El estado de derecho y la institucionalidad recibieron una nueva estocada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Paradójicamente. El último 2 de julio, el máximo tribunal sentenció “la nulidad de todo lo actuado” en un fallo que, en primera instancia, le había otorgado a la comunidad mapuche Millalonco Ranquehue la titularidad de un predio de 180 hectáreas donde viven desde fines del XIX. Se trata de tierras que hoy forman parte del ejido urbano de Bariloche, están a ocho kilómetros del Centro Cívico, sobre la ladera oeste del Cerro Otto y en la zona más turística de la provincia de Río Negro.

La sentencia de la Corte ordenó que debe realizarse un nuevo juicio, ya que en este no tuvo intervención la provincia de Río Negro. Sin embargo, eso es cuestionado por los actores de la comunidad. Cuando existe una controversia entre una comunidad y el Estado Nacional, como en este caso y a través del Ejército, no corresponde, por ley, la participación de la provincia. El Ejército reclama las tierras para uso productivo como “lugar de pastoreo de mulas” y el ministro de Defensa, Luis Petri, celebró en redes sociales el fallo que contradice a la Constitución, según la cual las comunidades "tienen derecho a la propiedad de las tierras que actualmente ocupan" y si no alcanzaran "se les debe asignar otras aptas y suficientes para el desarrollo humano".

La Corte, sin embargo, dictaminó la nulidad de la demanda de la comunidad sobre las tierras ya que el juicio “no fue integrado correctamente”. Y dijo que se “omitió dar intervención a la Provincia de Río Negro, cuya citación resultaba necesaria para que pudiera ejercitar su derecho de defensa en juicio”. En ese contexto, la comunidad responde. La werken, Marta Ranquehue, sostiene: “Es una ridiculez porque el litigio es entre el Estado Nacional y la comunidad, nunca la provincia pudo ser parte. Esto es entre el Gobierno central, el Ejército y nosotros”.

El reclamo y la disputa con el Ejército

La comunidad inició un juicio al Estado Nacional para lograr el título de propiedad comunitario sobre las tierras ya que el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) certificó en el año 2012 la ocupación actual, tradicional y pública del predio a través de un relevamiento territorial. El mecanismo contemplado en la Ley de Emergencia Territorial Indígena suspendía los desalojos hasta que se relevaran certeramente las tierras de las comunidades.

Como el terreno es parte de un predio mayor que administra el Ejército, hoy quien reclama el terreno para uso propio es el Ejército que se estableció allí en 1930. “Pero la comunidad ya habitaba el lugar cuando el Ejército se instaló en la zona”, destaca la doctora en antropología e investigadora en temáticas de pueblos originarios, Laura Kropff.

El Ejército posee allí más de 3.000 hectáreas. Para la construcción del primer destacamento que luego fue la Escuela Militar de Montaña Juan Domingo Perón contó con colaboración de las comunidades, que prestaban ayuda con sus bueyes, con sus saberes. “Convivan pacíficamente”, repasa el abogado de la comunidad Matías Schraer.

Nada de esto consideró la Corte en su fallo que declaró “la nulidad de todo lo actuado en la acción de amparo iniciada por una comunidad de pueblos originarios contra el Estado Nacional, a fin de que se instrumente en su favor el título de propiedad sobre las tierras que alega ocupar”. En este supuesto que aduce la sentencia la comunidad “alega” ocupar un predio que habita en forma permanente y se desconoce la historia.

La historia que no se cuenta

En su historia, esta comunidad soportó siete juicios de desalojo. "Y durante la dictadura, cuando el Ejército entró al territorio de la comunidad, hacían prácticas de tiro contra las viviendas de la comunidad”, relata el abogado Matías Schraer. Y aclara que el juicio hoy anulado “nunca dispuso la entrega de las tierras, sino otorgar el título de propiedad comunitaria. Es un papel que dice que el lugar donde viven desde hace 120 años es de ellos. Y esto les daría seguridad jurídica”.

“Pero el Ejército miente al decir que lo necesitan para su prácticas de montaña y para darle de pastar a sus mulas”, sostiene Schraer. Y repasa la causa donde se presentó “un amparo para demandar al Estado que le entregue el título de propiedad comunitaria sobre el territorio que el INAI les reconoce en el relevamiento de 2012”. Después de más de 10 años sin el título, la comunidad hizo juicio al Estado, mediante un amparo, en el juzgado de Bariloche. “Ese juicio lo ganamos y la Justicia Federal condena al Estado Nacional a que le entregue el título de propiedad comunitaria”.

Esta sentencia fue apelada por el Ministerio de Defensa. La apelación “entró fuera de término, por lo que la Cámara Federal de General Roca no le hizo lugar”. La sentencia quedó firme. El Ejército entonces recurrió a la Corte Suprema para que se le conceda la apelación, porque “está en juego la soberanía nacional”, y la instrucción de la tropa.

En paralelo, el fiscal Carlos Stornelli inició una causa penal contra los abogados del ministerio de Defensa por no haber apelado a tiempo la sentencia del título. Y la Corte, en 2023 suspendió la entrega del título, cautelarmente, hasta constatar la denuncia, es decir, “hasta no saber si estos abogados del Ministerio incurren en delito, porque se supone a partir de esa denuncia, que incurrieron en delito”, explica Schraer. “Ahora, un año después, en un fallo absolutamente político y no jurídico, la Corte dice: queda todo anulado, que se haga el juicio de nuevo citando a la provincia como parte involucrada”.

El territorio está a nombre del Estado nacional. “La provincia no tiene injerencia ni interés en juego, por eso nunca fue citada –detalla Schraer--, y no participó porque la ley no prevé que tenga que participar el Estado provincial”. Está hecho todo dentro de la ley, afirma sobre el juicio que validó el relevamiento, ya que el terreno que reclama la comunidad está bajo administración del Ejército. No se "omitió dar intervención a la provincia para que pudiera ejercer su derecho de defensa", como alega la Corte, porque no es competencia de la provincia el destino de esas tierras que dependen del Ejército.

El juego de validación

Esta sentencia y su propalación mediática, considera el abogado, generan gran confusión porque los medios, en sus titulares, señalan que la Corte Suprema suspendió la entrega de tierras. “¡No es así! Las tierras las tiene la comunidad, nunca se fueron de ahí, la sentencia es sobre un papel, un título de propiedad, pero el territorio es de ellos, le pidieron a la Justicia un título de propiedad, comunitario. Eso buscaba el juicio, no que les entreguen las tierras, no hay entrega ni cesión, eso es todo mentira”.

Pero esa falacia motiva comentarios del tono, “las tierras son de todos los argentinos”. Algunos los hacen adrede y para confundir, como el provocativo twiter del ministro de Defensa, quien sostuvo: "Seguirán siendo del Ejército". Y agregó: "Dijimos que no íbamos a permitir que usurpen las tierras de las fuerzas y lo cumplimos. La Corte resolvió que las tierras del Ejército Argentino seguirán siendo suyas, anulando la demanda de la Comunidad Mapuche Millalonco-Ranquehue en el Cerro Otto, Bariloche". Pero el abogado enfatiza lo contrario: “Las tierras ya las tienen, esto no es un juicio de desalojo”.

Petri se explayó considerando que fueron "otorgadas por el INAI de forma ilegal, y que la gestión kirchnerista no apeló". Otra mentira, sostiene el letrado de la comunidad, porque todo se ajustó a los procedimientos de la Ley 26.160 y de la 23.302. En referencia a la 23.302, Laura Kropff destaca su objetivo, que fue la creación del INAI y que fue anterior a la reforma constitucional del 94. Es de 1985 y está vigente. "Por esta Ley se le da al INAI, la potestad de otorgar títulos de propiedad", subraya la antropóloga. 

Por eso hoy la comunidad prepara nuevos pasos a seguir. “Están acostumbrados a la lucha, saben que en estos tiempos esto era posible –explica Schraer-, pero están más ocupados por el invierno y la comida de los animales. Están en su territorio, trabajan la tierra, son una comunidad que interactúan con los vecinos”. En la zona, todos saben de los Ranquehue, quienes son y que estuvieron ahí “desde siempre”.

Mientras tramitan la dura cotidianeidad del invierno patagónico, los Ranquehue siguen el derrotero judicial. “Si hay que hacer el juicio de nuevo y con la provincia lo harán, habíamos evaluado recurrir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos porque este fallo vulnera todos los tratados sobre derecho indígena, evalúan denunciar en esa Corte al Estado Nacional por incumplir los convenios y tratados internacionales”, concluye Schraer.