El juez Diego Martín Matteucci, del Tribunal Oral Federal de Jujuy, condenó a diez años de prisión a Walter Rubén Meriles y Fernando Ramón Díaz por transporte de estupefacientes y dispuso el decomiso en favor del Estado nacional del camión marca Volvo empleado en la maniobra. 

Meriles y Díaz fueron detenidos luego de una persecución en enero último en la ciudad de Libertador General San Martín con casi 600 kilos de cocaína en el vehículo. 

La sentencia, dada a conocer el 2 de diciembre, responde a la acusación impulsada por el fiscal federal Federico Zurueta, quien investigó este caso desde el inicio, el 31 de enero pasado, cuando Meriles y Díaz fueron detenidos.

Ambos intentaron escapar de un control vehicular de Gendarmería Nacional en la ruta nacional 34, a la altura del acceso norte de Libertador. Según la información que dió Meriles en el puesto de control, venían de la localidad de Yuto con destino a San Pedro. Cuando los gendarmes esperaban que el camionero entregara la documentación del camión, el chofer realizó una maniobra brusca y huyó. Se inició entonces una persecución por 20 cuadras en Libertador. Cuando ya no pudieron seguir con el camión, los ahora condenados buscaron huir a pie, pero fueron reducidos.

En la requisa del vehículo un perro antinarcóticos detectó la droga en la cabina, donde fueron hallados 26 bultos que tenían 601 paquetes de cocaína, con un peso final de 594 kilos con 509 gramos de una pureza del 70 al 80%.

Según la fiscalía, la carga está valuada en 9.425.000 dólares y con ella se podrían producir 4.647.872 dosis.

Entre otras actuaciones complementarias, a pedido de la fiscalía, se dispuso el secuestro de teléfonos, dinero, documentación del camión y allanamientos en distintos domicilios de personas ligadas al entorno de los acusados.

En el debate el fiscal explicó que la fiscalía había arribado a un acuerdo con Meriles y Díaz mediante convenciones probatorias en cuanto a la responsabilidad penal de ambos, lo que se sucedió en la audiencia de control de acusación. Con este acuerdo no fue necesario producir prueba en el debate respecto de la reponsabilidad penal y solo quedó avanzar con la determinación de las penas. 

A pesar del acuerdo la fiscalía dio un relato pormenorizado del caso y las pruebas reunidas. Citó el relato de los gendarmes que los detuvieron, quienes dijeron que los hombres intentaron embestirlos con el camión.

También resaltó la pericia de uno de los teléfonos secuestrados, del que se obtuvieron datos que demostraron que el transporte se hizo con la ayuda de otras personas que iban oficiando como “coches punteros” en la ruta, en procura de evitar controles.

Además, destacó que la dueña del camión tenía una relación cercana con Meriles y que él tenía plena disposición del vehículo en todo momento.

A su turno, la defensa de Meriles objetó el acuerdo, dijo que no reflejaba la voluntad de su cliente respecto a la responsabilidad que tuvo en el hecho. Sostuvo que su defendido quiso declarar y no pudo ejercer ese derecho porque al principio tenía defensa oficial y no tuvo la posibilidad de plantear su defensa. 

En cambio, la defensa de Díaz reconoció el acuerdo y destacó que desde el inicio de la investigación su defendido admitió la responsabilidad en el transporte. Recalcó que Díaz “ha sido invariable en cuanto a su postura durante todo el proceso" y "ha sostenido su responsabilidad y se ha manifestado en ese sentido”.

Cuando se les ofreción declarar, Díaz se abstuvo mientras que Meriles declaró en la misma línea de argumentación de su defensa, trató de tomar distancia del hecho y le adjudicó la mayor responsabilidad a Díaz, a quien le atribuyó la decisión de escapar. También afirmó que fue captado por integrantes de una organización criminal que lo obligaron mediante amenazas a participar del tráfico de la droga incautada.

Zurueta reconoció como “poco habitual” lo expuesto por la defensa, pero dejó en claro que el camionero “en ningún momento, desde el inicio del caso hasta el día de la audiencia estuvo indefenso” y que la fiscalía jamás hubiera impulsado la acusación si objetivamente hubiera notado que tuviera una defensa ineficaz. Explicó que Meriles tuvo cuatro defensores desde el inicio del caso, todos ellos “con una actuación absolutamente profesional”.

En cuanto a que no pudo declarar, el fiscal señaló que “nunca solicitó declarar, nunca se le denegó el derecho a declarar”.

El juez coincidió con la fiscalía y homologó el acuerdo respecto a la responsabilidad penal de ambos acusados. Además, recalcó que “no se ha planteado en forma alguna una duda respecto a la validez del acto”.

Asimismo, rechazó que se hayan vulnerado garantías constitucionales del imputado, a la vez que consideró que no surgen indicios de irregularidad del proceso penal seguido contra el camionero, por lo que confirmó el acuerdo presentado por el MPF.

Al momento de la determinación de la pena la fiscalía solicitó para una pena de 11 años de prisión para cada uno.

La defensa de Meriles solicitó 6 años de prisión, mientras que el defensor de Díaz requirió una pena de 8 años y 4 meses. El juez fijó las penas en 10 años para ambos.