La Corte Suprema desestimó el último recurso presentado por la defensa de Nahir Galarza y la joven deberá cumplir la condena a prisión por el crimen de su novio Fernando Pastorizzo, a quien mató de dos disparos. Si bien se denomina reclusión perpetua, el propio Tribunal afirmó, hace semanas, que no se puede mantener a los condenados para toda la vida sino que debe exitir un límite de tiempo de la condena, por lo que Nahir seguirá presa hasta 2052.
Según el fallo el máximo Tribunal, con las firmas de los jueces Horacio Rosarti, Carlos Rosenkratz y Juan Carlos Maqueda, desestimó la presentación del recurso de queja de los letrados. En julio de este año, los asesores de Galarza solicitaron la reposición del veredicto de la Corte al sostener que "en esa decisión existieron 'errores esenciales' en la apreciación de los antecedentes del caso y que, de no ser subsanados, se violentarían derechos constitucionales y convencionales".
Además, pidieron la declaración de inconstitucionalidad del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, sobre el que los magistrados explicaron que aquellas objeciones son extemporáneas "toda vez que la parte recurrente no pudo desconocer que el citado artículo faculta a la Corte a resolver de ese modo (...), de modo que debió plantear tales cuestiones al tiempo de interponer el recurso extraordinario".
Durante la investigación se constató que Galarza y Pastorizzo circulaban en una moto conducido por la víctima, cuando la condenada extrajo de entre sus prendas un arma de fuego tipo pistola calibre 9mm y disparó contra su pareja por la espalda, que cayó al piso.
En esa posición, y ya de frente, efectuó un segundo disparo "con claras intenciones de menoscabar la vida de Pastorizzo porque dichas balas tuvieron orificio de entrada y de salida produciendo una lesión bronco-pulmonar derecha, produciéndole el deceso momentos después", agrega la resolución de la Corte.
El 24 de julio de 2018 el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguaychú e Islas de Ibicuy condenó a Galarza como autora del delito de homicidio calificado por ser una persona con la cual mantenía o ha mantenido una relación de pareja. Con esta sentencia, Galarza se convirtió en la mujer más joven en ser condenada a prisión perpetua en la historia penal argentina.
El tribunal descartó la hipótesis de la defensa que proponía un homicidio culposo y la existencia de una situación de violencia de género entre Pastorizzo y Galarza que justificara una culpabilidad disminuida en los términos del artículo 80, último párrafo, del Código Penal. Asimismo, entendió aplicable el agravante de “relación de pareja” y, finalmente, no consideró acreditada la afectación al derecho de defensa en juicio de Galarza que implique un accionar procesal discriminatoria a su posición o una mengua a sus derechos.
El 3 de julio de 2019, la Cámara de Casación de Concordia, provincia de Entre Ríos, confirmó la condena. La defensa apeló esa decisión y el 4 de marzo de 2020 la Sala 1° en lo Penal del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríos no hizo lugar al planteo.
Galarza tenía 19 años cuando fue detenida en 2017. Esto significa que deberá cumplir los 35 años de cárcel, el máximo de la pena a prisión perpetua. Por lo que estará en condiciones de salir en libertad cuando cumpla 54 años.