La jueza de Menores N° 2 de ala ciudad de Salta, Nadia Cruz, rechazó el proyecto del Ejecutivo nacional para bajar la edad de punibilidad. Criticó la falta de adecuación a estándares internacionales, los preconceptos peligrosistas sobre la niñez, el riesgo de internaciones gravosas y la pena máxima de 20 años para adolescentes.
El miércoles comenzó a tratarse en las comisiones de Legislación Penal, Justicia, Familia, Niñez y Juventud del Congreso de la Nación, el proyecto de Javier Milei que declarar punibles a chicos y chicas de 13, 14, y 15 años.
Cruz suma su posicionamiento en contra del proyecto, y tiene el aval del Colegio de Magistrados y Funcionarios de Salta. La jueza es la representante de la comisión de derecho penal juvenil de esta entidad en la Federación Argentina de la Magistratura y la Función Judicial. Antes fue fiscala en el mismo fuero y tiene una vasta trayectoria.
"Yo no creo que la solución sea bajar la edad de responsabilidad penal" ante la problemática de delitos cometidos por adolescentes, dijo Cruz a Salta/12.
La jueza consideró necesaria una reforma debido a que la ley vigente, la N° 22.278, "viene de la época de la dictadura", pero evaluó que los cambios deben hacerse "conforme a los estándares internacionales establecidos por la Convención de los Derechos del Niño".
En este sentido, explicó que el fallo Mendoza, de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, "responsabilizó oportunamente a Argentina por la imposición de penas perpetuas en adolescentes", y además le recomendó adaptar su legislación y respetar los estándares de la Convención en el marco de la "responsabilidad internacional".
Contra el argumento del presidente Javier Milei y su funcionarios, "a delito de adulto, pena de adulto", Cruz advirtió que "cuando un adolescente comete un hecho delictivo, debe haber una respuesta distinta". Enfatizó los conceptos de "justicia separada" y "respuesta diferenciada".
"No es necesario ser legislador o juez para distinguir cómo son de distintos los adolescentes", señaló. Para la funcionaria, cualquier persona que haya vivenciado esa etapa de la vida o que esté en contacto con adolescentes, puede identificar la condición que los distingue de los adultos.
La jueza manifestó que la Asociación Argentina de Psiquiatría Infanto-Juvenil publicó un comunicado reciente, pronunciándose en contra de la posibilidad de que se considere a un adolescente desde los 13 años como pasible de un régimen que no haga distinciones.
"Especialistas en el desarrollo de las personas hacen referencia a que hay un menor desarrollo de la corteza cerebral frontal, que es la que tiene que ver con la toma de determinadas decisiones, con la comprensión valorativa de las consecuencias que pueden tener de los actos que realiza una persona a largo plazo, con la capacidad de ejecución que tienen de sus actos", sostuvo Cruz.
También cuestionó la pena máxima de 20 años prevista en el proyecto de ley. Declaró que, aunque Argentina tiene una edad mínima de responsabilidad penal alta, otros países priorizan medidas socioeducativas y establecen penas máximas mucho menores. Según datos recientes de UNICEF, el promedio de las penas máximas en la región para chicos y chicas punibles es de 9 años, mientras que Brasil impone 3.
Perspectiva de infancia y vulnerabilidad
"Estamos hablando de un sujeto distinto (por la edad) y que también generalmente es un sujeto vulnerable", afirmó Cruz.
"Yo que estoy en un juzgado, que trabajo en la justicia penal juvenil desde hace más de 10 años, puedo decir que muchos de los adolescentes que cometen hechos delictivos vienen de una franja muy vulnerable. Estamos hablando de adolescentes que generalmente no tienen todas sus necesidades básicas satisfechas. No me refiero a que tengan una secundaria completa o un nivel primario completo, sino que estamos hablando de cuestiones también alimentarias", puntualizó.
Para la magistrada, "una ley no puede tener una mirada fragmentada de toda esta realidad que involucra al adolescente". Consideró que para legislar en materia penal se debe incorporar una perspectiva "diferenciada", "de niñez y de vulnerabilidad", y es necesario tener presente la ley nacional vigente N° 26.061, de protección integral, además de las recomendaciones internacionales contenidas en la Observación 24 del Comité de los Derechos del Niño.
Políticas públicas territoriales
En la actualidad, niñas, niños y adolescentes menores de 15 años de edad no son punibles, pero el gobierno nacional pretende bajar la edad de punibilidad a 13. Cruz señaló que el hecho de que no se les pueda imponer una pena, "no significa que no se haga nada".
"Hoy en Salta hay un proceso de comprobación del hecho delictivo. Esto implica reconocer los derechos de las víctimas a poder determinar la verdad, de saber qué es lo que sucedió. Esta comprobación delictiva también permite la comprobación de la autoría", explicó. Lo último, da la posibilidad al adolescente de defenderse.
"El miércoles (último) tuvimos una mesa articulada con la Secretaría de la Niñez y también es muy importante involucrar a la comunidad en la respuesta cuando hay un delito adolescente. Estamos articulando convenios con la municipalidad, porque acá se requiere más que nada operadores en los territorios, para poder lograr un cambio en los adolescentes, operadores que conozcan las realidades de estos chicos y que puedan hacer modificaciones in situ", manifestó la magistrada. Indicó que las fiscalías también están trabajando para brindar acceso a mecanismos restaurativos.
Cruz sostuvo que en el foro penal juvenil de la provincia entienden que la consideración de las realidades que atraviesan los y las adolescentes, "demanda una respuesta interdisciplinaria" e "interinstitucional", para lo que se requieren "recursos humanos y económicos".
Sesgo "peligrosista"
Asimismo, la jueza advirtió sobre uno de los puntos "más criticables" del proyecto de ley, que "crea una franja de no punibles de los doce años para abajo". Señaló que a través de "indicadores de peligrosidad", el gobierno de Milei pretende "internar a chicos que hoy van a séptimo y sexto grado".
Consideró que el proyecto contiene un preconcepto "peligrosista de los niños", similar al de la "doctrina de la situación irregular", que la Convención de los Derechos del Niño vino a dejar atrás al reconocer a este sector de la población como sujetos de derecho que requieren una respuesta diferenciada.
El tratado internacional permitió la distinción entre "niños que no cometían hechos delictivos respecto de los que sí", ya que antes eran internados en los mismos lugares, y además prevé "la privación de la libertad como último recurso", es decir, "que solamente se pueda recurrir a la internación cuando haya un hecho delictivo y (...) sea muy grave", explicó la jueza.
Ahora, el proyecto del Ejecutivo plantea que "si hay algún niño que cometa un hecho delictivo, que se encuentre en una situación que podría implicar un riesgo para sí o para terceros, y si respecto a este chico no se pudiera prever que no va a volver a cometer un hecho delictivo, se puede mantener la situación de internación", advirtió.
"Los niños de 12 años se encontrarían ante posibilidades de privación de la libertad mucho más gravosas que los de más edad (...). Esa situación hoy no existe ni para los adultos ni para la propuesta del nuevo régimen de los que tienen 13 a 18 años", añadió.
Cruz recordó que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ya prohibió "condicionamientos" sobre la "peligrosidad posible", porque nadie puede predecir que una persona "podría volver a cometer un hecho delictivo".