El tema se discutió en cuando se debatía la reforma al Código Procesal Penal, se volvió sobre la posibilidad de indultar a ex funcionarios policiales o policías condenados por abuso de armas en cumplimiento de su deber para dar un mensaje de respaldo a las fuerzas de seguridad por parte del gobernador Maximiliano Pullaro. Uno de los casos que sonó fue el del oficial Luciano Nocelli, condenado por matar en mayo de 2019, en el marco de un intento de robo, a Jimena Gramajo, de 25 años, y Maximiliano Adrián Rosasco, de 35. Este uniformado fue condenado en abril del 2022 a 25 años de prisión por el delito de homicidio calificado cometido en abuso de sus funciones como integrante de una fuerza de seguridad. El Procurador Jorge Barraguirre entendió admisible el recurso planteado por la defensa de Nocelli y abrió la puerta de la admisibilidad del recurso. Para ello dictaminó que la fundamentación de la condena “no parece razonable, al haber fraccionado y juzgado en forma independiente una misma secuencia transcurrida en un muy escaso lapso (en relación con la filmación de 14 segundos que toma parte de la secuencia del hecho)… “

El hecho ocurrió en Buenos Aires y 27 de Febrero cuando, según la investigación, Rosasco había intentado robarle las pertenencias a una mujer con un arma mientras que su acompañante lo esperaba a pocos metros en una motocicleta. Un móvil policial intervino, hubo una persecución y se produjeron dos secuencias en el hecho según la sentencia. Un primer intercambio de disparos entre el asaltante y el policía, y otra cuando Gramajo y Rosasco ya estaban tirados en el piso y fueron nuevamente baleados.

El tribunal de juicio entendió, tras evaluar las pruebas periciales, que los disparos mortales que recibió Gramajo se dieron en el momento en que se desplomaba. A lo que sumaron que los tiros que la mujer recibió por la espalda coincidieron con la dirección desde donde se acercó Nocelli y fueron hechos a una distancia máxima de 70 centímetros.

Luego de ello, se ve a Nocelli acercarse caminando y efectuar al menos dos disparos sobre la espalda de Rosasco. Todo ello quedó registrado en una filmación de una cámara apostada en el lugar.

Los jueces entendieron que no contaba con permiso estatal cuando le disparó, en la segunda secuencia, a Gramajo y a Rosasco. Y agregaron que gatilló cuando ya no había peligro para los agentes ni para terceros que lo autorizara a realizar disparos a quemarropa. Lo condenaron y esa decisión fue confirmada por segunda instancia.

El Procurador Barraguirre dijo que el tribunal de juicio hizo un análisis seccionado por segundos de los hechos y ello posibilitó, a criterio del tribunal de apelación, determinar la existencia de dos momentos que condicionaron la valoración de la actuación de Nocelli.

Tildó el procurador de irrazonable el análisis de cada acción por separado, como si se tratara de dos hechos aislados, lo que a su modesta opinión es “cuanto menos arbitrario”, aseguró.