El Gobierno nacional reglamentó este viernes el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) que incluye proyectos que demanden un mínimo de US$ 200 millones como inversión e impacta en ocho sectores de la actividad económica.

Se trata de un régimen que implica modificaciones importantes en estatutos impositivos, aduaneros y cambiarios. 

La reglamentación se hizo oficial mediante el Decreto 749/2024, publicado en el Boletín Oficial, donde se aclara que los segmentos que accederán a los beneficios de la norma son:

  • Forestoindustria

  • Turismo: servicio de hospedaje y alojamiento.

  • Infraestructura: construcción de estructuras físicas, redes y sistemas públicos o privados para logística y transporte (vial, terrestre, marítimo, fluvial, portuario, ferroviario, aeroportuario) y proyectos de esparcimiento.

  •  Minería:  prospección, exploración, desarrollo, extracción y explotación de minerales.

  • Tecnología:  producción de bienes y servicios tecnológicos innovadores como biotecnología, nanotecnología, movilidad, energía, industria aeroespacial, nuclear, software, robótica, inteligencia artificial, armamento y defensa.

  • Siderurgia:  industrialización y procesamiento de hierro, acero y aleaciones para producir productos primarios o elaborados.

  • Energía: generación, almacenamiento, transporte y distribución de energía eléctrica de fuentes renovables y no renovables, y otras energías bajas en carbono.

  • Petróleo y gas: construcción de plantas, transporte y almacenamiento de hidrocarburos, petroquímica, licuefacción de gas natural y exploración/explotación de hidrocarburos líquidos y gaseosos. La reglamentación aclaró que las inversiones en el área de petrólego y gas destinadas a transporte y almacenamiento deben superar los US$ 300 millones, mientras que aquellas orientadas a la exploración y explotación deberán ser mayores a US$ 600 millones.

En el decreto se destaca que en estos rubros se identificaron "dificultades intrínsecas para su desarrollo" como "el capital cuantioso e intensivo y los largos tiempos de recupero de lo invertido".

Y se remarca que "en el estado actual de situación del país y sin un adecuado marco de incentivo que brinde certidumbre y devuelva a la República Argentina competitividad como destino de inversión, las inversiones en cuestión verían seriamente afectadas sus posibilidades de ocurrencia".

Plazos de adhesión y beneficios del RIGI para las empresas

Las empresas que quieran adherir al RIGI tendrán dos años para hacerlo. En tanto que el Poder Ejecutivo quedará autorizado a extender ese plazo por hasta un año.

Entre los beneficios más importantes que gozarán las empresas que adhieran se destacan los impositivos: habrá una reducción del impuesto a las Ganancias al 25%, se implementará una amortización acelerada de bienes muebles e infraestructura, los saldos de IVA se devolverán en un plazo no mayor a tres meses. Además, se permitirá el cómputo del 100% del impuesto al cheque crédito en Ganancias.

Asimismo, las empresas gozarán de exenciones en el pago de derechos de importación y durante los primeros tres años no se pagarán derechos de exportación

El régimen también establece facilidades para la liquidación de divisas que ingresen por exportaciones que serán de 20% luego de dos años iniciada la inversión, 40% después de tres años y 100% luego del cuarto año.

En caso de exportaciones declaradas como “Exportación Estratégica de Largo Plazo”, los plazos son los siguientes:

  • Veinte por ciento (20%) luego de transcurrido un (1) año contado desde la fecha puesta en marcha de los Vehículos de Proyecto Único (VPU);

  • Cuarenta por ciento (40%) luego de transcurrido dos (2) años contados desde la fecha puesta en marcha del VPU;

  • Ciento por ciento (100%) luego de transcurrido tres (3) años contados desde la fecha de puesta en marcha del VPU.