El juez federal Ariel Lijo le ordenó ayer al Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) el bloqueo “inmediato” de la página web de la Real Academia Española (RAE) en la que se describe una acepción de la palabra "judío, a" como “una persona avariciosa o usurera". El magistrado consideró que se trata de un discurso de odio que incita a la discriminación por motivos religiosos.

En un fallo conocido ayer, Lijo le dio lugar a una denuncia penal presentada por el presidente de la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA), Jorge Knoblovits, y el apoderado de Fundación Congreso Judío Mundial, Claudio Gregorio Epelman, contra el director de la RAE, Santiago Muñoz Machado, quien en enero de 2023 rechazó el pedido de suprimir esa acepción por estar “avalada por el uso, por más que pueda resultar socialmente inapropiada o reprobable".

La presentación fue realizada apenas un mes atrás, el 28 de agosto, y abarca también todo integrante de la organización que incite “al odio contra la colectividad judía". En la versión digital del diccionario, la palabra "judío" o "judía" es descrita con cinco acepciones: la última de ellas la define como una persona "avariciosa o usurera", aunque se aclara que esa utilización tiene una connotación "ofensiva o discriminatoria".

En la fundamentación del fallo, Lijo consideró que la quinta acepción “contiene en la base de su significado un discurso de odio", dado que "atribuye características peyorativas al integrante de un colectivo por el solo hecho de ser tal". El juez, que es uno de los candidatos del presidente Javier Milei para integrar la Corte Suprema de Justicia, sostuvo que esa denominación “produce efectos concretos sobre una cantidad indefinida, pero importante de personas”.

“La formulación del discurso en cuestión no se encuentra reservada a un foro íntimo o, si bien público, de acceso restringido; por el contrario, se encuentra incorporado al Diccionario de la Lengua Española. En este sentido no puede pasarse por alto el amplio alcance de este compendio", agregó.

Además, libró un exhorto internacional a España para que le ordene a la RAE que “suprima inmediatamente” del Diccionario de la Lengua Española la quinta acepción de la palabra “judío, a” por configurar un discurso de odio que incita a la discriminación por motivos religiosos en los términos de la Ley 23.592. Por lo que le pidió al ENACOM que bloquee el sitio en esa página específica hasta tanto la entidad europa cumpla con la orden judicial.

Entre los argumentos de su medida, Lijo hizo mencionó a situaciones previas en las que la RAE hizo modificaciones sobre su diccionario por el contenido discriminatorio de algunas de las acepciones como la de “gitano” considerado como “trapacero” o la de la palabra “fácil” en la que se refería a “mujer” que se presta sin problemas a tener relaciones sexuales, sino a “persona”. También detalló la eliminación de la tercera acepción de la palabra “masculino” y la sexta de “femenino”, ya que una se refería a “varonil, enérgico” y la otra a “débil, endeble”.