Un informe de la UBA reveló que los cambios en el impuesto a los Bienes Personales afectarán negativamente a la clase media mientras favorecerán a los más ricos, contrariamente a las especulaciones de algunos funcionarios del Gobierno. “En el corto plazo se podría percibir un incremento de la recaudación fiscal por la tributación anticipada especialmente, pero en el mediano plazo se observaría una caída de la recaudación impositiva aportada por los sectores más ricos del país”, concluyen. Aproximadamente el 2 por ciento de la población paga Bienes Personales, son los contribuyentes más ricos del país que se verán favorecidos.

Con los cambios introducidos se está realizando una reforma tributaria regresiva, beneficiando a los contribuyentes con mayor riqueza en detrimento de la clase media a partir de la reinserción del impuesto a las Ganancias para la cuarta categoría (salarios de trabajadores privados y públicos, jubilaciones, pensiones que excedan el mínimo no imponible). Ese es el corolario del trabajo de investigación realizado recientemente por la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires (UBA) a raíz de la aprobación del llamado Paquete Fiscal, junto a la Ley Bases el 8 de julio.

Este esquema hará que la recaudación tributaria sea menor a partir de los próximos años fiscales”, concluyen. De modo que no sólo es una propuesta regresiva, que premia al 2 por ciento de la población más rico pero no distingue a los contribuyentes medios y regulares, sino que atenta contra la sostenibilidad.

En resumidas cuentas, las modificaciones que se introdujeron en Bienes Personales son “la suba del monto mínimo de patrimonio que tributa el impuesto definido por ley (mínimo no imponible), el cambio en las alícuotas (con la peculiaridad que se elimina la escala más gravosa) y la creación del Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP) que ofrece beneficios y estabilidad fiscal al pago por adelantado”.

Con este esquema el Gobierno persigue dos objetivos: “incrementar la recaudación impositiva en el año corriente y aumentar el ingreso de moneda extranjera al país”, entienden desde la UBA. Puntualmente con el REIBP “buscan obtener financiamiento rápido, constante y sonante en detrimento del largo plazo y la sustentabilidad económica del Estado Argentino”. Así, apuntan a mantener un saldo fiscal positivo y con el ingreso de activos desde el exterior aspiran a incrementar las reservas, pero esto generaría problemas en el mediano/largo plazo debido a que se perdería parte de la recaudación por Bienes Personales, que no se subsanaría con la restitución del impuesto a las Ganancias a la cuarta categoría.

En el corto plazo se podría percibir un incremento en especial por la recaudación anticipada, pero en el mediano plazo se observará una caída en los ingresos por impuestos a los sectores más ricos del país, convergiendo así hacia un sistema tributario más regresivo.

Los cambios en Bienes Personales

En primer lugar, mientras que el mínimo no imponible en 2023 era de un poco más de 27 millones de pesos, con las nuevas medidas se elevó a 100 millones (cifra que se aproxima al valor en dólares del mínimo que existió al momento de la creación del impuesto en 1991, sostienen especialistas). También aumentó el monto mínimo no imponible para la casa habitación, que originalmente era de 136 millones y que actualmente se estipuló en 350 millones de pesos.

En cuanto a las escalas progresivas también se modifican a partir de 2023, eliminándose el último tramo de 1,75 por ciento que a su vez era el más gravoso. De manera que la alícuota inicial será del 0,5 y la máxima del 1,5 por ciento. Además, en los períodos fiscales siguientes se irá eliminando paulatinamente el último tramo de la escala, hasta llegar a una alícuota única del 0,25 por ciento en el periodo fiscal 2027.

Se eliminó la discriminación entre bienes del país y bienes del exterior, de modo que quienes pagaban alícuotas del 0,7 al 2,25 por ciento al tener los bienes radicados afuera, en 2023 tributarán con alícuotas generales con escalas del 0,5 al 1,5 por ciento.

Los beneficios siguen para quienes serán calificados como cumplidores, es decir quienes hayan cumplido con la totalidad de las obligaciones del impuesto para los períodos fiscales 2020 a 2022 antes del 31 de diciembre de 2023 y no hubieran ingresado al blanqueo. Además de los favores antes mencionados, estos gozarán con la reducción del 0,5 por ciento en la alícuota para los períodos 2023, 2024 y 2025.

Por último, se crea el REIBP que es un régimen voluntario para el ingreso de forma anticipada tanto del Impuesto sobre los bienes personales y todo otro tributo patrimonial que pudiera reemplazar o complementar este impuesto para los períodos 2024 a 2027. El contribuyente podrá ingresar en forma anticipada y unificada el impuesto correspondiente a los periodos fiscales 2023 a 2027 y no tendrá obligación de presentar declaraciones juradas posteriores, ni anticipos u otras obligaciones. Sintéticamente, el REIBP se calculará sobre la base imponible de Bienes Personales 2023, se multiplicará por cinco y se aplicará una alícuota única del 0,45 por ciento. 

La excepción será para los bienes regularizados mediante el blanqueo, cuya valuación se multiplicará por cuatro y se aplicará una alícuota del 0,5 por ciento. Además habrá excepciones para quienes no hayan adherido al regimen y reciban donaciones, y también estabilidad fiscal hasta 2038, esto es pagando una alícuota de 0,25 por ciento.