Las querellas pidieron que el Clan Ale reciba penas de entre 6 y 20 años de prisión, lo suficientemente elevadas como para que en ningún caso resulte excarcelable, y deba pagar multas que, sumadas, superarían los 300 millones de pesos. Durante la segunda jornada de alegatos alegatos en el juicio que se sigue a los hermanos Rubén “la Chancha” y Ángel “el Mono” Ale y otras catorce personas por asociación ilícita y lavado de activos, la Unidad de información Financiera (UIF) y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), querellantes en la causa, realizaron pedidos muy similares al Tribunal Oral Federal tucumano a la hora de sustentar los cargos que pesan contra los imputados. Ambas querellas consideraron acreditado que “la Chancha” y “el Mono” son jefes de la banda y que la asociación ilícita ingresó al sistema legal activos por un monto superior a los 40 millones de pesos.
La audiencia comenzó por la mañana, cuando la UIF retomó el alegato que, tras casi diez horas de exposición, había comenzado el miércoles, y terminó alrededor de las cinco de la tarde, luego de que finalizara el alegato de la AFIP. El juicio continuará el miércoles próximo por la mañana, cuando el fiscal Pablo Camuña alegue ante los jueces Alicia Noli, Gabriel Eduardo Casas y Domingo José Batule. Recién una vez que termine ese alegato comenzarán las presentaciones de los defensores de los 16 imputados.
Para la UIF, el expediente dejó acreditado que el Clan Ale administró fondos generados en el circuito clandestino y que diez de sus integrantes, cada uno de ellos con distintos roles en la organización, ingresaron ese dinero al circuito legal, en distintas operaciones de lavado que superaron los 40 millones de pesos. Por eso, los pedidos de condena consideran, además de la responsabilidad atribuida en la banda, una atribución de responsabilidad proporcional a la cantidad de dinero lavado, en función de lo cual el organismo resolvió el monto de multa a pedir. A su turno, la AFIP sostuvo el mismo criterio, aunque en la evaluación de responsabilidades realizó, en algunos casos, consideraciones que variaron en algunos detalles el pedido de condenas.
Las querellas señalaron a los hermanos Ale como jefes de la asociación ilícita y responsables del delito de lavado agravado (por haber sido cometido en banda). Tanto para “la Chancha” como para “el Mono”, la UIF solicitó 20 años de prisión y multas por diez veces el monto de la operación de lavado que se le imputa a cada uno de ellos (para el primero, a quien se considera responsable de haber ingresado más de 10 millones de pesos al circuito legal, el organismo solicitó una multa de 106.644.810 pesos; para el segundo, en función de un monto calculado en más de 12 millones de pesos, pidió multa de 124.830.372). La AFIP, a su turno, solicitó prisión de 18 años para cada uno de ellos e idéntica multa económica.
En los alegatos, las querellas consideraron como agravantes el tiempo durante el cual operó el Clan (cuyo funcionamiento, al menos por lo que señalaron algunos testimonios durante los meses de debate oral, podría no haber cesado) y la variedad de delitos a los que se dedicaba. Advirtieron, además, la importancia que tenía por la cantidad de integrantes y el grado de organización, que según documentos secuestrados en allanamientos y diversos testimonios era sofisticado y fuertemente codificado. Consideraron, también, el uso de violencia, la constitución de sociedades para llevar adelante los delitos.
Por su parte, la UIF solicitó, además, que se suspendan los permisos de dos empresas clave constituidas por el Clan y que, de acuerdo con las pruebas, fueron usadas para lavar activos. La primera de ellas es la remisería Cinco Estrellas –propiedad de “la Chancha y célebre por el caso Marita Verón–; la segunda es Point Limits, propiedad de “el Mono” y dedicada a los juegos de azar. Para ambas firmas, el organismo solicitó la suspensión de sus actividades por ocho años. Además, pidió que a la firma Transportadora Leonel le sea cancelada la personería.