El jurado popular, como herramienta de administración de justicia, ya rige en Rosario y ayer tuvo su segunda prueba. Solo que el juicio no se fundó por homicidios o narcotráfico, sino que giró en torno a un plátano que un vecino de Echesortu taló sin autorización municipal. El proceso, todavía novedoso, surge a partir del nuevo Código de Convivencia Municipal, se desarrolló en el Distrito Centro, y los jurados encontraron al acusado culpable de la falta por la que fue denunciado.
Si bien hubo veredicto de culpabilidad, el jurado decidió no imponer pena y dejarle esa decisión a la jueza que dirigió el proceso. Por eso todo quedó en cuarto intermedio y la magistrada será quien fije una sanción que dará a conocer este viernes.
Desde 2022 que comenzó a regir el nuevo Código de Convivencia, la forma de dirimir ciertos conflictos vecinales es esta. Pero solo si la contravención a debatir depara una sanción mayor a 500 unidades fijas o 90 días de inhabilitación, según el caso. Y el de este vecino de Echesortu lo fue.
El asunto empezó el 28 de marzo, cuando un vecino de 9 de Julio y San Nicolás denunció que en una obra de construcción había personas cortando las ramas de un plátano del arbolado público. Acudieron inspectores municipales que ordenaron al titular de la obra a cesar en esa poda no autorizada, puesto que esa tarea solo la debe realizar la Dirección de Parques y Paseos.
Días después, el vecino hizo cortar el árbol directamente. Alegaba que le obstruía el ingreso a la cochera que había construido. Y lo hizo pese a que la Municipalidad le había negado el permiso para extraer el plátano al momento de iniciar la construcción.
En estas circunstancias, el Ejecutivo municipal aplicó la norma vigente y mandó a juicio vecinal el entuerto. Se constituyó el jurado con hombres y mujeres sorteados de una lista de postulantes confeccionada previamente, a cargo de juzgar esta clase de infracciones que provoquen daños graves al patrimonio público, al ambiente o al tránsito, se explicó. Estos ciudadanos ofician en carácter voluntario, y se inscribieron para tal función en el sitio web rosario.gob.ar.
Cada jurado es diferente en cada caso que llega a esta instancia de juicio popular. Hasta ahora, en las dos ocasiones en que se puso en funcionamiento, lo integraron cinco miembros, aunque el juzgado puede aumentar a siete miembros en caso de que lo estime conveniente. Y la selección, tomada del registro de voluntarios inscriptos, procura atender diversidad etaria, de género y cultural.
Ayer se desarrolló la audiencia, duró cuatro horas de alegatos con 5 testigos por parte de la Fiscalía y 2 por parte del acusado. Al término de la misma, la jueza municipal de Faltas puso a deliberar al jurado popular, que falló en contra del vecino denunciado.
Con el veredicto de culpabilidad para el infractor, será la funcionaria quien le imponga la sanción, seguramente de índole económica.
Rosario es una de las tres primeras ciudades del país en tener el juicio por jurados como herramienta de resolución de conflictos vecinales. Las otras dos son Mendoza y San Patricio de Chañar, en Neuquén.
La Justicia Municipal de Faltas lo incorporó con la ordenanza del Código de Convivencia que el Concejo sancionó en 2021 y que entró en vigencia en agosto de 2022. Su debut ocurrió en marzo pasado, sobre un caso de sanidad alimentaria.