La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) informó que prohibió este martes la venta en todo el país de una marca de aceite de oliva por considerarla "ilegal".

La medida fue publicada a través de la Disposición 6610/2024 en la última edición del Boletín Oficial, donde se detalla que los productos afectados por la prohibición son: 

  • "Aceite de Oliva extra virgen marca Don Guillermo, Origen de Mendoza, RNE 13931254, RNPA 13731264"
     
  • "Aceite de Oliva extra virgen marca Don Guillermo, Origen de Mendoza, RNE 13823145 Y RNPA 13823156" 


En la disposición se explica que la investigación se inició a parti del reclamo de un consumidor ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL). Así se detectó que estos aceites no tenían "registros sanitarios de establecimiento y producto" estaban "falsamente rotulados" ya que exhibían "registros sanitarios inexistentes".

Por este motivo, fueron declarados productos ilegales. Con el objetivo de "proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales" dado que  "no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración" ni "su calidad" la Anmat prohibió su "elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea".


Qué es y qué hace la ANMAT

Las principales funciones del organismo científico-técnico fueron establecidas por el Decreto 1490/1992. Se resumen en regular, controlar y fiscalizar la calidad de los "productos, sustancias, elementos y materiales que se consumen o utilizan en medicina, alimentación y cosmética humanas, y controlar las actividades, procesos y tecnologías que mediaren o estuvieren comprendidos en dichas materias".

A través del tiempo, y teniendo en cuenta los escenarios regulatorios emergentes, el Ministerio de Salud de la Nación, incluyó nuevas categorías a la órbita de ANMAT tales como los insumos o productos descartables y recientemente a los productos vegetales a base de cannabis.

Tal es así que, los responsables o representantes de las empresas farmacéuticas o alimentarias deben obtener de la Agencia la autorización para elaborar y/o importar sus productos, y respetar sus normativas sobre buenas prácticas de fabricación, distribución, almacenamiento y control de calidad para garantizar la seguridad y eficacia de los productos que consume la población.

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