Al mismo tiempo que el colectivo Nunca Más Inundaciones (Numain), del barrio Empalme Graneros, advertía ayer sobre lo polémico de una resolución de la Justicia Federal rosarina que permitía a la empresa Estancia Damfield continuar con los trabajos de un desarrollo urbanístico en Funes sobre la presa retardadora del arroyo Ludueña, la sala III de la Cámara de Apelaciones en los Civil anuló el rechazo de una medida cautelar resuelta en primera instancia que paralizaba las obras, por cuestiones meramente formales: el juez de grado tenía dos días para resolver y se tomó poco menos de un mes, por lo cual su decisión fue declarada “nula” por el tribunal de alzada. Así, la libertad de empresa avanza, a cualquier costo social.
El conflicto lleva varios meses y creció a fines de junio cuando el gobierno provincial dispuso por decreto la paralización de dos obras de loteos en Funes, en un sector inundable que representa un riesgo medioambiental y para quienes construyen sus viviendas. También inició una investigación acerca de cómo se comercializaban estos terrenos ubicados en una zona no apta para la construcción.
Se trata de los emprendimientos Damfield (ubicado en el sector sur de Funes, lindero al norte con la ruta provincial N° 34-S y la Autopista Rosario-Córdoba y al este del Barrio Kentucky); y La Reserva (se encuentra sobre un camino rural, continuación de calle Galindo, lindante a dos canales históricos y en proximidades de la reserva San Jorge).
En el caso de estos loteos, una inspección de los ministerios de Ambiente y Cambio Climático y de Obras Públicas constató que se han iniciado obras sin contar con los estudios de impacto ambiental y certificados hídricos correspondientes. Previamente, en dos oportunidades se había intimado a paralizar las obras, pero no dieron cumplimiento, por lo que la Casa Gris decidió paralizarlas por decreto.
La semana pasada, el juez federal N°1 de Rosario, Gastón Salmain, dictó una medida cautelar a favor de una empresa vial radicada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) que solicitó una demanda declarativa de derechos y preventiva de daños, atento a que provee servicios para Estancia Damfield y, de acuerdo al contrato que suscribió, los cobrará con lotes del barrio que se está construyendo sin habilitación y en terrenos inundables.
La resolución del juez suspendió los efectos del decreto provincial que paralizaba las obras. Ante ese fallo, el Gobierno provincial había adelantado que objetaría la intromisión de la Justicia Federal en un tema que claramente no es de su competencia.
Eso mismo opinó en su dictamen el fiscal general, Fernando Arrigo, para quien “no está en juego un interés nacional, una política federal, el patrimonio o la responsabilidad del Estado” como para que intervenga ese fuero.
Arrigo sostuvo que “una resolución sobre normas y actos locales, violaría la preeminencia de las autonomías provinciales”.
Salmain, de todos modos, le otorgó la cautelar a la firma Vial Norcar SRL, cuyo titular Claudio Ariel Carril solicitó la suspensión de los efectos del decreto del Ejecutivo provincial, por considerar que lo perjudicaban al no poder cobrar los servicios de su empresa con lotes de la urbanización.
En el expediente constan acuerdos por 254, 304 y 231 millones de pesos en distintas etapas pagaderos por medio en m2 al final de la obra, según Numain.
“Los muchachos encontraron el camino fuera de nuestra provincia, en CABA”, señaló Numain en un comunicado difundido ayer, antes de que se conociera la resolución de la Justicia provincial. En tono irónico, agregó: “Pero algo hay que reconocerle al señor Juez, después de todas las aberraciones cometidas en favor de la empresa, en un punto se puso muy firme, los obliga a tener un seguro de caución de algo menos de U$ 100.000 (menos de un terreno de los que vendieron) por si se inunda Rosario”.
El presidente de la vecinal de Empalme Graneros Osvaldo "Lalín" Ortolani, histórico integrante de Numain, se indignó ante las novedades: "Los pobres que se inundan no le importan a nadie", afirmó sobre las consecuencias que puede tener una urbanización en el valle de inundación de la presa.
Un informe técnico del Departamento de Hidráulica de la Escuela de Ingeniería Civil y Centro Universitario Rosario de Investigaciones Hidroambientales, dependiente de la Facultad de Ciencias Exactas, advierte justamente sobre lo que ahora está ocurriendo.
En el apartado titulado “acerca de la inadmisibilidad de generar jurisprudencia con ocupaciones del mapa de R=100” (R significa recurrencia de inundaciones y 100 refiere al plazo en años), afirma que “sin lugar a dudas autorizar este caso particular de ocupación del territorio con asentamientos humanos permanentes dentro de la mancha de inundación de R= 100 años puede llegar a constituir un antecedente que pueda ser tomado como argumento para cualquier otro desarrollador urbanístico”.
En ese sentido, el informe técnico de los profesionales advierte que “si el antecedente de ocupación del territorio se admite con validez para cualquier otro emprendimiento, generalizándose el mismo criterio de ocupación del reservorio, la zona libre de asentamientos humanos permanentes, en términos de extensión superficial puede llegar a reducirse muy por debajo de las 2334 hectáreas previstas originalmente para R= 100 años”.
Por eso, dictamina, “en nuestro criterio creemos esto es totalmente inadmisible”. Además, agrega que “el territorio con afectación del embalse no debe ser ocupado por asentamientos humanos permanentes en zonas donde las cotas originales de terreno natural resulten menores al mapa de inundación correspondiente a recurrencia R= 100 años”.
Un juez federal, en cambio, privilegió el presunto daño económico que podía sufrir una empresa de CABA y suspendió los efectos del decreto que paraliza las obras de los loteos irregulares.
Mientras que la Justicia provincial, que es la que tiene jurisdicción sobre el asunto, falló en el mismo sentido, pero en su caso por un argumento formal. La sala III de la Cámara de Apelaciones en los Civil de Rosario anuló el rechazo de primera instancia a un amparo que había tramitado Damfield, porque el juzgado no respetó los plazos procesales para hacerlo.
De todos modos, en este caso el tribunal de alzada no resolvió sobre la cuestión de fondo. Es decir, acerca de si efectivamente se puede realizar un desarrollo urbanístico en terrenos inundables de la presa retardadora del arroyo Ludueña. De esa manera, la cuestión central de la controversia judicial se mantiene.
Fuentes del Ministerio de Ambiente dijeron ayer a Rosario/12 que “se está desarrollando la respuesta técnico-jurídica, el área legal del Gobierno está trabajando en el tema”, y una vez resuelto ese aspecto lo harán público.
En el Ministerio de Obras Públicas se enteraron de la resolución ante una consulta de este diario, y también dijeron que la cuestión debe analizarse, en primera instancia, en Fiscalía de Estado.