Con una sentencia a 5 años de prisión, Esteban Lindor Alvarado -detenido en el penal de Ezeiza- recibió una nueva condena, esta vez por del delito de lavado de activos de origen ilícito, que resolvió el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de Rosario. Además, le impusieron una multa de 62 millones de pesos, seis veces el monto del lavado. La acusación apuntó a que cometió los hechos a través de un “holding de empresas para el delito” que tenía como fin "darles apariencia legal a fondos obtenidos de actos ilícitos, principalmente del narcotráfico". El veredicto del tribunal oral ordena además el decomiso de ocho vehículos y de acciones de las empresas que utilizó para concretar las maniobras.
El fallo dictado por el tribunal que integraron Elena Beatriz Dilario, Eduardo Rodrigues da Cruz y Román Lanzón fue en el marco de la acusación del fiscal Federico Reynares Solari al sindicado líder de una organización dedicada al narcotráfico. En tanto, se indicó que los fundamentos de la sentencia se darán a conocer el 7 de noviembre.
La causa surgió como desprendimiento de otros procesos donde Alvarado, de 45 años y detenido en el Complejo Penitenciario Federal de Ezeiza, acumula condenas a 15 años de prisión por ordenar el transporte de casi 500 kilos de marihuana, en la Justicia Federal; y a prisión perpetua, en la provincial, por instigar un homicidio y liderar una asociación ilícita (ya tenía dos, en la justicia bonaerense, por robo de autos).
El proceso inició tras una denuncia de la Procelac y de la Unidad de Información Financiera (UIF), del 11 de mayo de 2015, donde se advertía sobre la posible comisión de delitos económicos por parte de Luis Medina (quien había sido asesinado el 29 de diciembre de 2013), Alvarado y personas de su entorno, entre ellas, Rosa Capuano, expareja de Alvarado, quien acordó en juicio abreviado una condena a 3 años de prisión efectiva y el pago del mismo monto que éste, en concepto de multa, como partícipe secundaria de los mismos delitos.
Ante ese requerimiento, la Procunar solicitó informes a todas las dependencias oficiales sobre los bienes registrables de los imputados; y se detectaron maniobras que, en principio, resultaban coincidentes con el delito de lavado de activos.
Cuando hizo el pedido de pena que terminó con esta quinta condena para el acusado, el fiscal Reynares Solari recordó que en la causa seguida en la justicia provincial por asociación ilícita y lavado de activos, y la condena por organizar el tráfico de los casi 500 kilogramos de marihuana secuestrados en General Roca “se develó una estructura económica y financiera formada por diversas empresas que, si bien no figuraban a su nombre, no quedan dudas de que el manejo de las mismas sí estaba a su exclusivo cargo”.
Además, puso en evidencia “las inconsistencias” en el patrimonio de Alvarado respecto al flujo de dinero que manejaban las empresas. E insistió sobre la figura de “un gran holding vaso-comunicado a través de cuantiosa interrelación personal y recirculación de diversos activos y personas, que inyectaban oxigenación vital, alejando cualquier posible control estatal de origen de activos para la supervivencia de la asociación ilícita”.
En tanto, a requerimiento del Ministerio Público Fiscal y de la Unidad de Información Financiera (UIF), el tribunal ordenó además el decomiso de dos camionetas Toyota Hilux 4x4, Cabina doble, DX 2.5. TD; un camión Sevel 150N; un camión Scania R360 A4x2; una camioneta Volkswagen Saveiro 1.6 GP; una camioneta Ford Ecosport Titanium 2.0L MTN; un utilitario Ford Cargo 1517; y un tractor de semirremolque. También, de las acciones de las empresas Logística Santino SRL, TOIA SRL, EDRA SRL, Sagrado Corazón de María SRL, Transporte Benegas y San Ignacio Automotores. En tal sentido, el tribunal dispuso que los bienes decomisados sean registrados a favor del Estado Nacional a través del Ministerio Público Fiscal.