1. Los argentinos fuimos inundados, estos últimos días, con noticias que ilustraron, con datos muy concretos, sobre la participación de actuales funcionarios públicos en casos de fraude corporativo, esto es, concretados a través de participaciones en sociedades, de significativas proporciones. En primer caso, el escándalo protagonizado por el senador Edgardo Kueider, que al ser detenido en un control de rutina en el puente que lleva a Ciudad del Este, en la República del Paraguay, le incautaron la suma de 211.102 dólares, 646.000 pesos argentinos y 3.900.000 de guaraníes que nunca había declarado, así como su auto de alta gama. No nos detendremos en las especiales características del caso ni en las burdas e infantiles excusas esgrimidas por Kueider y su secretaria para justificar ese dinero, pero sí hay que poner el énfasis en la titularidad del auto incautado, registrado a nombre de la de una persona humana, socio de Kueider en una sociedad denominada “Betail SA” y empleado en comisión en el despacho de dicho senador. Este Sr. Rodolfo Daniel González, cuyo automóvil que manejaba el senador Kueider, aparece en los registros locales como presidente de otras sociedades, “Iceler SA”, “Neopop SA” y “Arrocera los Colonos SA”, lo que, como fue informado, abre fundados interrogantes sobre su capacidad financiera para operar simultáneamente como empleado público del Congreso Nacional y como empresario de destacado nivel.
En simultáneo, se hizo público que la esposa del diputado Cristian Ritondo fue señalada, en una reciente investigación periodística, por su activa participación en una intrincada red de sociedades off shore y fideicomisos que vinculan al matrimonio Ritondo con bienes que suman más de 2,6 millones de dólares, adquiridos mediante operaciones vinculadas a jurisdicciones como las Islas Vírgenes Británicas, Delaware y Florida ( EEUU ), lugares en los cuales, como es sabido, la existencia de sociedades lícitas y genuinas deben contarse con los dedos de una mano ( “Sustar Point Ltd”; “Goformore LLC”; “Fideicomiso Warnicke Trust” ). Un dato curioso es que la abogada Romina Aldana Diago ( cónyuge de Ritondo ) actuando como administradora de la sociedad “Goformore LLC”, adquirió una serie de inmuebles en Miami durante la década pasada, siendo uno de ellos propiedad de una empresa de otro ciudadano argentino, Juan Alberto Pazo, mano derecha del Ministro Luis Caputo y actual titular de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero ( ARCA ), llamando la atención de la prensa el hecho de que las declaraciones juradas de Ritondo no incluyen sociedades ni propiedades inmuebles, cuando la legislación nacional exige a los funcionarios informar sobre los bienes de sus cónyuges. Cabe afirmar, asimismo que el valor de dichas propiedades suman más de U$S 1.500.000. Dicho inmueble nunca había sido declarado por Juan Alberto Pazo y el hecho de dirigir una agencia impositiva, con ese antecedente no constituye un antecedente que justifique, por obviedad, su reciente incorporación al gobierno nacional.
2. Para quienes entienden un poco del negocio corporativo, no solo en la Argentina sino en el mundo, es importante retener que cuando se habla de sociedades vinculadas con lugares como Delaware, Florida o las Islas Vírgenes Británicas, estamos hablando de simulación y fraude. Cuando hablamos de fraude, nos referimos a la posibilidad de planificar sucesiones o “convenientes” divorcios mediante la constitución de sociedades ficticias o creadas para ocultar definitivamente bienes de un patrimonio familiar, tras la estructura de sociedades que jamás tendrá actividad alguna. Pero ello no es todo, pues la referencia a esos lugares del planeta nos trae a la mente las víctimas de esa manera de proceder, esto es, la mujer divorciada de un accionista controlante o los herederos no deseados de un accionista, los acreedores sociales, laborales o comerciales y los acreedores personales de los socios, quienes no podrán ejecutar a su deudor para cobrar sus créditos porque sus bienes están ocultos detrás de la fachada de una sociedad foránea, y si hay mucha plata en el entuerto, de una sociedad constituida en una guarida fiscal de las tantas que hay en el mundo, pero muy alejada de la República Argentina. En pocas palabras, cuando nos referimos a fideicomisos, sociedades off shore, sociedades por acciones simplificadas ( SAS ) o guaridas fiscales, todo se impregna de un olor nauseabundo, pues nadie constituye sociedades en esos países sino es para frustrar, en forma contemporánea o en el futuro, legítimos derechos de terceros. La gente simple, la que confía en su prójimo y el que respeta su palabra, y no le sobra el dinero, no tiene que ir a Delaware, Florida, Luxemburgo o los Países Bajos para actuar en sociedades, ni a ese tipo de parajes, que nada bueno ofrecen o auguran para la gente vulnerable.
3. Para combatir este tipo de fraudes, acepté en dos oportunidades ( 2003/2005 y 2020 a 2023 ) la dirección de la Inspección General de Justicia ( IGJ ), que es el Organismo Oficial encargado de controlar el funcionamiento de las sociedades u otras personas jurídicas en jurisdicción de la CABA y en todo el país en algunos supuestos. En ambos casos, mi designación respondió exclusivamente a la necesidad de implementar mis ideas en torno a la lucha contra el fraude societario, lo cual he predicado y me he dedicado con alma y vida desde la profesión de abogado, de la Cátedra de Derecho Societario en una pluralidad de universidades y en los Organismos de Control. Mis ideas sobre el imprescindible control estatal sobre las personas jurídicas en el país trascendieron mis libros y con ese único arsenal intelectual, me fue encargada una labor en la cual intenté poner orden en el tráfico societario, para separar la paja del trigo, y en tal sentido, durante mi última gestión en la IGJ rechazamos la inscripción en el registro mercantil local de varias decenas de supuestas sociedades simuladas, disfrazadas de extranjeras, siempre creadas por argentinos con fines extrasocietarios o simplemente para violar la ley. Bastaba advertir las características de estas sociedades para quedar totalmente persuadido de su total falsedad: sociedades unipersonales controladas por una sociedad que tenía como accionista único a otra sociedad unipersonal creada en otra guarida fiscal, conformando así eternas cadenas de beneficiarios finales, para imposibilitar el conocimiento de sus verdaderos integrantes.
Lamentablemente, este control externo societario que viene practicándose en la República Argentina desde el año 1893, sin solución de continuidad, fue interrumpido durante todos los gobiernos liberales, cuyo común denominador es la bienvenida al país en forma indiscriminada de sociedades “extranjeras” – verdaderas o falsas – para derramar sus migajas en los sectores populares de nuestro querido país. Esto es lo que sucede actualmente, cuando las actuales autoridades de la Inspección General de Justicia predican su voluntad de inscribir en el registro público local cualquier tipo de sociedades, hasta aquellas conocidas como sociedades off shore, de pésima prensa en el mundo entero, llegando incluso dicho Organismo de Control a presentar una especie de plan de negocios en las Cámaras Británica, Norteamericana ( ANCHAM ) y Española de Comercio, para asegurarle total impunidad respecto de sus chanchullos en la Argentina, que es precisamente lo que está aconteciendo en jurisdicción de la Ciudad de Buenos Aires. Esta muestra de genuflexión intolerable, que ofende a todo principio de soberanía, respondió al hecho de que su titular anunció a los cuatro vientos que ocupaba ese cargo para ejecutar exclusivamente las decisiones del presidente Milei, quien, con su original estilo personal, dio acabadas muestras de repudiar el control estatal sobre las sociedades, por afectar la libertad de sus integrantes de hacer estrictamente lo que le viene en ganas. Esta supuesta libertad de actuación “como forma de hacer negocios en la Argentina”, solo puede lograrse con el consenso de determinadas instituciones, como la Universidad Austral, el Colegio de Escribanos, los Estudios Jurídicos de Puerto Madero o Retiro, y, particularmente, de la “gente de bien”, que forman los cuadros del Poder Judicial, de absoluta dependencia hacia los poderes económicos de la Argentina. Todas estas usinas de poder, durante los primeros meses del año 2024, exigieron airadamente a las actuales autoridades de la IGJ, la derogación de las resoluciones generales dictadas por el autor de esta nota entre los años 2020/2023, para favorecer los intereses de las grandes corporaciones y de sus otros mandantes.
4. Hoy, alejado de la conducción de la IGJ local, tengo el enorme privilegio de asesorar a la Directora Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires, la Dra. Silvia Andrea García, desde donde estamos combatiendo el fraude interjurisdiccional ( sociedades extranjeras inscriptas en Mendoza, “La Delaware Argentina”, provincia en la cual dichas compañías no van a participar comercialmente de ninguna operación societaria, pero que resulta útil como lugar de inscripción en la Argentina, por cuanto la omisión del Organismo local de control respecto de ejercer toda vigilancia sobre las sociedades externas es absoluta ) y fiscalizando las absurdas primas de emisión de las acciones emitidas en los procedimientos de aumento del capital social de sociedades locales, a lo cual recurren muchas sociedades para evitar el control permanente sobre ellas por parte de dicho organismo, así como otros procedimientos de similar ilicitud, pergeñados por lo general en los grandes estudios legales y contables de la CABA. De manera que, en su gran mayoría, lo que las resoluciones generales que la IGJ deroga en la Ciudad de Buenos Aires, para facilitar la concreción de todo tipo de negocios, la DPPJ provincial desalienta mediante el dictado de sus disposiciones generales, instalando los necesarios mecanismos de controles para evitar el abuso o el fraude.
Resulta hasta cómico advertir que muchas sociedades supuestamente extranjeras, que pidieron su traslado a la jurisdicción provincial cuando estuve a cargo de la IGJ en el período 2020 a 2023, vuelven a requerir a la Dirección Provincial de Personas Jurídicas con sede en la ciudad de La Plata, su traslado a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, lo cual provoca, en este Organismo, una gran satisfacción, porque como he expresado en el subtítulo anterior, no se trata de otra cosa que “separar la paja del trigo”.
* Profesor Titular de Derecho Societario (UBA ). Ex Inspector General de Justicia.