La joven Daniela Guantay fue asesinada entre la noche del 2 y la madrugada del 3 de marzo de 2017 en una casa del 17 de Octubre de la ciudad de Salta. Los atacantes, que la responsabilizaban por la sustracción de droga, la ataron a una silla y la torturaron hasta provocarle la muerte.
En febrero de 2020, un Tribunal de Juicio condenó a prisión perpetua a cinco personas mayores de edad y declaró la responsabilidad penal de una adolescente.
Esa sentencia fue confirmada ahora por la Sala I del Tribunal de Impugnación. La jueza Virginia Solórzano y el juez Luciano Martini rechazaron los recursos de casación interpuestos por las defensas de Carlos Alfredo "Chury" Agüero, Norberto "Chiqui" Silvestre, Julio César Monasterio, Juan Reynaldo "El Viejo" Álvarez, Griselda, Marisel Urzagaste y de una joven que era menor de edad al momento de los hechos y en el juicio oral fue declarada penalmente responsable.
Solórzano expuso que la sentencia está bien fundamentada y fue coherente con los antecedentes y pruebas presentadas en el caso. Mientras que los argumentos de los defensores no fueron suficientes para rebatirla.
"El discurso argumental de los recurrentes sólo revela su mera discrepancia con el fallo", "sin consideraciones que alcancen a sustentar la viabilidad de la impugnación efectuada, en razón de que no logran rebatir las conclusiones que formaron la convicción del tribunal a quo, y no han demostrado que el pronunciamiento impugnado contenga, en estos aspectos, defectos de fundamentación o de razonamiento como para invalidar una sentencia que cuenta con una motivación suficiente acorde a los antecedentes del caso", dijo la jueza de Impugnación.
Por su parte, el juez Martini, en adhesión a lo expresado por su colega, señaló "que la empresa criminal sometida a juzgamiento presenta rasgos de inusitada atrocidad y crueldad que la tornan excepcional frente a las tipologías delictivas e, incluso, otros atentados dirigidos contra idéntico bien jurídico".
Para este magistrado, la "aberración del hecho, con sus connotaciones propias de adoctrinamiento o venganza a modo de ejemplo criminal, y su resultado trágico, como bien lo ha caracterizado el tribunal de juicio, son cuanto menos evidentes y resultan absolutamente repugnantes a los valores individuales y sociales de nuestro ordenamiento jurídico".
Además, jueza y juez coincidieron en desestimar el cuestionamiento a la validez de un testimonio considerado fundamental en la causa, de una mujer que presenció el hecho y que falleció luego por una enfermedad.
El juicio oral por el femicidio de Guantay se desarrolló en la Sala VII del Tribunal de Juicio del distrito Centro, entre el 4 y el 27 de febrero de 2020.
En esa instancia la fiscala penal Verónica Simesen de Bielke sostuvo que el secuestro y asesinato fue cometido entre la noche del jueves 2 y la madrugada del viernes 3 de marzo de 2017 en el domicilio de Juan Reynaldo Álvarez, en el barrio 17 de Octubre de la ciudad de Salta.
En el juicio oral se determinó que Agüero, Silvestre, Monasterio, Álvarez, Urzagaste y una adolescente, luego de captar a Daniela en el domicilio de "El Viejo”, la amarraron a una silla con las manos hacia atrás y empezaron a reclamarle una supuesta sustracción de droga. Todas estas personas le provocaron daño a Daniela, quien estaab bajo los efectos de estupefacientes.
Surgió de los testimonios, fundamentalmente de una testigo presencial clave (ya fallecida), que tras sujetar a Daniela, le colocaron una bolsa en la cabeza, lastimándola sucesivamente con golpes y elementos cortantes. Además, habría sido quemada y sucesivamente abusada, le habrían seccionado las extremidades hasta que finalmente murió. Sus restos fueron llevados después en un automotor y abandonados en las márgenes del río Mojotoro.
El lugar donde Daniela fue secuestrada también era usado por Álvarez para la explotación de chicas jóvenes, que accedían a "favores sexuales y domésticos" a cambio de drogas ilegales.
En esa casa, a cambio de droga, habrían “entregado” a Daniela a Carlos Agüero para ser “ajusticiada” por las personas que fueron condenadas y delante de otras personas, porque se le atribuía a la joven haberse apoderado de una importante cantidad de droga.
El 27 de febrero de 2020, el Tribunal integrado por las juezas Paola Marocco, María Livia Carabajal y el juez Francisco Mascarello, condenó a Agüero, Silvestre, Monasterio, Álvarez y a Urzagaste a prisión perpetua como "coautores del delito de homicidio calificado por mediar violencia de género por ser perpetrado con ensañamiento y por concurso premeditado de dos o más personas, agravado por la participación de un menor de edad".
Mientras que la joven que era adolescente al momento de los hechos fue declarada penalmente responsable.