para que la mujer se quedara con los niños en la casa, mientras el hombre había sido excluído del hogar. "Hay otro expediente en un juzgado de familia. Él se va y pide a cambio un auto que compraron entre los dos pero que estaba a su nombre", explicaron.

La asamblea detalló que después de la exclusión del hogar del padre de los niños, el abuelo pidió el desalojo de la madre. "Años atrás, el abuelo colabora en una defensa territorial en el sector donde está la casa, luchando contra una usurpación general" y se le destinó un lugar a este hombre, que a su vez le cedió un espacio a uno de sus hijos, que fue a vivir ahí con Y. M., que era su pareja por entonces. Las familias de A. S. y Y. M. "colaboran en la construcción de la casita, gran parte de la construcción la hicieron la mujer y sus padres. Ella dice que era muy chica, que jamás le dijeron que había un acta a nombre del suegro", señaló la asamblea.

La Comunidad Lule plantea que el abuelo que ahora reclama las tierras en 2018 había pedido a la comisión directiva que le certifique el acta de entrega del terreno y la usó en el marco del juicio civil que inició después contra la exnuera. Ahora la asamblea comunal reprocha que el Juzgado Civil y Comercial tomó esa acta "como título y fallan a favor" de este hombre sin consultar a sus autoridades y sin tener en cuenta que hay dos niños lules que quedarán sin techo.

"El fallo de 7ma. nominación dice que es un procedimiento contra ella, no contra los niños. Le informan eso a ella mediante una notificación. Cuando tenía el fallo encima, ella decide comunicarse con la comunidad. La comunidad le hizo un aval, donde dice que ella se tiene que quedar. Ella lo presentó ante el juzgado pero se lo rechazan", explicaron.

En ese marco, se hizo una asamblea el sábado 15 de junio, y "se decidió que ella se quede porque el Juzgado había obviado el derecho del niño y los derechos comunitarios. El Juzgado dice que está desalojando a Y. M., les decimos que se están equivocando porque los niños no funcionan sin una mamá en nuestra comunidad. O no están bien protegidos sin una mamá, porque el desalojo es contra su mamá e indirectamente es contra los chicos", argumentaron en la asamblea lule.

Ante esta situación, la Comunidad decidió suspender tanto al abuelo como al padre de los niños. Esto se decidió porque una viuda lule y exnuera de este abuelo, también denunció en la asamblea que la despojaron de sus bienes cuando su pareja murió, "en el mismo juzgado, con la misma jueza".

La Comunidad consideró que el abuelo realizó "de hecho" una cesión de las tierras a su hijo y a su expareja, cuando "consintió la construcción de una casa". "En base a nuestro estatuto, Y. M. por cruce de sangre, por unión convivencial, tutora y resguardadora de los derechos comunitarios de sus dos hijos, siendo lules con derecho pleno, realizó, realiza y continúa la tarea encomendada por la comunidad, en defensa del territorio", señaló. 

Asimismo, la asamblea comunal lule, fundamenta su postura en las Reglas de Brasilia que en la Sección 2ª establecen que "se consideran en condición de vulnerabilidad aquellas personas que, por razón de su edad, género, estado físico o mental, o por circunstancias sociales, económicas, étnicas y/o culturales, encuentran especiales dificultades para ejercitar con plenitud ante el sistema de justicia los derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico". 

Además las Reglas de Brasilia establecen que podrán "constituir causas de vulnerabilidad, entre otras, las siguientes: la edad, la discapacidad, la pertenencia a comunidades indígenas o a minorías, la victimización, la migración y el desplazamiento interno, la pobreza, el género y la privación de libertad. La concreta determinación de las personas en condición de vulnerabilidad en cada país dependerá de sus características específicas, o incluso de su nivel de desarrollo social y económico".