El presidente Javier Milei fue denunciado este lunes por el delito de "incumplimiento de los deberes de funcionario público" tras el veto total a la ley de movilidad jubilatoria sancionada por el Congreso. La nueva fórmula disponía elevar el haber mínimo y fijaba una nueva fórmula de cálculo de los ingresos de los jubilados.

La abogada Valeria Carreras fue quien efectuó la presentación ante los tribunales federales de Retiro. La denuncia quedó a cargo del juzgado federal 11, que subroga el juez Julián Ercolini, informaron fuentes judiciales a la agencia Noticias Argentinas. Carreras pidió que en el caso intervenga la UFI PAMI --unidad fiscal especializada en delitos previsionales--.

Para la denunciante, el veto a la ley de movilidad jubilatoria es una acción que "podría tipificarse no solo como el incumplimiento de deberes de funcionario público, al no cumplir con leyes y tratados internacionales, sino también frente a conductas que podrían encajar en un plan sistemático contra los pasivos de nuestra sociedad".

La abogada sostuvo que el veto presidencial debería investigarse "no como un hecho aislado, sino como parte de toda una política de maltrato al adulto mayor".

"No puede permitirse el abuso de poder contra un sector por demás vulnerable, como es la enorme cantidad de adultos mayores de la Argentina", subrayó Carreras, quién pidió que se la cite a ratificar su denuncia.

"La denuncia que formulo, tiene basamento, en la gravedad que estas medidas del Poder Ejecutivo, revisten ya no solo por incumplir con los Tratados internacionales, no solo por incumplir con la Constitución Nacional, sino por atentar contra la vida de un sector de la sociedad, el sector más vulnerable, nuestros mayores", agregó la abogada.

Qué establecía la ley de movilidad jubilatoria vetada por Milei

La ley vetada oficialmente este lunes por el mandatario beneficiaba a los jubilados con respecto a la fórmula actual implementada por el Gobierno. Entre otros puntos, establecía:

  • El haber mínimo no debe ser menor al valor de una canasta básica de adulto mayor, que actualmente es de 285 mil pesos.

  • Un pago extra de 8 por ciento para alcanzar el 20,6 de la inflación de enero. El Gobierno solo había dado 12,5 aplicando su índice de movilidad jubilatoria.

  • La fórmula de movilidad quedaría atada al Índice de Precios al Consumidor (IPC), que mide la inflación, y a los salarios promediados en el índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).

  • La actualización se aplicará de manera semestral. Además, se establece un aumento adicional una vez al año, en marzo, por el 50 por ciento de la diferencia entre la variación salarial y la inflación.

  • Las deudas de las cajas previsionales provinciales deberán ser canceladas por la ANSES o con fondos de impuestos nacionales, como el del cheque, PAÍS e IVA. Es decir que no se toca el Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) de ANSES.

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