La Administración Nacional de Medicamentos Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este miércoles la venta en todo el país y en plataformas de comercion electrónico dos marcas de repelente para insectos y un destapa cañerías por irregularidades en su registración ante el organismo.

Qué repelentes de insectos fueron prohibidos

A través de la disposición 6232/2024, publicada en el Boletín Oficial, el organismo indicó que se detectó que el "Repelente de insectos, marca Repe Wels Plus” , que se vendía en redes sociales y plataformas de comercio online presentaba datos falsos en su rotulado.

Por ello, la Anmat prohibió su venta en todo el país, con la finalidad de "proteger a eventuales usuarios de los efectos derivados del uso del producto", ya que "se trata de un repelente de insectos falsificado" y "se desconoce el establecimiento que estuvo a cargo de su elaboración".

Asimismo, en la Disposición 6234/2024, el organismo informó que otro repelente de insectos de fabricación nacional —que también se vendía en redes sociales— era un producto falsicado.

Según se indicó, en sus rotulos el "Repelente de Insectos con Deet 25% y glicerina, marca Stop mosquitos. Te cuida mejor" presentaba datos de un laboratorio que no tenía relación con la fabricación del producto.

De este modo, a fin de proteger a los consumidores de un producto "ilegítimo" que no estaá inscripto ante la Anmat se prohibió su venta en todo el país y en plataformas de comercio online.

Qué producto destapa cañerías fue prohibido

Por otra parte, en la Disposición 6222/2024, la Anmat prohibió la venta en todo el territorio nacional y en plataformas de comercio electrónico del "Destapa cañerías, marca Daytona” porque no contaba con los registros pertinentes ante el organismo.

La prohibición también alcanza a otros productos domisanitarios como quita sarro y óxido y desengrasante que se vendían mediante la web bajo la marca Aceitex y Daytona, que tampoco contaban con registros y permisos del organismo. 

Qué es y qué hace la ANMAT

Las principales funciones del organismo científico-técnico fueron establecidas por el Decreto 1490/1992. Se resumen en regular, controlar y fiscalizar la calidad de los "productos, sustancias, elementos y materiales que se consumen o utilizan en medicina, alimentación y cosmética humanas, y controlar las actividades, procesos y tecnologías que mediaren o estuvieren comprendidos en dichas materias".

A través del tiempo, y teniendo en cuenta los escenarios regulatorios emergentes, el Ministerio de Salud de la Nación, incluyó nuevas categorías a la órbita de ANMAT tales como los insumos o productos descartables y recientemente a los productos vegetales a base de cannabis.

Tal es así que, los responsables o representantes de las empresas farmacéuticas o alimentarias deben obtener de la Agencia la autorización para elaborar y/o importar sus productos, y respetar sus normativas sobre buenas prácticas de fabricación, distribución, almacenamiento y control de calidad para garantizar la seguridad y eficacia de los productos que consume la población.

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