La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió en todo el país y en plataformas de comercio online de una marca de alcohol de cereal por falsificación y no cumplir con "la normativa alimentaria vigente". El producto se promocionaba como apto celíacos, pero no tenía la autorización correspondiente.
A través de la disposición 8418/2024 que se publicó en el Boletín Oficial este miércoles es que se conoció la medida, donde se detalla que el producto es el Alcohol de cereal "Tri Destilado, Apto Celíacos, Sin TACC, Apto Consumo humano, Etanol Graduación 96% Vol.", de la marca “IZEL SEH”.
"Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea del producto", determina el documento oficial, sin importar la "presentación, lote y fecha de vencimiento".
La Anmat prohibió la comercialización de este alcohol "por carecer de registros de establecimiento y de producto, por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo números de RNE y RNPA inexistentes y por consignar en el rótulo el símbolo “Sin T.A.C.C.” sin contar con la autorización correspondiente para tal atributo, resultando ser en consecuencia un producto ilegal".
En este sentido, el organismo nacional indicó que como se trata de un "producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República".
"Que en atención a las circunstancias detalladas y a fin de proteger la salud de la población celíaca, ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de un producto alimenticio que carece de registros, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, y de un producto alimenticio que contenga trigo, avena, cebada o centeno (TACC) y que posea la leyenda 'Libre de Gluten' y/o el símbolo 'Sin TACC' sin corresponderle dicho atributo, es que el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en los sitios de venta en línea del citado producto", enfatizó.