El avance del proceso regulatorio del cannabis en Argentina ha sido complejo desde la sanción de la Ley 27.669 y la posterior salida de Matías Kulfas del ex Ministerio de Desarrollo Productivo, en medio de las disputas palaciegas del entonces oficialismo.

La primera fase de la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (ARICCAME), encargada de coordinar y supervisar las actividades productivas y comerciales del sector, estuvo plagada de conflictos internos y decisiones administrativas que despertaron críticas. El otorgamiento de permisos provisorios a un grupo limitado de empresas, destinado a evitar la inoperancia de la ley frente a un panorama que lucía adverso, fue un paliativo temporal que, si bien evitó la abstracción normativa, se llevó adelante días antes del cambio de gobierno, y desde un ambiente institucional con conducciones quebradas, sin estructura, personal ni presupuesto para su adecuado funcionamiento.

Con el cambio de administración y bajo el gobierno de Javier Milei, la ARICCAME permaneció acéfala durante diez meses, hasta su reciente intervención. Impulsó dicha decisión el objetivo de reordenar su gestión, garantizar el cumplimiento efectivo de la ley, realizar un saneamiento normativo, diseñar procedimientos administrativos sólidos, mejorar el acceso a la información y fortalecer la interlocución con un sector.

Las nuevas autoridades asumen en un contexto de fuertes reclamos de señales claras en medio de una enorme incertidumbre, con muchas empresas y ONGs enfrentando grandes dificultades para sostener sus actividades, lo cual impacta también en pacientes y usuarios, muchos de los cuales deben sortear obstáculos para acceder legalmente a productos medicinales y terapéuticos a base de cannabis.

Paralelamente, la implementación de la Ley 27.350, que regula el acceso al cannabis medicinal a través del Registro de Programa Nacional de Cannabis (REPROCANN), atraviesa un proceso de reordenamiento debido a una serie de irregularidades que las autoridades del Ministerio de Salud han denunciado e intentan corregir, lo que ha provocado demoras en el procesamiento de solicitudes de inscripción, muchas de las cuales llevan meses esperando resolución, generando un creciente clima de inquietud y malestar.

Regulación por mano propia

Ante esta parálisis regulatoria a nivel nacional, distintos actores han decidido tomar la iniciativa en sus propias manos buscando respuesta a través de normativas provinciales y municipales, iniciando un fenómeno de “balcanización normativa”. La reciente sanción unánime de la Ley Salomé (Ley N.º 198/24) por la Legislatura de la Provincia del Chubut, que crea su propia agencia regulatoria (ACCICANN), es un ejemplo paradigmático de esta tendencia.

La ley provincial, que incluye disposiciones como la incorporación de inflorescencias a la farmacopea para su dispensación en farmacias, la posibilidad de gestionar licencias de producción y comercialización, así como la creación del Registro de Usuarios del Cannabis del Chubut (REUSCCH), nace buscando cubrir la legítima demanda de pacientes, organizaciones, emprendedores y empresas que esperaban medidas similares en acuerdo a lo normado por la ley 27.669.

En la misma sintonía, el Municipio de Castelli avanza con su propia ordenanza, y es esperable que diversas jurisdicciones —incluida la Ciudad Autónoma de Buenos Aires— adopten criterios similares, ya que existen varias iniciativas en curso en este sentido.

Comienza así a prefigurarse, un escenario de "balcanización normativa" y de fragmentación regulatoria que abre un contexto de dispersión de normas, que puede suponer desafíos administrativos, legales, de fiscalización y de acceso, pues necesariamente se provocarán inconsistencias y barreras que dificultarán en adelante un desarrollo eficiente y equitativo del mercado.

Para entender mejor su alcance, es oportuno analizar el caso de Estados Unidos, donde la ausencia de una ley federal sobre el cannabis ha generado un mosaico de regulaciones estatales con efectos adversos para el desarrollo de la industria. A pesar de que más de la mitad de los estados han legalizado el uso medicinal y recreativo del cannabis en diversas modalidades, la planta sigue siendo ilegal a nivel federal bajo la Controlled Substances Act de 1970, que la clasifica como droga de Clase I —junto a sustancias como la heroína—, lo que ha creado un entorno de inseguridad jurídica y desincentivos para la inversión.

Juristas como Robert A. Mikos y Erwin Chemerinsky han advertido sobre las “externalidades negativas” de este federalismo disfuncional, que entre otra cosas ha producido barreras sanitarias, de transporte y comercio interestatal, complicando la creación de economías de escala y la estandarización de calidad. El resultado es un mercado fragmentado y altamente ineficiente, con costos de compliance elevados y una dificultad estructural para generar estándares de producción, seguridad y distribución que garanticen la accesibilidad y calidad del producto en todo el territorio.

Como señalan estos autores, la fragmentación y descentralización en la regulación de sustancias controladas provoca una 'confusión regulatoria' que socava la efectividad de las políticas públicas, exacerba las desigualdades entre jurisdicciones y pone en riesgo la creación de un mercado competitivo y seguro para todos los involucrados.

En Argentina, un país federal, la regulación del cannabis se encuentra inmersa en un complejo entramado normativo debido a la distribución de competencias entre la Nación y las provincias. A diferencia de otros sistemas federales, en nuestro país, las competencias en materia sanitaria no han sido delegadas al Poder Ejecutivo Nacional.

Sin embargo, la fiscalización de estupefacientes es una competencia delegada por las provincias al Estado nacional, según lo dispuesto en el artículo 77 del Código Penal. Esto otorga al Poder Ejecutivo Nacional la facultad de determinar qué sustancias se consideran estupefacientes e implementar sus sistemas de control.

Es fundamental destacar que los tratados internacionales, como la Convención Única sobre Estupefacientes de 1961 y la Convención sobre Sustancias Psicotrópicas de 1971, tienen jerarquía constitucional en Argentina, por encima de las leyes nacionales y provinciales. Este principio, consagrado en el artículo 75, inciso 22 de la Constitución Nacional, implica que los compromisos internacionales adquiridos por nuestro país son de cumplimiento obligatorio y deben ser considerados en la regulación del cannabis.

Esta paradoja del federalismo, plantea desafíos significativos para la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) y para el control de sustancias controladas a nivel federal. La necesidad de cumplir con los compromisos internacionales asumidos ante la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes (JIFE) exige una coordinación efectiva entre los distintos niveles de gobierno.

Para evitar que este fenómeno se espiralice, es crucial que la ARICCAME muestre reflejos, actúe con rapidez y asuma plenamente su rol, unificando criterios y trabajando proactivamente para prevenir inconsistencias regulatorias.

Al mismo tiempo, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) debería considerar la reclasificación del cannabis en su uso medicinal, alineándose con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre su potencial terapéutico.

En este sentido, es crucial que se promueva activamente el registro de “Productos vegetales a base de cannabis y sus derivados destinados al uso y aplicación en la medicina humana”, regulados por la resolución 781/22 del Ministerio de Salud. Esto permitiría redirigir progresivamente la demanda actualmente dispersa en mercados informales hacia un sistema formal, como farmacias y centros de salud, asegurando el abastecimiento adecuado para los pacientes y garantizando la intervención de autoridades sanitarias y profesionales médicos en su prescripción y uso.

La coordinación efectiva entre la ARICCAME y la ANMAT es importante para lograr una mayor coherencia regulatoria en el sector del cannabis. Un sistema de trazabilidad, fiscalización y control homogéneo y eficiente no solo garantizará la seguridad de los productos, sino que también facilitará el desarrollo de una industria sólida y sostenible. La armonización normativa es indispensable para evitar una fragmentación regulatoria que obstaculice el crecimiento del sector y genere incertidumbre jurídica.

En última instancia, la dispersión normativa no solo genera ineficiencias administrativas y barreras legales, sino que también desatiende las demandas legítimas de la sociedad civil y obstaculiza el desarrollo económico. Pacientes, usuarios, organizaciones y emprendedores llevan años reclamando el reconocimiento de sus derechos. Las demoras en la implementación de la Ley 27.669 los han dejado en una situación de vulnerabilidad e incertidumbre. 

Un marco regulatorio claro y coherente es esencial para fomentar la inversión privada y promover la libre competencia, lo que a su vez generará mayores beneficios para la sociedad. Es imperativo que el Estado asuma un liderazgo decidido y promueva políticas públicas basadas en evidencia científica, que sean participativas y flexibles, colocando a la sociedad civil en el centro del debate y respondiendo con celeridad a sus necesidades y expectativas. Solo así se podrá construir un marco regulatorio legítimo, eficaz y sostenible a largo plazo.

*Director de Planificación Estratégica de Pampa Hemp y Presidente de la Cámara Argentina de Cannabis.