La Corte de Justicia de Salta se declaró competente para intervenir ante la crítica situación de las personas privadas de la libertad en las comisarías de la provincia. El máximo tribunal recalcó que el titular del Poder Ejecutivo es responsable del diseño de las políticas públicas en pos de la garantía de los derechos de este sector de la población.

Esta resolución surge en el marco de un habeas corpus presentado por el presidente del Comité Provincial de Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles Inhumanas o Degradantes, Rodrigo Solá

Antes de la definición del máximo tribunal provincial, el procurador general de la provincia, Pedro García Gastiella, había emitido un dictamen favorable sobre la competencia de la Corte. La Corte resolvió en ese sentido y también dio intervención al titular del Ministerio Público Fiscal sobre la situación de las personas alojadas en comisarías.

Solá fundamentó la presentación del habeas corpus en el artículo 88 de la Constitución Provincial, en derechos y garantías establecidos en las Constitución Nacional y en las Convenciones y en los Pactos internacionales. En ese marco, requirió que se ordene la reparación de la situación lesiva en que se encuentran alojadas las personas privadas de libertad en establecimientos policiales.


También solicitó que se conmine a los organismos estatales responsables de su guarda y custodia a implementar medidas específicas para garantizar condiciones de habitabilidad de dichas instalaciones que resulten compatibles con la dignidad humana.

Otro requerimiento de Solá fue que la Corte disponga la conformación de una mesa de coordinación e implementación de las medidas que emerjan del tratamiento del habeas corpus, y que esté integrada por representantes de los tres poderes del Estado y el propio CPT.

Al analizar los planteos del Comité, la Corte señaló como responsable al gobernador Gustavo Sáenz. 

"Es dable observar que el presentante (el CPT) funda su planteo atribuyéndole, a la Provincia de Salta, una supuesta omisión con respecto a las condiciones de habitabilidad que brinda a las personas que, privadas de su libertad ambulatoria por diferentes motivos, se encuentran alojadas en dependencias estatales", consideró el tribunal.

En ese contexto, añadió: "es menester recordar que la Provincia de Salta es representada legalmente por el titular del Poder Ejecutivo, quien además dirige y formula sus políticas, es jefe de la Administración centralizada y descentralizada y es el único órgano estatal que ejerce, 'lato sensu', función gubernativa".  

"De ese modo, si bien no se desconoce que algunas obligaciones legales (...) podrían corresponder a cometidos de varias carteras del Poder Ejecutivo, resulta incontestable que el diseño de las políticas públicas en pos de la garantía de los derechos relativos a las personas privadas de su libertad ambulatoria, alojadas en dependencias policiales, pone en evidencia la voluntad política del Gobierno Provincial representado por su Poder Ejecutivo", prosiguió la Corte.

Por último, el máximo tribunal salteño insistió en "que la responsabilidad del jefe ejecutivo resulta independiente, activa, real, ejerce por sí la suma de su poder político, distribuyendo su acción administrativa general entre los jefes secundarios, cabezas de cada departamento".