El gobierno provincial ingresará un proyecto de ley en la Legislatura la semana próxima para darle facultad de Registro Civil a todos los juzgados comunitarios de pequeñas causas de la provincia, sin diferenciación de que haya oficinas de Registro Civil creadas o no.
El proyecto ingresará cuando termine el receso invernal la semana próxima. Lo que busca el Ejecutivo es resolver una situación que se presenta en localidades donde hay oficina de Registro Civil creada en los papeles, pero que no funciona en la práctica porque no se designaron autoridades y empleados, en muchas ocasiones porque no se justifica generar una estructura por la cantidad de trámites a realizar.
Si bien la ley que creó los juzgados comunitarios de pequeñas causas les otorga las facultades de Registro Civil en aquellas localidades donde no existen oficinas de esa reparticipación, el problema se presenta en localidades donde están creadas en los papeles pero no se puso en práctica y hoy no se justifica hacerlo.
En esos casos, los jueces y juezas comunitarias o secretarios y secretarias de juzgados comunitarios se niegan a realizar las tareas de registro, amparados en que son tareas que debería llevarla adelante personal del Registro Civil.
Esta situación obliga a los vecinos a trasladarse a localidades vecinas donde sí hay oficina del Registro Civil funcionando para realizar trámites tan sencillos como inscribir un nacimiento o una defunción.
El Ejecutivo provincial considera que es un despropósito que teniendo la estructura de los juzgados comunitarios, que anteriormente eran los jueces de paz, los vecinos tengan que trasladarse para hacer trámites básicos.
El proyecto de la ley se elaboró en la Secretaría de Gestión de Registros Provinciales que tiene al frente a Matías Figueroa Escauriza, de quien depende el Registro Civil.
Otro aspecto que busca cubrir es que en aquellas localidades donde no hay ni juzgados de pequeñas causas ni oficina de Registro Civil, los vecinos puedan realizar el trámite en la localidad más cercana sin importar la jurisdicción judicial a la que pertenezcan.
Esto es porque hay santafesinos que deben trasladarse a localidades más lejanas a realizar el trámite teniendo una en el pueblo vecino, pero no lo pueden hacer porque la más conveniente corresponde a otra jurisdicción.
La ley actual habilita a los jueces comunitarios a ejercer facultades de Registro Civil donde no hay, superponiendo dos áreas que pertenecen a distintos poderes. Mientras los juzgados comunitarios dependen orgánicamente del Poder Judicial, el Registro Civil corresponde a la órbita del Poder Ejecutivo.
Esto es así porque los juzgados comunitarios de pequeñas causas son la continuidad de los antiguos juzgados de paz, que pertenecían a la órbita del Poder Ejecutivo, con funciones mucho más limitadas y tenían a su cargo el Registro Civil.
En Santa Fe hay unos 240 juzgados comunitarios creados, pero con cargos cubiertos son 140 los que efectivamente están funcionando y atienden un área que abarca a un puñado de localidades. Justamente el proyecto de ley que ingresará el Ejecutivo determinará que cada juzgado tiene un área de cobertura de equis kilómetros a la redonda sin importar jurisdicción.