La Corte Suprema de Justicia de la Nación acaba de invalidar todo el trámite de adopción de un niño nacido en el año 2014, atendiendo que su madre firmó un "consentimiento" para darlo en la Maternidad Martin, cuando aún estaba en su vientre, algo manifiestamente ilegal, cuando apenas tenia 12 años. "Básicamente el fallo dice que no hay elementos para dar un niño en adopción porque no hay consentimiento y hace mucho hincapié en otra cuestión que es el tiempo transcurrido . El niño hace diez años que se esta criando con gente que no es su familia", dice Carmen Maidagan, abogada de Micaela. "La importancia que tiene este fallo es que la Corte Suprema de Justicia de la Nación está anulando e invalidando todo lo que hizo la provincia de Santa Fe desde la primer jueza de familia hasta la Corte Suprema de Justicia de nuestra provincia" dice a Rosario/12 la abogada patrocinante, quien desde el primer día viene denunciando esta tramitación irregular, en la cual el niño fue entregado a una familia, aunque legalmente la adopción nunca se concretó. El año pasado la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al estado por discriminación y violación a los derechos a la identidad y a la familia, entre otros.

Micaela tenia en realidad 12 años y estaba aún embarazada cuando firmó un "consentimiento" donde admitía que quería dar opción a su bebé por nacer. Esta es la gran irregularidad para Maidagan. "La orden de entrega es anterior al que el niño nazca y después se pretendió con el nuevo código de decir que era un juicio de declaración de situación de adoptabilidad por consentimiento materno. Ahora la Corte nacional dice , como venimos sosteniendo desde hace 10 años, que no existe ese consentimiento. Por eso le está diciendo a todos los jueces de la provincia de Santa Fe, que no hay manera de que ellos puedan iniciar este juicio porque no hay consentimiento válido.

-¿Qué le  remarca la Corte nacional a la Corte santafesina?

-La sentencia es clara en sostener que es arbitrario todo el trámite, porque lo que les está remarcando es que ellos no pueden obviar la ley, es increíble pero lo que les está diciendo es que no pueden violar la ley: y si la ley dice que el consentimiento es válido cuando han pasado en el Código Civil anterior 60 días del nacimiento y en el Código Civil y Comercial actual 45 días después del parto y usted tiene un consentimiento anterior incluso anterior a que el niño nazca, no pueden sostener que el consentimiento es válido. Esto es lo que le está diciendo la corte nacional. Entonces la sentencia recurrida es arbitraria porque no es un resultado razonado de la ley que se les ocurrió dictar. De hecho hay un párrafo también donde la Corte nacional señala algo importante : es que la Corte santafesina dijo que 'atento a la situación del tiempo transcurrido lo más conveniente sería que tramitemos este juicio de declaración de adoptabilidad' . A esto la Corte Nacional les recuerda que no se lo permite la ley, le dicen 'no es lo que usted le parezca conveniente, no corresponde porque la ley no se lo permite'".

Según remarca Maidagan , quien comparte patrocinio con Araceli Díaz , Maria Claudia Torrens y Marta Haubenreich, "básicamente la Corte nacional dice que no hay elementos para dar un niño en adopción porque no hay consentimiento y hace mucho hincapié en otra cuestión que es el tiempo transcurrido. Quiero recordar que el año pasado la Corte Interamericana de Derechos Humanos falló que la Argentina tenía un año de plazo para resolver toda esta situación. Y ahora la propia Corte nacional le reclama contundentemente a los jueces por el tema del paso del tiempo, sobre todo cuando se trata de temas de niños, aunque también remarca la gravedad de la situación ya que este niño está creciendo con gente que no tiene ningún vínculo jurídico, y no está creciendo con su mamá que es la única que legalmente está habilitada para criarlo.

-¿Qué ha pasado con la relación entre la mamá y el chiquito, porque ya ustedes habían advertido que había dificultades en mantener esa relación. Cómo está la situación después del fallo de la Corte Interamericana?

- Bueno, ahí es donde entendemos que hay un punto de falencia de parte de las autoridades locales, porque ahí si bien nosotros estamos en diálogo con distintos funcionarios, hay que avanzar en esto que plantea la Corte, principalmente que el niño sepa quién es para después poder tomar una decisión. Porque lo cierto es que el niño tiene una buena relación con su madre, quién lo visita y con quién tiene un vínculo muy fuerte, pero él no tiene bien en claro quién es y esta criándose con otra gente.

La letrada finaliza el diálogo con este diario remarcando que "todos tenían que saber que estaban actuando bajo una ley, entiendo que puede haber más responsabilidad de los jueces, pero desde ya que la Maternidad Martin, la Defensora General y la defensora de Niños, Niñas y Adolescentes Analía Colombo, todos ellos sabían lo que hacían porque esta es una ley clara, es una norma muy clara en cuanto al momento que se puede brindar el consentimiento. Así que que aún cuando ellos creyeran que esa era la idea de Micaela ,que nunca lo fue por otra parte, pero aún cuando ellos realmente creyeran eso, por ese motivo no podían apartarse la ley. De todas maneras ellos tendrían que haber garantizado que ese niño estuviera con su familia o estuviera al cuidado del Estado hasta que pasara el plazo para que el consentimiento en su caso fuera válido", concluye tajante la abogada.