La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó los pedidos de prisión domiciliaria de José Luis Guarrochena y Luis Ambrosio Navarro, dos represores de la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA).
Guarrochena es un ex integrante del Servicio de Inteligencia Naval (SIN) y fue recientemente condenado a la pena de prisión perpetua, por la privación ilegal de la libertad, abuso, violación, torturas, sustracción de menores y homicidios a más de 400 víctimas. Por su parte, Luis Ambrosio Navarro era aviador naval e integró el Grupo de Tareas 3.3.2 de la ESMA entre 1978 y 1979. Se lo juzgó y fue condenado también a prisión perpetua en la causa conocida como ESMA Unificada, que terminó en 2017.
La decisión de rechazar los planteos de los represores fue adoptada en ambos casos por Alejandro Slokar y Ángela Ledesma. Guillermo Yacobucci votó en disidencia en el caso de Guarrochena.
En los votos del juez Slokar, al desestimar los beneficios pretendidos por los represores, se destacó que “los crímenes de esta laya resultan imprescriptibles, no pasibles de indulto ni amnistía, tampoco puede conmutarse o reducirse la respuesta punitiva impuesta, pues se ingresaría nuevamente en un pasaje de impunidad que se ha desandado paulatinamente durante los últimos veinte años a partir de la incorporación de los tratados de Derechos Humanos al bloque de constitucionalidad y, especialmente, ante la reapertura de estos procesos, originados en una respuesta legislativa y jurisdiccional, tardía, pero concluyente”.
A su vez, Slokar reafirmó el criterio sostenido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación según el cual, para estos casos, “pesa sobre los magistrados un especial deber de cuidado para neutralizar toda posibilidad de fuga” y, respecto de los condenados Guarrochena y Navarro, “especialmente frente al dictado de una sentencia condenatoria, aunque ésta no se encuentre firme".
"La obligación de cumplimiento de la normativa internacional que resguarda la materia se impone, toda vez que su desconocimiento configuraría una situación de gravedad institucional, que no sólo constituye la lesión a un pilar básico del orden constitucional, sino también un injusto de carácter internacional que pone en riesgo de sanción a la Nación tanto frente al sistema universal de Derechos Humanos como al regional interamericano. Así, esta imperatividad requiere que los Estados miembros cumplan con sus obligaciones para la protección de los Derechos Humanos de modo de lograr democracias sólidas, coherentes y sostenibles", añadió Slokar.
La decisión de la Cámara de Casación se conoce después de que saliera a la luz una visita que hicieron seis diputados oficialistas al penal de Ezeiza, donde está alojada la mayoría de los represores que actuaron en la ESMA. Según trascendió, los legisladores recibieron una propuesta para lograr la domiciliaria de parte del represor Raúl Guglielminetti, ex integrante del Batallón 601.