Rl juez federal de Garantías de Salta, Julio Bavio, homologó dos acuerdos de conciliación en el marco de una investigación que llevaba a cabo el fiscal federal Ricarto Toranzos sobre dos hechos ocurridos en la ciudad de Salta durante las elecciones generales del 22 de octubre último y en la segunda vuelta de los comicios presideniciales celebrados el 19 de noviembre.

Un caso es por un hecho registrado cuando se realizaba la segunda vuelta de la elección presidencial. Tras la salida de un votante, las autoridades de la mesa N° 1352, habilitada en la Escuela N° 4039 Provincia de Buenos Aires, advirtieron que se habían destruido 31 boletas electorales.

Intervino entonces la fiscalía ante la posible comisión del delito contemplado en el inciso “g” del artículo 139 del Código Electoral Nacional, que establece penas de 1 a 3 años de prisión a quien “sustrajere boletas del cuarto oscuro, las destruyere, sustituyere o adulterare u ocultare”.

Cuando se iniciaron las actuaciones contra el votante, su defensa propuso resolver la situación a través de una conciliación, y en ese marco se discutió qué acciones iba a llevar a cabo para reparar el daño.

Se acordó que el votante donaría $100 mil en efectivo a favor de una fundación de equinoterapia. Al presentar el acuerdo ante el juez, la auxiliar fiscal Carolina Aráoz Vallejo resaltó la falta de antecedentes del investigado, que es un contador. El juez homologó el acuerdo y puso de relieve que la salida alternativa a la que arribaron las partes puso fin a un conflicto de manera no penal y se evitó el sesgo estigmatizante que podría recaer sobre la persona investigada.

El segundo caso es por hechos ocurridos durante las elecciones generales del 22 de octubre pasado. Las actuaciones fueron iniciadas por personal de la subcomisaría de Villa El Sol, en la zona este de la ciudad de Salta.

La policía actuó al tomar conocimiento de que cuatro personas apostadas frente a la Escuela Arturo Oñativia interceptaban a votantes, conversaban brevemente con ellos, les daban una boleta electoral y los acompañaban hasta el establecimiento. Después, una vez que los electores apalabrados salían de votar, les exhibían el comprobante de votación y la pantalla de su teléfono celular y, a cambio, recibían algo y se retiraban.

Ante la sospecha de que se estuviera frente a un delito electoral, incluido en el inciso “b” del artículo 139 del Código Electoral Nacional, que reprime a quien compeliere a un elector a votar de manera determinada, la fiscalía solicitó que las cuatro personas fueran demoradas y sometidas a requisa. En esas circunstancias secuestraron boletas de papel, constancias de emisión de votos y una de fiscal de mesa.

Cuando se iniciaron las actuaciones preliminares la defensa pidió que el conflicto se resolviera mediante otro acuerdo de conciliación, a lo que la fiscalía accedió. 

En este caso, la reparación integral se acordó con la donación de una suma de $50 mil en efectivo por cada uno de los investigados y la realización de 12 horas de tareas comunitarias por mes, durante seis meses. Las entidades beneficiadas fueron dos merenderos de la ciudad de Salta.

El juez homologó el acuerdo, y si bien consideró que estas cuatro personas habrían afectado la libertad de elección de los votantes que fueron interceptados, al compelerlos para que voten de una manera determinada, valoró la postura de las partes en arribar a una solución que no demande más desgaste en materia procesal.

Los acuerdos fueron celebrados ante el juez el 18 de abril y el 27 de junio último. Al presentarlos la auxiliar fiscal Aráoz Vallejo fundó la postura de arribar a esta vía de resolución en función de los artículos 22 y 34 del Código Procesal Penal Federal, que promueven la preferencia de “soluciones que mejor se adecuen al restablecimiento de la armonía entre sus protagonistas y a la paz social”.