El gobierno de Cambiemos ya presentó en el Senado el proyecto de reforma laboral que consensuó con la CGT. La conducción de la central obrera afirmó que lo acordado mantiene los derechos que garantiza la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). Sin embargo, presidente de la Asociación de Abogados Laboralistas, Matías Cremonte, tras desmenuzar el texto normativo final, aseguró que el proyecto avanza sobre la LCT y los Convenios Colectivos de Trabajo y, por lo tanto, “continúa siendo una reforma que flexibiliza derechos”.
–¿Qué evaluación realiza del proyecto de reforma laboral que surgió de la negociación entre la CGT y el Gobierno?
–Cuando se analizó el proyecto original se concluyó que era malísimo pero el que ingresó al Senado sigue siendo malo porque sigue reformando la LCT, perjudicando los derechos de los trabajadores. Más allá de eso, la verdad es que estamos frente a una reforma que no era necesaria. No había necesidad de hacerlo incluso desde el punto de vista de los supuestos objetivos que se propone el Gobierno como es el aumento de la productividad, la disminución de la litigiosidad, la creación de empleo y el blanqueo de los trabajadores. Nada de esto se puede atacar reduciendo los derechos de los trabajadores. Y esta ley, por más que sea mejor que el borrador original, sigue siendo una reforma laboral que recorta derechos laborales.
–Entonces, si se lo compara con la LCT en vigencia ¿qué es lo que modifica?
–Por ejemplo se limita el principio de irrenunciabilidad. Esto significa que un trabajador puede válidamente renunciar a derechos adquiridos que se han incorporado a su contrato individual de trabajo cuando en realidad hoy la ley prohíbe esa renuncia entendiendo que hay una relación objetivamente desigual entre el empleador y el trabajador. La LCT presume que cualquier renuncia a un derecho adquirido es una renuncia inválida porque el trabajador no tuvo plena voluntad para renunciar y lo hace condicionado para, por ejemplo, mantener el trabajo. Pero el proyecto mantiene la posibilidad de renunciar a derechos respecto a mejoras obtenidas en el contrato individual.
–Desde la CGT dicen que para que esa renuncia se concrete debe contar con el aval del sindicato...
–No, no es cierto porque debe ser homologado por el Ministerio de Trabajo y pueden ser acompañados por el sindicato o no. Pero insisto, esto no es necesario para la generación de empleos. Y reitero, por qué entender que estas modificaciones representan un triunfo cuando se permite renunciar a derechos aún si hay cierta limitación de que el acuerdo debe ser homologado. Tenemos que contrastar cada una de las reformas con el objetivo del proyecto y puedo afirmar que nada tiene que ver con los objetivos declamados por el gobierno sino que en realidad implica ampliar beneficios de los empleadores, un incremento del poder empresario para modificar condiciones individuales.
–Contrastemos: ¿Se modifica el concepto del Ius Variandi?
–Efectivamente. Se trata del artículo 66 de la LCT que se refiere a la posibilidad que tiene el empleador de modificar de manera unilateral las condiciones del trabajador. Pues bien, cuando ocurre algo así el trabajador puede recurrir a la Justicia y hasta tanto no haya un fallo firme esa modificación es inválida. Pero ahora esa medida cautelar se elimina porque si bien el trabajador podrá recurrir a la Justicia, hasta tanto se resuelva en sede judicial deberá acatar la modificación de sus condiciones laborales. Por lo tanto, aunque sea un proyecto mejor que el texto original sigue siendo un recorte de derechos de los trabajadores.
–¿Otro caso sería el denominado artículo referido a la tercerización?
–Este es uno de los problemas más graves que hay en el mercado de trabajo. Esto implica que una empresa subcontrate trabajadores o tercerice algunos aspectos de su actividad. Eso está permitido pero tiene un resorte para el trabajador que es la responsabilidad solidaria del empleador principal. Es decir, si el subcontratista no cumple con su empleado este puede reclamar al empleador principal, que es quien se beneficia con ese trabajo. Ahora, el artículo dice que no hay más responsabilidad solidaria cuando la actividad que se terceriza es la gastronomía, la seguridad, la limpieza, mantenimiento y el transporte de personas.
–Sin embargo, desde el sindicato de Camioneros se dijo que eso se salvó.
–No, lo que se salvó fue el transporte de la logística que hace a la actividad de Camioneros y no de los otros rubros.
–Cada sector defendió lo suyo.
–Más allá de eso, lo que termina haciendo esta reforma es liberar a los empresarios principales de esa responsabilidad. Es un gran beneficio para los empresarios y la pérdida de derechos y garantías para los trabajadores.
–El proyecto también avanza sobre los Convenios Colectivos de Trabajo...
–Paradójicamente este ítem en el proyecto original no era malo porque prohibir que se negocien sumas no remunerativas de algún modo es privilegiar el aporte a la seguridad social. En muchas ocasiones durante las negociaciones colectivas se acuerdan sumas que no tributan y que no sufren aportes ni contribuciones de modo de poder llevar a una incremento salarial superior. Sospecho que esta modificación fue más producto de una presión empresaria que sindical porque mantiene la costumbre de negociar sumas no remunerativas que suele beneficiar a la patronal.
–Otro ítem que se criticó fue el fondo de cese de empleo pero continúa.
–En primer lugar este fondo no es automático y debe acordarse con los sindicatos. El empleador aportará a ese fondo como si fuera una suerte de seguro al que podrá recurrir cuando quiera despedir sin causa a un trabajador. Pero a diferencia de lo que hoy ocurre no tendrá ningún efecto disuasivo como tiene la indemnización. Esto puede generar que se despida a trabajadores más antiguos para contratar a otros con menos derechos y más baratos. Pero por otra parte, esos fondos pueden generar otro problema ya que pueden terminar siendo utilizado con fines especulativos en los mercados financieros. No son igual que las AFJP pero son un peligro potencial.
–¿Coincide con lo que dijo Palazzo cuando dijo que lo que consiguió la CGT es una victoria pírrica?
–No la llamaría victoria de ninguna manera. Porque si esta ley se aprueba tal como está e incluso con algunas modificaciones que se puedan realizar en el Congreso, continúa siendo una reforma laboral que flexibiliza derechos. No está planteado como algo que va a beneficiar a los trabajadores. Pero además no hay antecedentes en el país o incluso en otros que el recorte de derechos o la flexibilización laboral haya generado más empleos o empleo registrado.
–¿Estas reformas son inconstitucionales?
–Cada una de las reformas que se plantean en este proyecto son inconstitucionales. Hay un gran principio que está siendo objetivamente vulnerado que es el de progresividad o su contracara que es el principio de irregresividad que surge de la Convención Americana de Derechos Humanos, que es parte de nuestra Constitución, y que establece que ningún Estado puede retroceder en materia de derechos sociales ya reconocidos. Esto indudablemente es una regresión y desde ese punto de vista es inconstitucional. Y lo dijo también la Comisión Interamericana de Derechos Humanos cuando estuvo en Uruguay y ante la queja presentada por organizaciones y sindicatos de Brasil y la Argentina la Comisión le dijo a los representantes de los dos Gobiernos que ninguna reforma laboral puede vulnerar el principio de irregresividad. Entonces esta ley nace inconstitucional.
–Por lo tanto no se reducirá la litigiosidad que declama el Gobierno.
–No, porque cualquier trabajador que pierda derechos va a poder plantear su reclamo ante la justicia laboral. Pero no solo eso, incluso el capítulo de blanqueo que elimina las multas que son a favor del trabajador en negro, que son una suerte de resarcimiento, van a generar reclamos. Eso ya ocurrió con la reforma de la ley de Accidentes de Trabajo porque en la medida que se recortan recursos y derechos de los trabajadores la única forma de recuperarlos es a través de la justicia laboral.
–Entonces los trabajadores no tienen nada para festejar...
–No hay nada que puedan festejar salvo el incremento de la licencia parental que es un beneficio menor por todo lo que se pierde. Si un trabajador que está en negro pasa a estar registrado se beneficia pero no podemos presuponer que eso no pueda suceder mediante otro camino y no de condonar deudas, reducir contribuciones patronales, de eximir de responsabilidad penal a los empresarios. Eso no genera blanqueo de por sí.
–Allí aparece el reclamo del costo laboral...
–Eso es un mito que dice que la reducción generará registración y empleo en blanco. Pero en Perú que con una estrategia similar se redujo el costo laboral a la mitad, es de 17 por ciento, pero el trabajo informal sigue arriba del 50 por ciento. Lo que esta reforma dice pretender ya se demostró que en el mundo no ocurrió.
–El Gobierno tiene una fuerte injerencia en la justicia penal. ¿Cree que pasará algo similar en el fuero laboral?
–Hay un ataque sistemático del Gobierno a la justicia laboral que tiene que ver con la estigmatización pública, llamamientos del presidente a que la justicia también falle a favor de los empresarios, pero también hubo denuncias ante el Consejo de la Magistratura donde se pide destitución o sanciones a jueces por sus fallos que favorecen a trabajadores y no por mal desempeño. Lo que se pretende es condicionar o atemorizar a la justicia laboral. Hasta ahora no dio resultado.
–¿La institución que preside reclamará su inconstitucionalidad?
–El objetivo ahora es que no se apruebe la reforma. El papel más importante lo tiene el movimiento obrero y para eso hay que hacer un trabajo en el Congreso pero también hay otros mecanismos constitucionales como el derecho a manifestarse, huelga y petición. Ningún trabajador votó en las últimas elecciones teniendo en cuenta la reforma laboral porque no fue parte del debate. Pero si se aprueba habrá que ir caso por caso porque es una ley que recorta derechos y otorga más poder a los empresarios.