Sofía Castro Riglos, la única sobreviviente del ataque con una bomba en el que murieron su pareja y otras dos mujeres lesbianas, el 5 de mayo pasado, en un hostel del barrio porteño de Barracas, pidió esta semana recusar al juez de la causa, Edmundo Rabbione, del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 14. La petición fue porque, en estos seis meses, el juzgador mostró poca imparcialidad en la investigación: desde levantar la custodia de la pieza en la que ocurrió el crimen, en la cual estaban las pertenencias de las víctimas, hasta no reconocer que las víctimas eran dos parejas de lesbianas que convivían bajo un mismo techo, de acuerdo con la abogada Luli Sánchez, acompañante legal de Castro Riglos en conjunto con el colectivo YoNoFui.

Sánchez agregó que Rabbione tampoco ordenó el secuestro de la ropa del imputado, Justo Fernando Barrientos, el allanamiento de su pieza, ni solicitó pruebas de ADN de la sangre que había en la escena del crimen. Para el equipo legal, estas irregularidades se tratan de una revictimización de Castro Riglos.

“Sofía tiene miedo por su orientación sexual y porque está siendo discriminada en la investigación. El juez tiene prejuicios y como tiene esos prejuicios, nunca va a producir la prueba que demuestre que justamente acá había violencia hacia ellas por ser lesbianas”, sostuvo Sánchez.

El juez investiga la causa como homicidio doblemente agravado por alevosía y peligro común. La petición del equipo querellante es que estos crímenes se juzguen bajo el agravante de odio a la orientación sexual y la identidad de género de las víctimas. En junio, la Federación Argentina LGBT+ (FALGBT+), que aglomera a cientos de organizaciones sociales a nivel nacional, solicitó al juzgado unirse al proceso como querellante, con la finalidad de mostrar el modus operandi de estos crímenes y recabar las pruebas que acrediten que lo ocurrido en Barracas se trató de un crimen de odio, pero Rabbione no aceptó.

Sin custodiar la escena del crimen

De acuerdo la investigación, entre la medianoche del 5 y la madrugada del 6 de mayo de este año, Barrientos, un hombre de 67 años, quien era vecino de las víctimas, entró a la habitación 14, en el primer piso del hostel ubicado en la calle Olavarría al 1621, y lanzó una bomba que prendió fuego a la pieza. Pamela Fabiana Cobbas, Mercedes Roxana Figueroa, Andrea Amarante y Castro Riglos fueron trasladas al hospital con graves quemaduras. De ellas, solo Casto Riglos sobrevivió tras haber estado internada por un mes en el Instituto del Quemado.

Investigaciones periodísticas y la querella del caso han documentado que antes de este ataque, Barrientos había agredido verbalmente a las víctimas por su orientación sexual, e incluso, había amenazado de muerte a Cobbas y Figueroa. Una vez detenido, la defensa del acusado alegó su imputabilidad, es decir, que no le procesaran por padecer alguna discapacidad psicosocial, pero no dieron lugar a su petición.

Según Sánchez, desde que ocurrieron los asesinatos, muchas personas tuvieron acceso a la escena del crimen y fue contaminada, pero además, el juez Rabbione no custodió debidamente las pertenencias, entre ellas los celulares de Castro Riglos y Amarante. Hasta el momento, Rabbione, de acuerdo con la abogada, no explica el paradero de estas pertenencias, las cuales eran fundamentales en la investigación.

A esta irregularidad, Sánchez sumó que Rabbione no quiso aceptar como querella a Castro Riglos por el asesinato de Amarante, después de que el equipo legal le expusiera la relación de pareja que ellas tenían. De esta forma, aunque Castro Riglos figura como víctima en la causa, el juez la ha deja fuera de participar en el proceso legal como querella de su pareja, pese a que el artículo 82 del Código Procesal Penal establece que puede ser querellante la persona cónyuge o conviviente de víctimas de muertes o desapariciones.

Los crímenes de odio

A partir de 2012, con una reforma al Código Penal, la legislación argentina contempla como agravantes los crímenes motivados por el odio de género, la identidad y expresión de género, y la orientación sexual de las víctimas.

“Nos parece importante señalar que los agravantes que a nuestro entender no se han considerado, no requieren que el odio a la orientación sexual o la violencia de género -que configuraría lo que llamamos un ‘lesbicidio’- sean el único motivo de la conducta, sino que sería suficiente que este sea uno de sus elementos determinantes. Cabe acá preguntarnos entonces: ¿habría desarrollado el imputado algún conflicto con las víctimas si ellas hubieran sido cuatro hombres heterosexuales? ¿Habría ese conflicto escalado en esta magnitud si así fuera? ¿Las hubiera matado si fueran cuatro hombres heterosexuales?”, cuestionó la FALGBTI+ en el escrito que presentó ante Rabbione para ser parte de la querella.

Por lo tanto, la negativa de procesar el crimen desde el agravante del odio, fue otro de los motivos por los que Castro Riglos recusó a Rabbione. Ahora la petición deberá elevarse a una cámara de apelaciones y, si esta instancia la acepta, debe designar a otro juez para que continúe la investigación del caso.

Soy intentó conocer la postura del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 14 sobre esta recusación, pero al cierre de esta nota no hubo respuesta.

Crímenes adoctrinantes

“Los crímenes de odio son como 'adoctrinantes' para las personas que murieron, claramente, pero también para el resto", reflexiona Eugenia Ghiotto, psicóloga forense especializada en criminología.

Ghiotto tiene experiencia en capacitar al sector justicia con la Ley Micaela, la ley que obliga al personal estatal a capacitarse en género y violencia de género. Para ella, aunque Argentina tiene una amplia legislación, las instituciones no están a la altura de los marcos normativos, porque además de conocer las leyes, las personas deben estar sensibilizadas con el tema, un proceso que conlleva tiempo si se toma en cuenta que el sistema cultural patriarcal lleva millones de años instalado en la sociedad.

El crimen de Barracas ocurrió en medio de una escalada de discurso de odio contra la población LGBTIQ +, que ha sido registrada por las organizaciones sociales desde la campaña presidencial del año pasado. Nada menos, un día antes de los asesinatos en Barracas, el biógrafo y amigo del presidente Javier Milei, Nicolás Márquez, se refirió en una entrevista radial a la homosexualidad como una conducta “insana y autodestructiva”.

Siguiente esta misma narrativa y una agenda conservadora, a inicios de su gestión, el gobierno de La Libertad Avanza eliminó el Ministerio de la Mujer, Géneros y Diversidad, y también despidió a las personas trans contratadas bajo el cupo de la Ley Laboral Travesti Trans, una ley aprobada en 2021 y que fue pionera en el mundo. Ahora también buscaría derogar el DNU que habilita la entrega de los DNI en los que figuran las identidades no binarias.