El miércoles por la mañana, luego de pasar su primera noche en el penal de Ezeiza, el tres veces gobernador y exsenador nacional de Tucumán, José Alperovich, presentó un pedido de excarcelación. Esto ocurre después de haber sido condenado a 16 años de prisión por violar y abusar sexualmente de su sobrina segunda y ex asesora en repetidas ocasiones. El fiscal del juicio, Sandro Abraldes, se opuso y al juez Juan Ramos Padilla le tomó tan solo un par de horas presentar la resolución con el rechazo al pedido. En el mismo explicó que su decisión está relacionada con el “poder económico” la “inmensa red de contactos sociales y políticos” que posee el exmandatario, y que “inexorablemente podrían facilitar su salida del país o, en su caso, su ocultamiento”.

En el fallo judicial de este miércoles, con el que rechazó la excarcelación, el juez respondió a los argumentos presentados por la defensa. Así, en la resolución a la que tuvo acceso Página 12, Ramos Padilla sostuvo: “La contundente circunstancia de que se haya dictado un veredicto condenatorio, con la imposición de una pena de 16 años de prisión, que deberá ser cumplida hasta el diecisiete de junio del año 2040, y todo lo que trajo aparejado el juicio oral, hace que existan fundamentos suficientes para mantener su encarcelamiento”.

Al hacer referencia a las características del exgobernador, su “poder económico” y “red de contactos sociales y políticos”, el juez manifestó que “no puede pasar por inadvertida la influencia que el nombrado ha ejercido durante la tramitación de la causa y aún durante la sustanciación del debate”. “Si bien será objeto de la sentencia, hemos podido ver cómo testigos se han ocupado burdamente de intentar limpiar la imagen de Alperovich, de un modo aún más extremo que el utilizado por el propio condenado”, afirmó.

Uno de los argumentos de la defensa fue que Alperovich tenía “arraigo”. Frente a esto, el juez a cargo del TOC 29 advirtió que: “En la práctica judicial, un gran número de resoluciones que giran en torno a esta materia se dictan basándose en el ‘arraigo’. Por cierto, tal como la defensa alegó, Alperovich no solo tiene arraigo sino también una gran fortuna y un círculo social muy amplio para eludir la acción de la justicia”. En ese sentido cuestionó la “doble vara” que suele tener la justicia al negarle la excarcelación “a personas de bajos recursos, que han caído en situación de calle y no tienen ninguna oportunidad de mantenerse prófugos”, mientras que se sí se les concede “a quienes gozan de un poderío económico y poseen contactos y relaciones sociales que claramente facilitarían su fuga”. Esto, en definitiva, “refleja en definitiva una clara violación que repugna al derecho de neto raigambre constitucional de igualdad frente a la ley”.

Ramos Padilla tampoco accedió a las “medidas de morigeración” que pidió la defensa, como la posibilidad de que estuviera detenido en su casa con una tobillera electrónica. Según el juez, “los riesgos procesales analizados revisten una entidad tal que no permiten ser neutralizados” fuera de la cárcel.

La decisión de la detención “inmediata” sorprendió a Alperovich y a su defensa, que no esperaban que el exmandatario llegara a pisar un penal. Más allá de la sentencia, el 13 de abril próximo el exgobernador cumplirá 70 años y a esa edad ya podría pedirle al juez que le conceda la prisión domiciliaria, aunque si se la otorga o no es decisión del magistrado.

Por último, la defensa había planteado reparos en cuanto a los riesgos para la salud de Alperovich que implica su encierro. Ante esto el juez explicó que “desde el mismo momento de su detención, se ordenó su asistencia médica e, incluso, en el día de la fecha se ordenó una riguroso examen médico, clínico, psicológico y psiquiátrico que deberá ser informado al tribunal oportunamente”.