La jueza federal rosarina Sylvia Aramberri ordenó la construcción de una planta de tratamiento de los efluentes cloacales que desde hace décadas se vienen vertiendo en el sur de la ciudad, sin mayores controles y contaminando el río. La magistrada a cargo del juzgado N° 2 dio lugar así al amparo presentado por la Asociación Civil Cuenca Río Paraná contra la empresa Aguas Santafesinas S.A, el Ente Regulador de Servicios Sanitarios de la Provincia de Santa Fe, la Provincia de Santa Fe, y el Ministerio de Infraestructura y Transporte. "Es un un fallo trascendental porque es un conflicto que arrastra décadas sin solución y lo más valorable es que ordena la construcción de la planta depuradora" dijo Fabian Maggi, uno de los letrados demandantes, en diálogo con Rosario/12.
Sin embargo, el abogado criticó que "faltaría una determinación de metas interinas y de plazos, para que esto no se dilate durante varias décadas más". "Eso es lo que nos preocupa. Así que vamos a revisar ese tema para ver cómo planteamos la apelación exigiendo un cronograma de cumplimiento que sea más estricto que la declaración general de la jueza", apuntó.
En esa línea, Maggi reconoció como "sumamente destacable desde el punto de vista ambiental" que la jueza "haga suya las palabras de los peritos en el dictamen pericial que dice que ese vuelco ha causado un daño Irreversible al río Paraná, afectando las generaciones futuras. Eso es importantísimo, ya que reconoce que eso es una actividad dañosa para el ambiente algo que Aguas Santafesinas siempre negó".
De igual modo, el abogado de la asociación civil amplió que "como todo fallo relativo a estos temas, abre una un abanico de posibilidades e interrogantes hacia el futuro, porque esta causa sólo define la cuestión del Emisario Sur, pero... qué pasa por ejemplo con el vuelco sobre el río Paraná a la altura de calle Vera Mujica en la zona de Puerto Norte, que suele traer tantos problemas en el último tiempo, como la mortandad de peces en esa zona. Sin dudas que es un gran llamado de atención para la provincia y para Aguas Santafesinas".
Maggi consideró "importante señalar el impacto que tiene sobre la causa penal". "No nos olvidemos que hace un tiempo hubo un fallo muy arbitrario de la Cámara Federal de Rosario que revocó el procesamiento al considerar que la empresa cumplía con toda la normativa. Este sentencia judicial va en sentido contrario, y dice que no cumplen con la normativa. Esto es lo que está diciendo con absoluta claridad la doctora Sylvia Aramberri y muy bien fundado, a diferencia de aquel fallo de la Cámara de Apelaciones que carecía del más mínimo fundamento".
Al mismo tiempo, el profesional recordó que aquél fallo que revocó el procesamiento de los directivos de Aguas "se encuentra bajo recurso de Casación, es decir está siendo revisado por ese tribunal superior y a nuestro entender, con alto grado de probabilidad, va a revocar esa sentencia arbitraria y va a ordenar la continuidad del procesamiento de los directivos de Aguas Santafesinas con su posterior elevación a juicio y una eventual condena por la contaminación del río Paraná".
Lo que la jueza dejó asentado es la orden a la provincia y a la empresa Aguas Santafesinas que "se concreten las obras necesarias tendientes a brindar debido tratamiento previo y adecuado a los efluentes cloacales que son vertidos por la actual concesionaria -Aguas Santafesinas SA- o quien en el futuro resulte ser, desde el Emisario Sur de Rosario hacia el cauce del Río Paraná; imponiendo a todas ellas el deber de efectuar informes semestrales respecto de los trámites administrativos efectuados y las obras realizadas al respecto, para su conocimiento y contralor".
Además, se ordena a Assa que hasta que se concreten las obras y se ponga en funcionamiento la planta, deberán dar "estricto cumplimiento" al control de calidad sobre el vertido de camiones atmosféricos que acuden al centro de recepción en Ayolas y Circunvalación. Y se impone a la empresa que debe presentar ante la Justicia, cada tres meses, un "informe detallado" sobre esos controles de calidad.
Por su parte, el fallo impone al Enress "la tarea de verificar que Aguas Santafesinas de estricto cumplimiento a las medidas dispuestas" y que sobre esos controles también presente un informe cada tres meses.
A modo de cierre, Aramberri reflexiona sobre "la trascendental importancia de la tutela del medio ambiente, que conforme reconoce nuestro Máximo Tribunal '…importa el cumplimiento de los deberes que cada uno de los ciudadanos tienen respecto del cuidado de los ríos, de la diversidad de la flora y la fauna, de los suelos colindantes, de la atmósfera. Estos deberes son el correlato que esos mismos ciudadanos tienen a disfrutar de un ambiente sano, para sí y para las generaciones futuras, porque el daño que un individuo causa al bien colectivo se lo está causando a sí mismo. La mejora o degradación del ambiente beneficia o perjudica a toda la población, porque es un bien que pertenece a la esfera social y transindividual, y de allí deriva la particular energía con que los jueces deben actuar para hacer efectivos estos mandatos constitucionales'”.