El Tribunal Oral Federal N° 1 de Salta, integrado por Mario Marcelo Juárez Almaraz, Marta Liliana Snopek y Federico Santiago Díaz, condenó a 12 años de prisión a Gabriel Alejandro Wayar por considerarlo coautor del delito de transporte de estupefaciente agravado por el número de intervinientes.

Por la misma calificación, también fueron condenados Emmanuel Alfredo Torres y Máximo Hernán Carballo, el primero a 6 años de prisión y el segundo a 6 años y 6 meses. Y como partícipe necesario Javier Ruiz fue condenado a 9 años de prisión.

Las penas fueron impuestas el 4 de junio pasado a requerimiento de la  fiscal federal subrogante María del Carmen Núñez, de la fiscalía federal de Orán.

En la sentencia, el tribunal hizo lugar al pedido de la fiscalía de que se decomisen tres vehículos utilizados para el transporte de la droga: un Volkswagen Gol, un Fiat Mobi y un Citroën Air Cross.

Los cuatro hombres condenados llegaron acusados por dos hechos de transporte de droga. El primer transporte fue detenido por gendarmes de la Sección Aguaray, en abril de 2022, a la altura del paraje Piquirenda, sobre la ruta nacional 34. En ese punto los gendarmes secuestraron 481,455 kilos de cocaína de un camión Hyundai, tipo grúa mecánica, que fue abandonado por sus ocupantes cuando advirtieron la presencia de la Gendarmería. Los cuatro acusados fueron detenidos en el otro hecho, en agosto de 2023, en la ruta 54, a la altura de la localidad de Las Tijeras de Santiago del Estero. En este caso llevaban 1,900 kilos de cocaína en un doble fondo de un Citroen Air Cross.  

Sobre el primer secuestro, relató que el camión ingresó a la ruta 34 proveniente de la ruta provincial 46 y cuando el conductor advirtió el control de la Gendarmería hizo un giro en U y trató de alejarse, pero los gendarmes vieron la maniobra y lo siguieron. A unos 500 metros se encontraron con el camión, que había sido abandonado por sus ocupantes. Sin embargo, cuando se acercaron, apareció el conductor, Miguel Acuña, quien dijo que se había detenido por un desperfecto mecánico.

En la requisa, con ayuda de perros, los gendarmes encontraron la droga en la base de la plancha del camión. La fiscal destacó que la cocaína tenía una pureza de 87,48 % y que los poco más de 481 kilos eran suficientes para producir 4.271.268,34 dosis. Resaltó este dato para graficar el daño a la salud pública que representó el cargamento.

Acuña no llegó a este juicio porque hizo un acuerdo de juicio abreviado, en el que se le impuso una pena de 6 años de prisión por transporte de drogas agravado. Y también se decomisó del camión grúa.

En cuanto a las detenciones, la fiscal destacó que fueron el resultado de la investigación que se abrió tras la captura de Acuña. A partir de tareas de campo e inteligencia, se detuvo a Wayar, quien iba en el “coche puntero”, el VW Gol. El mismo rol cumplían Ruiz y Torres en el Fiat Mobi, mientras que Carballo llevaba la droga en el Citroën Air Cross.

La fiscal Núñez sostuvo que Wayar En su alegato sobre la responsabilidad penal, la fiscal sostuvo que Wayar tenía “la voz cantante” dentro del grupo y que incluso participó en ambos hechos bajo el rol de “coche puntero”. 

La fiscal afirmó que Wayar, en su función jerárquica dentro de la organización, convocó a Acuña para que hiciera de transportista, proporcionó el camión grúa y realizó acciones otras acciones para llevar adelante el transporte y asegurarse impunidad.

La fiscalía aseguró que Wayar pagó los honorarios de la defensa de Acuña y que brindó asistencia económica a su familia. En la investigación se estableció que  Wayar y Acuña estaban autorizadfos a conducir el camión. 

En su sentencia, el Tribunal concluyó que los cuatro acusados “actuaron de común acuerdo buscando el mismo resultado y conformando una empresa delictiva”. Y coincidió con la fiscalía en que Wayar “dirigía las actividades ilícitas” y que “Javier Ruiz lo ayudaba activamente”.

El tribunal destacó la investigación realizada por la fiscalía tras el primer hecho. “Desde el inicio de la investigación se incorporaron elementos demostrativos que acreditan la comisión del ilícito por parte de los imputados y prueban la vinculación existente y las actividades desempeñadas por cada uno de ellos, determinándose el rol que ocuparon en la empresa delictiva”, explicó.