A través de la Resolución 85/2024, el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) comunicó que más de 700.000 hogares del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) deberán realizar ajustes en sus instalaciones eléctricas para evitar multas que Edenor y Edesur, antes del 1º de octubre.

Precisamente, lo que se exige son unos nuevos medidores capaces de registrar tanto la energía activa como la reactiva en la acometida general en edificios en régimen de propiedad horizontal y en los conjuntos inmobiliarios. No obstante, existen algunas excepciones. 

En esta línea, las sanciones se aplicarán a los usuarios cuyo factor de potencia esté entre 0,85 y 0,95.

Los que no cumplan con el mínimo requerido enfrentarán multas más elevadas. La medida busca reducir los picos de demanda durante periodos de alto consumo, como en el verano.

Cómo evitar las multas de Edenor y Edesur

Para evitar estas multas, los usuarios deberán adaptar sus instalaciones al nuevo factor de potencia, lo que incluye la instalación de medidores que registren la energía reactiva. Los pasos para solicitar un nuevo medidor son los siguientes:

En el caso de una persona jurídica, se debe presentar el DNI del representante legal y el contrato o estatuto social.

También una Declaración de Conformidad de Instalaciones Eléctricas (DCI). Este certificado no es necesario si el domicilio ya tenía un pilar o medidor y el nuevo pedido de suministro mantiene las mismas condiciones.

  • Para propietarios: Presentar la escritura del inmueble o la declaratoria de herederos. Si el título no incluye la dirección, debe acompañarse de la plancheta catastral.
  • Para inquilinos: Presentar uno de los siguientes documentos: contrato de locación, comodato, boleto de compraventa, fideicomiso o certificado de domicilio.

Si el trámite lo realiza otra persona debe llevar el DNI del autorizado o apoderado. Como así también una nota de autorización o poder firmada por el titular.

Cuál es el calendario de multas establecido

El cronograma de aplicación de multas es el siguiente:

  • 1º de octubre de 2024: se aplicará un recargo del 30% del valor total.
  • 1º de mayo de 2025: el recargo aumentará al 60%.
  • 1º de diciembre de 2025: se comenzará a cobrar el 100% del recargo.

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