El Tribunal Oral Federal N°1 de Rosario revocó ayer la prisión domiciliaria y ordenó el traslado inmediato a una cárcel federal de Walter Salvador Dionisio Pagano, condenado a prisión perpetua por crímenes de lesa humanidad en diferentes causas por su actuación como personal civil de inteligencia del Ejército en centros clandestinos de detención que funcionaron en las ciudades santafesinas de Rosario, Funes y Granadero Baigorria durante la época del terrorismo de Estado. La decisión fue dictada en línea con lo peticionado por el el fiscal general Adolfo Villatte, titular de la Unidad Fiscal de Derechos Humanos de Rosario y la abogada querellante de la APDH Gabriela Durruty.

En la resolución, el juez Otmar Paulucci sostuvo que corresponde realizar “una ponderación de los valores en pugna, ya que, en causas como la que nos ocupa, resulta menester conjugar prudentemente el respeto a los derechos humanos de las personas adultas mayores con la obligación internacional de juzgamiento y castigo de los delitos de lesa humanidad”. “En este sentido -argumentó el magistrado-, entiendo que corresponde revocar la prisión domiciliaria oportunamente concedida, ya que uno de los centros de detención (la Unidad 34) [que funciona dentro de la guarnición militar de Campo de Mayo] ha afirmado que se encuentra en condiciones de realizar el control y seguimiento de las patologías crónicas informadas”.

El juez recordó que "durante el tiempo que Pagano permaneció en detención en un instituto carcelario, antes de acceder a la modalidad domiciliaria, respecto a los controles médicos, esta Magistratura siempre resolvió de manera favorable las numerosas peticiones de traslado para atención médica”. Y agregó que "Pagano de ninguna manera es una persona que no puede valerse por si mismo para las actividades cotidianas". "Ello es así, atento los innumerables pedidos de autorización para concurrir a turnos médicos y realizar diversos trámites administrativos y bancarios. En todas esas ocasiones concurrió por sus propios medios y pudo desenvolverse normalmente circulando por las calles y avenidas de esta ciudad", señaló Paulucci.

Por ello, en la parte dispositiva, el juez resolvió “revocar la prisión domiciliaria concedida oportunamente a Walter Salvador Dionisio Pagano” y “ordenar el inmediato traslado, por intermedio de la GNA [Gendarmería Nacional], de Pagano a una dependencia del SPF” (Servicio Penitenciario Federal).