El futuro de las indemnizaciones se encuntra en el foco de la reforma laboral aprobada en la ley Bases que el presidente Javier Milei reglamentó en el Boletín Oficial. La creación de un Fondo de Cese Laboral figura como uno de los grandes interrogantes que señalan los expertos, que alertan por la pérdida de derechos básicos. 

En diálogo con la 750, el coordinador del Instituto de Estudios y Formación de la CTA, Luis Campos, expuso las claves de esta iniciativa: explicó cuándo entrará en vigencia, por qué se trata de un sistema que perjudica a los trabajadores y sobre qué hay que poner la lupa de cara al futuro.

1. Cuándo entra en vigencia el Fondo de Cese Laboral

Campos explicó que lo más importante es que si bien el Fondo de Cese Laboral ya está reglamentado “hasta tanto un convenio colectivo no negocie un nuevo sistema, sigue vigente la indemnización tal como está”.

“Esta reglamentación le da a los sindicatos y cámaras patronales la posibilidad de disponer del sistema de indemnización que quieran”, afirmó sobre la iniciativa que, dice el Gobierno, ayudará a ponerle fin a lo que denominan despectivamente como “la industria del juicio”.

2. Quién se beneficia con el nuevo sistema

En segundo lugar, el analista de la CTA explicó que a diferencia del sistema indemnizatorio actual, donde el trabajador despedido sin causa cobra un salario por año de antigüedad, con el nuevo proyecto se van a poder cambiar los montos, los plazos y la forma de cobro, es decir, si se hace al contado o en cuotas.

“Esto está sujeto a la negociación colectiva. Van a poder elegir si se aplica el nuevo régimen o si sigue el viejo de la Ley de Contrato de Trabajo. Esto va a hacer que, para los trabajadores, el Fondo sea optativo, pero en los hechos va a ser obligatorio, porque van a tener que terminar aceptando la decisión que tome el empleador”, dijo.

3. Montos licuados y pagos más chicos

Por otro lado, Campos profundizó sobre los cambios que se pueden hacer sobre este sistema presuntamente optativo para los trabajadores: “Esto es peor que en la industria de la construcción. Porque allí los empleadores van haciendo todos los meses un aporte a una cuenta y el trabajador, cuando se va, recibe ese monto”.

“Ese monto tendría que ser equivalente a la indemnización. Aquí se permite reducir ese monto. Podría ponerse que sea el 50 por ciento de la indemnización prevista. Esto surge en la reglamentación. También eso se puede cobrar en cuotas”, dijo.

Pero hay más: “Y hay distintos sistemas. Por ejemplo, que se vayan haciendo a un Fondo Común de Inversión, que no tiene garantía de rendimiento. Si esto se licúa, el trabajador puede encontrarse con que la plata se licuó por completo”. “Además, se abre la puerta a que el aporte sea realizado también por los propios trabajadores, porque serían ellos financiando su propia indemnización”, finalizó.