El representante de la Comunidad Diaguita Calchaquí Las Pailas y delegado de la Unión de los Pueblos de la Nación Diaguita, Ulises Yanes, aseguró que con el decreto de necesidad y urgencia 1083, por el que el gobierno nacional declaró el fin de la emergencia de la posesión y propiedad de las tierras tradicionalmente ocupadas por comunidades indígenas, dispuesta en la Ley 26.160, se abrieron las puertas a los desalojos y, por ese motivo, los pueblos diaguitas se mantienen alertas desde ayer, ante el inminente avance de privados registrales sobre sus territorios ya relevados.
"El DNU implica un retroceso en materia de aplicación del derecho indígena por parte del Estado argentino", sostuvo Yanes.
"Este gobierno administra para las minorías y les prepara las condiciones necesarias para despojarnos de nuestros espacios ancestrales", añadió. Para Yanes, el decreto recientemente publicado se enmarca en una política que tiene un doble objetivo: entregar los bienes naturales a los privados para su explotación inmediata, y regalar los territorios para pagar la enorme deuda externa que se generó en los últimos años.
El comunero diaguita se refería además a los considerandos del DNU, donde el gobierno argentino fundamentó su decisión de derogar la última prórroga a la Ley 26.160, sancionada en 2006 durante la presidencia de Néstor Kirchner. Para la actual administración libertaria, las cinco prórrogas de la vigencia de esta ley impidieron hasta ayer "el libre ejercicio de las actividades productivas y recreativas sobre las tierras involucradas, así como (...) el derecho a la disposición de dichos bienes".
"Fiel al estilo de este gobierno, se trata de una medida negacionista y anticonstitucional" expresó por su parte la senadora nacional por Salta, Nora Giménez (UxP). "Niega a las comunidades indígenas, el derecho a su existencia como organizaciones comunitarias", ratificó. En un comunicado que publicó ayer en sus redes sociales, la legisladora recordó que la preexistencia de los pueblos originarios ya fue reconocida por el Estado argentino mediante el artículo 75 inciso 1 de la Constitución Nacional de 1994.
Por su parte, el abogado Martín Plaza, director de Tierras y Registro Nacional de Comunidades Indígenas del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) durante la gestión de Alberto Fernández, afirmó que el DNU que entró en vigencia ayer provocará "una serie de pedidos de desalojos por vía judicial y, por lo tanto, un incremento inusitado de hechos de violencia y represión hacia comunidades indígenas de todo el país, pero sobre todo, de provincias como Salta". En ese orden, Plaza recordó que la jurisdicción salteña siempre se caracterizó por ser una de las más conflictivas por su diversidad cultural.
Si bien el DNU 1083 "no debería afectar los relevamientos territoriales realizados desde 2006 porque son derechos adquiridos", el abogado alertó que bajo la nueva gestión libertaria el INAI desconoce sistemáticamente la validez del trabajo cartográfico. Por 18 años, ese organismo catalogó todos los espacios colectivos de las distintas comunidades indígenas del país.
"Cuando finalizamos nuestra gestión el año pasado", contó el ex funcionario del INAI, "presentamos al Congreso información georeferenciada y accesible mediante links sobre todo lo que se había relevado". Sin embargo, "esa información se dió de baja", lamentó. "Son todos elementos que hoy marcan la postura del gobierno nacional y del INAI" que invalidan "lo que se consiguió hasta el momento en materia de relevamiento territorial indígena".
"El decreto es cuestionable, aunque obliga a judicializar", opinó por su lado Verónica Huber, abogada que patrocina comunidades del Pueblo Diaguita en el sur de los Valles Calchaquíes. Para la letrada, el punto a analizar es que el DNU 1083 ralentizará en lo inmediato futuros planteos que se tramiten en tribunales provinciales o federales, ya que al final esas demandas o causas llegarán a un mismo cuello de botella. "Un decreto de necesidad y urgencia tiene un mecanismo específico para ser derogado" por las dos cámaras legislativas del Congreso de la Nación.
Que el Congreso actúe
También la Comisión Episcopal de Pastoral Aborigen y el Equipo Nacional de Pastoral Aboríigen manifestaron públicamente su preocupación. "Esta medida es muy preocupante y amenaza con agravar aún más distintos conflictos que se desarrollan en el país en franca violación a los derechos de estos pueblos", afirmaron.
Expresaron también que "el Congreso argentino nunca cumplió con el mandato constitucional de dictar leyes que instrumenten la propiedad comunitaria indígena". A la crítica anterior sumaron que el Parlamento nacional tampoco reglamentó "la consulta (previa, libre e informada) y la participación indígena" en temas de su interés. Por ese motivo marcaron que el DNU 1083/2024 se transformó en una "pésima señal" de la mirada del actual gobierno de Javier Milei en temas relacionados con comunidades indígenas.
"Exhortamos al Congreso a dictar en forma urgente una ley que proteja la posesión y propiedad comunitaria", reclamaron los espacios de la Iglesia Católica. Afirmaron que esta la posesión y propiedad comunitaria indígena son "imprescindibles para la subsistencia y desarrollo de los pueblos indígenas". También dirigieron su reclamo a la administración de justicia argentina, "porque los jueces y juezas de todo el país deben tener en cuenta el inciso 1 del artículo 75 de la Constitución Nacional" y los tratados internacionales, como el Convenio 169 de la OIT al que Argentina adhirió en 1992.