El juez Eduardo Raúl Sángari, vocal de la Sala II del Tribunal de Juicio de la ciudad de Salta, condenó ayer a diez años de prisión al exjefe de tráfico de la empresa El Cóndor, Félix Hugo Thames (66), por haber ejercido violencia sexual contra tres colectiveras.
Thames fue hallado "autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal (dos hechos) y abuso sexual gravemente ultrajante en perjuicio de S. A.; abuso sexual gravemente ultrajante en perjuicio de M. A., y abuso sexual simple en perjuicio de S. C.".
El juez revocó la modalidad de prisión domiciliaria que venía cumpliendo el ahora condenado y ordenó su inmediata detención y el traslado a la Unidad Carcelaria 1, ubicada en Villa Las Rosas en la misma ciudad capital.
Dos denunciantes fueron representadas de forma gratuita por la abogada Sofía Isasmendi y el abogado Álvaro Arias, del Centro Comunitario de Asistencia Legal, Formación y Alfabetización Jurídica (ALFA).
"Estamos muy agradecidas las tres por el impresionante trabajo de nuestros abogados, de la fiscal y la condena que dictó el juez", dijo S. C. a Salta/12. En su caso hoy sigue trabajando como colectivera, pero las otras denunciantes que sufrieron los abusos de Thames no volvieron a conseguir empleo después de que lo denunciaran.
"Estoy conforme porque se hizo justicia". "No hay nada que vaya a reparar todo el daño que nos hizo pero es como para poder empezar a sanar y dar una vuelta de página", dijo M. a este diario, y también agradeció a sus representantes legales, a la fiscala de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual N° 3, Luján Sodero Calvet, y al juez.
La querella había pedido 10 años de prisión pero teniendo en cuenta los hechos que involucraban sólo a sus dos representadas. Consideraban que correspondía una pena más dura por las tres mujeres.
La fiscala había requerido una condena de 13 años por las tres víctimas. Alegó que este caso involucra a tres mujeres que trabajaron en un ámbito históricamente dominado por hombres, como lo es una empresa de transporte de colectivos.
Sodero Calvet consideró que el contexto en el que se produjeron los hechos reviste particular relevancia y que debía merituarse a la hora de la pena, ya que revela la existencia de un patrón abusivo en el acusado y una situación de asimetría, dada la posición de poder que ocupaba.
"Cada uno de los hechos fue probado"
El abogado Alvaro Arias mostró satisfacción por la condena, "sobre todo por lo que significó para ellas, para estas tres mujeres, el fallo condenatorio, porque estuvieron solas durante muchísimo tiempo sin tener apoyo de nadie, muchas veces sujetas a críticas, a incredulidad en sus dichos, y hoy en la sentencia pudieron ser validadas todas las cosas que ellas pasaron. Se probó ampliamente la versión de ellas, cada uno de los hechos fue probado, por lo cual la condena tiene mucho sustento", manifestó a Salta/12.
"Logramos con la lucha de estas mujeres y un trabajo duro, hacer una diferencia en un ambiente masculinizado", añadió la abogada Isasmendi. "Si bien a partir del fallo Sisnero (de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en 2014), se incorporaron mujeres choferes en este ámbito laboral, sus derechos seguían siendo vulnerados y restringidos, no teníamos una inclusión real. Dentro de ese ámbito no sólo fueron vulnerados sus derechos laborales, sino su integridad sexual y con ello sus vidas", recalcó.
La revictimización laboral
M. estaba contratada por 6 meses cuando fue abusada por Thames, luego de que lo denunciara no le renovaron el contrato y tampoco volvió a conseguir empleo en otra empresa. "Yo hoy no puedo trabajar otra vez en el transporte pero a mí sí me encantaría volver para poder darle un mejor futuro a mis hijos", dijo a este diario.
Isasmendi también mencionó la revictimización y persecución que sufrieron las víctimas en las empresas de transporte público desde el momento de la denuncia, "dos de ellas no pudieron volver a trabajar en este ámbito siendo rechazadas expresamente por esta causa".
La abogada señaló que "a partir de estos hechos se implementaron serias modificaciones en el sector de transporte, incluso, la creación de un protocolo para abordar situaciones de violencia de género". "Es una lástima que haya tenido que pasar esto para que recién ahora se implementen estas medidas pero que sirvan de respaldo y protección para todas las mujeres", deseó.
Sin embargo, en base a lo que contó M., en el ámbito del transporte urbano de pasajeros hasta la fecha las excluyeron laboralmente en vez de brindarles acompañamiento y contención.
Un precedente
La sentencia del juez Sángari "es importante para nosotros porque implica un antecedente de un fallo contra la violencia de género en sectores jerárquicos, pero además, en sectores que han estado tradicionalmente ocupados por varones y que se han regido por una lógica androcéntrica", enfatizó Arias.
Por otro lado, Isasmendi resaltó la importancia del mensaje que se está dando no sólo a las víctimas de este caso, sino también a otras mujeres. "Sin dudas, este fallo significa un antes y un después para ellas y para otras tantas mujeres que no van a tolerar sufrir situaciones vejatorias como estas, que se van a sentir acompañadas y que van a pelear por sus derechos".
M. contó en otra nota que habría más víctimas que no se atrevieron a realizar la denuncia por las amenazas que les hacía Thames de que no podrían volver a encontrar trabajo.