Luego de un mes de juicio oral y público, la Justicia santafesina absolvió al profesor de educación física del jardín Ceferino Namuncurá de la ciudad de Santa Fe, denunciado en 2021 por delitos contra la integridad sexual de cinco niñas que asistían al establecimiento educativo. Fiscalía adelantó que apelará la decisión. La fiscal Jorgelina Moser Ferro señaló que "no se le dio crédito a los testimonios de las niñas y los niños que fueron víctimas y testigos", lo que considera "una grave violación a los estándares internacionales de protección y promoción de los derechos de las personas menores de edad". Esa situación, para la abogada querellante Carolina Walker, "genera un antecedente peligroso", por lo que también adelantó que apelará cuando se den a conocer los motivos de la resolución unánime.

El profesor Juan T., de 48 años, llegó al debate oral con pedido de pena de 25 años de prisión, en los últimos días de agosto, frente al tribunal integrado por Pablo Busaniche, Martín Torres y Cecilia Labanca. Lo que se juzgó son hechos denunciados por las familias de alumnas de diferentes salas del jardín dependiente del Arzobispado de Santa Fe, radicadas en octubre de 2021.

"No estamos de acuerdo con la decisión que se tomó, porque creo que estaban demostradas las situaciones de abuso. Creo que se omitió escuchar a los niños, en una clara violación a las convenciones internacionales", dijo la fiscal. "En entrevistas en cámara Gesell, diferentes alumnas y alumnos del docente juzgado brindaron relatos sostenidos acerca de lo sucedido. Con recursos propios de su corta edad, mencionaron espontáneamente al profesor y contaron cómo fueron las conductas delictivas. Se expresaron con claridad y no hay ningún indicio de que hayan sido inducidos para declarar de la forma en la que lo hicieron", agregó.

Su par, Matias Broggi refirió que además de diferentes testigos, declararon "profesionales que intervinieron en diferentes etapas del proceso judicial, entre los que estuvo un médico que constató lesiones coherentes con abusos sexuales en las víctimas". Por eso, al salir de la sala dijo: "No entendemos, porque el juicio no daba para esta decisión. La contundencia de las pruebas que expusimos no se condice con esta decisión".

La abogada querellante, Carolina Walker, se manifestó "sorprendida" y coincidió en que "la cuestión probatoria fue muy contundente. Se acreditaron los dichos de las víctimas en cámara Gesell y en entrevistas en diferentes ámbitos, entre otros elementos. Las dos primeras denuncias se hicieron en dos lugares diferentes a la vez, cuando todavía no se había conocido el caso, y luego surgieron las otras denuncias", señaló. "Los testigos de la defensa fueron de contexto. Fueron a decir que el profesor era buen amigo, buen docente, solidario. Lamentablemente, entiendo que esa imagen y la opinión pública sobre esta persona fue determinante, aunque tendremos que ver los fundamentos", sostuvo. Y agregó: "Me parece tremendo que no se escuche a los niños, teniendo en cuenta las convenciones internacionales y compromisos de nuestro país. Genera un antecedente peligroso de no escuchar a los niños y una responsabilidad internacional a la que la provincia después va a tener que responder".

La defensa, en tanto, habló de una "investigación irregular y una intervención del equipo local de niñez por fuera de su incumbencia". El fallo indica además "la extracción de copias de las actuaciones y remitirlas al Ministerio de Justicia y Seguridad, a fin de que se evalúe y deslinde la responsabilidad administrativa que eventualmente corresponda, respecto del personal que prestara funciones en relación a hechos vandálicos ocurridos en el jardín y el domicilio del imputado", en 2021, tras las denuncias. Además, remitir las acusaciones al MPA a fin de profundizar ese punto, "como así también -si corresponde- proceder a la evaluación de cuestiones relativas al desempeño funcional de sus órganos y la eventual responsabilidad que de su actuación se desprenda, respecto de la investigación penal preparatoria de los hechos sometidos a juicio".