Pasadas las tres de la tarde del jueves, cuatro abogados –tres hombres y una mujer– salieron exultantes de la oficina 7079. Enfilaron hacia el ascensor cuatro y se perdieron en el Palacio de Justicia de la calle Talcahuano. Acababan de tener un gran logro: habían conseguido que durante casi cinco horas un juez escuchara a los represores de la última dictadura relatar sus desventuras en las cárceles federales. La hazaña no había sido en solitario: tras una maniobra de fórum shopping, varios funcionarios judiciales habían contribuido para que se diera un proceso abiertamente irregular. Esta semana se espera que el juez Martín Yadarola se pronuncie acerca del hábeas corpus con el que los criminales de lesa humanidad pretenden que les abran las puertas de los penales para volver a sus casas.

En noviembre, diez organizaciones que se definen como de “memoria completa” presentaron un hábeas corpus colectivo y correctivo en favor de los mayores de 65 años que están privados de su libertad. No les interesaban todos los adultos mayores, particularizaron en 86 que están detenidos por haber secuestrado, torturado y desaparecido durante los años del terrorismo de Estado. Procuraron mostrar cómo el proceso de justicia los había agobiado y cómo supuestamente los jueces federales no prestan atención a sus dolencias. Hubo un caso que sorprendió a más de uno: incorporaron el caso del represor Alejandro Duret que dijo que tenía "estrés postraumático de guerra". Duret está preso por la desaparición de Carlos Labolita, amigo de Néstor y Cristina Kirchner, y hace poco encontraron un arsenal en su casa familiar.

Tras varias idas y vueltas, finalmente Yadarola convocó a una audiencia como le habían ordenado sus superiores de la Cámara del Crimen. En representación de los peticionantes fueron los abogados Alberto Solanet, Guillermo Fanego, Ricardo Saint Jean y María Laura Olea. Estuvo el fiscal Marcelo Munilla Lacasa y segundas líneas del Servicio Penitenciario Federal (SPF) y de la subsecretaría de Asuntos Penitenciarios del Ministerio de Seguridad. Las víctimas de la dictadura optaron por no participar y presentar un pedido por escrito para que se rechace el hábeas corpus en favor de los represores.

La audiencia fue a puertas cerradas. Lo que se sabe de lo que ocurrió fue por comentarios de participantes y fundamentalmente por un comunicado que difundió Justicia y Concordia, la asociación que promovió el hábeas corpus. Allí relató que habían hablado presos de Campo de Mayo, Ezeiza, Córdoba, Mendoza y Salta. Todos los hicieron por videoconferencia.

Según Justicia y Concordia, el juez Yadarola quedó “conmovido” por los relatos de los criminales de la dictadura --tanto que después de la audiencia ordenó al SPF que en un plazo de 48 horas presentara informes médicos de cada uno de los detenidos. En realidad, el juez tomó esa decisión porque solo había escuchado a representantes de los pabellones y no a todos los represores incluidos en el hábeas corpus. Por eso, quería cerciorarse del estado de salud de los internos.

Lo que más inquietó de la declaración de Justicia y Concordia fue la descripción del accionar del Ministerio Público. “El fiscal de turno dijo que si bien la Procuraduría de Crímenes Contra la Humanidad había contestado el hábeas corpus no podía sino adherir a lo que estábamos exponiendo y que quedó a la vista de todos los asistentes. Pidió que cualquiera fuere la decisión del juez, que se le envíe a cada tribunal federal copia del acta de la audiencia”, escribieron.

El acta de la audiencia no trascendió. Página/12 consultó sobre la postura de Munilla Lacasa. La explicación que le dieron a este diario fue que el fiscal había dado una “opinión personal” –que no explicitaron– y había adherido a la postura de la Procuraduría de Crímenes Contra la Humanidad (PCCH). El 5 de diciembre, la titular de la PCCH, Ángeles Ramos, presentó un dictamen en el que solicitaba que se rechazara el hábeas corpus. Entre otras cosas, decía que los peticionantes invocaban un supuesto agravamiento de las condiciones de detención para buscar un tribunal afín y que el juez Yadarola no tenía competencia territorial. Además, mostraba que la prisión domiciliaria no es una excepción en los casos de lesa sino la regla. De acuerdo con las estadísticas de la PCCH, el 80 por ciento de los represores están en sus casas.

No fue la única integrante del Ministerio Público que se pronunció en esa línea. Seis fiscales que intervienen en las causas de lesa humanidad –Miguel Palazzani, Adolfo Villatte, Alejandro Alagia, Marcelo García Berro, Félix Crous y Facundo Trotta– le dijeron al juez Yadarola que no era competente, advirtieron la maniobra de fórum shopping y señalaron que parecía orientada a que los represores y las autoridades del Ministerio de Seguridad se pronunciaran en consonancia, ya que Patricia Bullrich viene hace tiempo hablando de “venganza” y su jefe de gabinete, Carlos Manfroni, dijo que trabajaban en una “solución” para favorecer a los mayores de 70 años detenidos por crímenes de lesa humanidad. En el caso de Manfroni, éste invocó la Convención Interamericana de Protección de los Derechos de las Personas Mayores, la misma que Justicia y Concordia dice que se está violando al no buscar medidas alternativas a la prisión. 

Yadarola afirmó en dos oportunidades que él no era competente para entender en el hábeas corpus. En dos oportunidades, sus superiores de la Cámara del Crimen revocaron su decisión. En primer lugar lo hicieron Rodolfo Pociello Argerich y Magdalena Laiño, hija de un jefe militar y exdefensora oficial de algunos represores como Luis Muiña –el que fue beneficiado por la Corte Suprema con el fallo del 2x1. En segundo lugar lo hizo el camarista Hernán López.

La contorsión de la Cámara del Crimen es curiosa porque hace nueve años estuvo ante una situación análoga y falló de manera distinta. En 2015, se planteó un hábeas corpus en favor de los mayores de 70 detenidos por crímenes de lesa humanidad. El caso se conoce como “Corrales, Guillermo Gustavo”. En ese momento, lo que se decía era que los represores eran discriminados y no podían acceder al beneficio de la prisión domiciliaria.

El caso recayó en el juzgado de instrucción 33 que rechazó el hábeas corpus in limine, es decir, sin adentrarse en su estudio. Es lo mismo que hizo Yadarola. La diferencia es que, en ese entonces, la Cámara del Crimen convalidó la decisión. Cuando el caso llegó a la Cámara Nacional de Casación, ésta dijo que no era competente y que el tema debía ser abordado por sus colegas de la Cámara Federal de Casación Penal.

Hubo una contienda de competencia entre los dos tribunales que terminó siendo zanjada por la Corte Suprema el 9 de diciembre de 2015, el último día de Cristina Fernández de Kirchner en la presidencia. ¿Qué dijo la Corte? Que la justicia nacional criminal no posee competencia en materia federal y que, por ende, era la Cámara Federal de Casación Penal la que debía analizar el reclamo.

El 22 de febrero de 2016, la Sala I de la Casación Federal rechazó el hábeas corpus en favor de los represores. En su voto Gustavo Hornos y Mariano Borinsky escribieron: “El reclamo generalizado del instituto de arresto domiciliario para imputados por delitos de lesa humanidad mayores de 70 años no constituye de por sí una causal de hábeas corpus, pues su naturaleza jurídica es distinta y su análisis debe realizarse individualmente en el proceso correspondiente”.

Ocho años después se está discutiendo lo mismo. Evidentemente los jueces de la Cámara del Crimen se olvidaron del fallo “Corrales” de la Corte.