El Gobierno de Javier Milei publicó el Decreto 579/2024, que contiene el nuevo Plan Nacional de Alfabetización. Según argumenta, la medida busca que “los estudiantes  puedan leer, comprender y producir textos en forma acorde a su nivel educativo”. Pero, punto por punto, ¿qué dice la medida? ¿Cuáles son las políticas concretas que se llevarán a cabo?

En una primera instancia, el decreto recuerda que según la evaluación nacional Aprender 2016 “cuatro de cada diez estudiantes de tercer grado se ubicaron en el nivel básico o menor de desempeño, presentando mayores dificultades en la interpretación de textos”.


Ante lo que sumaron que “carecer de conocimientos y habilidades básicas de lectura y escritura reduce las posibilidades de elección, el acceso a la educación superior, las oportunidades laborales y la participación democrática y creativa en la sociedad”. Y que, por lo tanto, no permite que haya “igualdad de oportunidades”.

Los 10 puntos centrales del Plan de Alfabetización

En sí, el decreto firmado por Javier Milei, Guillermo Francos y Sandra Pettovello no cuenta con muchas políticas de acción directa y concreta. En su mayoría se trata anuncios de intenciones y compromisos. Sin embargo, podrían suponer la base para la elaboración de medidas federales e integrales dentro de las aulas. Además, cabe recordar que el gobierno eliminó en marzo el Fondo de Incentivo Docente (FONID), creado en 1998 y sostenido por todas las gestiones, con el objetivo de reforzar el salario de todos los maestros del país, a través de la transferencia de recursos adicionales a las provincias. 

1. Crear el Plan Nacional de Alfabetización

El decreto crea el Plan Nacional de Alfabetización en el marco de la Secretaría de Educación del Ministerio de Capital Humano. El objetivo, en esta línea general, es “lograr que los estudiantes puedan leer, comprender y producir textos en forma acorde a su nivel educativo”.

2. De alcance nacional

Detalla que a raíz de este Plan “se desarrollará una política de alfabetización prioritaria y transversal, a partir de la cual se acompañará y asistirá a las 24 jurisdicciones del país en el diseño y desarrollo de sus políticas de alfabetización”.

3. Los ejes centrales

  • El compromiso de alcance comunitario.
  • La alfabetización en los primeros años de la escolaridad.
  • La transversalidad de la alfabetización.
  • La formación docente inicial y continua.
  • El acceso a recursos educativos de calidad.
  • El monitoreo y evaluación.
  • La consolidación de una estructura que vincule las inversiones en alfabetización con las condiciones efectivas para el aprendizaje

4. Fortalecer acciones en todo el país

Si bien el decreto llega sin muchas medidas concretas, en el artículo cuatro se plantea que, con este Plan, el Gobierno va a “acompañar, asistir y fortalecer a las jurisdicciones de todo el país en el diseño de los planes de alfabetización”. Esto ser hará mediante la celebración de acuerdos y convenios para el desarrollo de actividades puntuales de alfabetización.

5. Materiales educativos

Dentro de la normativa, uno de los puntos más destacados es la idea de impulsar la producción y distribución de materiales educativos. Así, se especifica que se avanzará con la producción y distribución de “materiales con orientaciones para directores, docentes y/o familias, con el propósito de intensificar la enseñanza y el aprendizaje de la lectura, la escritura y la oralidad”.

6. Fortalecer las bibliotecas

En otro inciso del mismo artículo, el Plan se propone fortalecer el rol de las bibliotecas escolares y comunitarias, tanto físicas como digitales. Cabe recordar que una de las primeras polémicas que tuvo el Gobierno respecto al tema educativo fue cuando dio de baja el sitio educ.ar, donde se podía navegar y buscar material para docentes sobre diversos temas. Esto generó una fuerte preocupación y, actualmente, el sitio está en funcionamiento.

7. Acompañamiento a trayectorias

El Plan de Alfabetización también se propone desarrollar propuestas para fortalecer el acompañamiento a las trayectorias estudiantiles y ofrecer recursos para los equipos técnicos jurisdiccionales, equipos de dirección escolar y supervisores.

8. Evaluación y relevamiento

La política también prevé “desarrollar e implementar, en conjunto con las áreas pertinentes, dispositivos de evaluación y de relevamiento de información que permitan monitorear el estado de situación de la alfabetización en la educación obligatoria, para tomar decisiones basadas en la evidencia recolectada”.

9. Capacitación docente

Respecto a los contenidos, para finalizar, el decreto se propone acompañar a los equipos jurisdiccionales a través de propuestas de formación inicial y continua a los docentes.

10. El origen de los fondos

El artículo sexto señala que el Programa se financiará con las partidas que anualmente asigne la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional al Ministerio de Capital Humano. Y será la jefatura de Gabinete la encargada de realizar las adecuaciones en los fondos.