El Gobierno ya hizo conocer su Proyecto de Reforma Laboral. Faltando a su palabra previa a la elección del 22 de Octubre, cuando afirmaba que no habría reforma laboral al estilo de Brasil y que no sería a través de una ley sino de acuerdos sectoriales. Una semana después entregó un proyecto de ley de reforma que contiene 145 artículos. Su vastedad demuestra que ya lo tenían preparado antes de la elección.
El Proyecto Macri de Reforma Laboral arrasa con los derechos de los trabajadores, y habilita que se los trate como “insumos” y no como “humanos”. Vale esta mención porque es claramente violatorio de derechos consagrados por los Tratados de Derechos Humanos y de la Constitución Nacional.
Los Principios de Progresividad y de No Regresión impiden que haya retrocesos o degradación en los derechos de los trabajadores. Así se lo destacó la Comisión Interamericana de Derechos Humanos al Gobierno en la audiencia del 24 de octubre en Montevideo. Y el Proyecto degrada los derechos laborales. Veamos algunos que perdería el trabajador.
Se incrementan los poderes patronales –incluso ejercidos de manera arbitraria y en violación a la ley– dejando en indefensión al trabajador, al eliminar su derecho a requerir a un juez que impida a la empresa efectuar la modificación de condiciones esenciales de su contrato (categoría, salario, extensión de la jornada) o que le causen perjuicio material o moral o que no sean razonables, y al derogar el imperativo de que hasta tanto haya sentencia no se pueden efectuar esas modificaciones. Le dejaría solo subsistente la posibilidad de considerarse despedido y de dejar constancia de su desagrado. Además porque convalida la renuncia a los mejores derechos que tenga el trabajador derivados de su contrato de trabajo, facilitando y convalidando así la práctica casi extorsiva de la amenaza del despido si el trabajador no renuncia a sus mejores salario o condiciones de trabajo.
Facilita que el despido arbitrario (sin justa causa) porque, por un lado rebaja la indemnización por despido y, por otro, promueve la creación de un “Fondo de Cese Laboral” estableciendo que el empleador que despida arbitrariamente ya no tendrá que pagar indemnizaciones al trabajador (ya no habrá disuasivo que retraiga a la empresa de despedir sin causa), y éste cobrará –facultando a que sea en cuotas– de dicho Fondo. Algo así como unas nuevas AFJP.
Esto además de dañar a los trabajadores perjudica también a los empleadores respetuosos de los derechos laborales, que van a aportar al Fondo lo mismo que aportan los inescrupulosos; los que no despiden arbitrariamente aportan para financiar a los que sí lo hacen.
Con el proyecto no hay más “horas extras”, pero entiéndase bien, no elimina el trabajo en horas extras, las vas a seguir trabajando pero no las van a pagar porque se crea un “Banco de Horas”: el trabajo de horas extras no se pagarían –ni con recargo ni a valor simple– y la empresa tiene 1 año para devolver esa cantidad de horas liberando de trabajar esa misma cantidad de horas en la forma y cuando quiera.
El proyecto libera de responsabilidad solidaria a las grandes empresas que subcontratan parte de su actividad. El dependiente del contratista, vulnerado en sus derechos, que hoy puede reclamar tanto a su empleador como a la empresa principal, ya no va a poder reclamarle a ésta. Se beneficia a la empresa grande, perjudica al trabajador y también al contratista que quedará mas sometido al trato abusivo derivado de la posición dominante de la gran empresa.
Además reduce el período de prescripción (el tiempo que el trabajador tiene para reclamar lo que le deban). En la Ley de Contrato de Trabajo (1974) era de 4 años, la dictadura cívico-militar lo redujo a 2 y el gobierno actual quiere reducirlo a 1.
¿El proyecto alienta el blanqueo de las relaciones laborales? No, es otra falacia de la posverdad. Primero porque deroga las sanciones que están previstas –alternativamente– en dos leyes (una de 1991 y otra del 2000) para el empleo “en negro” (totalmente clandestinizado) o “en gris” (falsa fecha de ingreso o parte del sueldo en negro), consistentes en la duplicación de las indemnizaciones por despido; y deja solo una sanción menor pero ya no la cobrará el trabajador sino la Anses. Al derogar esas sanciones el gobierno de Macri se exhibe más flexibilizador aún que los de Menem y de la Rúa. Si una ley deroga o reduce las sanciones al empleo “en negro” fomenta el “negreo” (no el “blanqueo”).
Segundo porque priva de todo derecho laboral a la figura que crea del “trabajador autónomo económicamente dependiente”. Una contradicción en si mismo, o se es “autónomo” o se es “dependiente”, no se puede ser las dos cosas a la vez. Habilita así la contratación de trabajadores “en negro” y sin derechos (facturando) que tengan algún otro ingreso económico (otro trabajo o “changas”).
Y tercero, porque permite el fraude con el uso de las “pasantías”. Hoy la ley establece que si un joven es contratado como pasante sin que se den los requisitos de esa figura se considera que hay relación laboral (y el joven tiene los derechos de todo trabajador). En cambio, el proyecto deroga esa consecuencia e impide que se lo considere como trabajador aún cuando exista fraude en su contratación.
¿Bajan las contribuciones patronales? Sí, pero solo para las grandes empresas; para las micro se incrementan y también se elevan para pymes en las nuevas contrataciones.
¿Disminuirá la tan meneada “litigiosidad laboral”? No, se va a incrementar, porque la manifiesta inconstitucionalidad de las pretensiones del gobierno van a provocar que, de convertirse en ley, todos los temas terminen en juicio inundando los tribunales de juicios laborales.
Pero entre tanto, las grandes empresas acumularán “colchón” mientras los trabajadores (y los micro, pequeños y medianos empresarios) dormirán a la intemperie y sin derechos.
* Diputado y presidente del Bloque Frente para la Victoria-HCDN.