Con el amañado argumento de combatir el “terrorismo internacional” y al crimen organizado, el gobierno nacional dictó un decreto que bordea la transgresión de lo dispuesto por la Ley de Seguridad Interior respecto de la intervención de las Fuerzas Armadas en cuestiones internas. Autorizó el despliegue de fuerzas militares en sitios que algún funcionario de turno considere “de valor estratégico” para el Estado.

El decreto 1107/2024 publicado hoy en el Boletín Oficial establece que, en caso de ataques, daños o destrucción de espacios de “vital importancia para el Estado”, las fuerzas policiales o de seguridad federal “podrán solicitar el apoyo de las Fuerzas Armadas o de policías provinciales”.

Es decir que, ante un pedido de Patricia Bullrich, su par de Defensa, Luis Petri, deberá “proporcionar protección” a esa demanda, siempre y cuando estén afectados lo que se considere como un “objetivo de valor estratégico”.

Lo que hizo el Poder Ejecutivo en el decreto, la vuelta de tuerca que le encontró para abrir las puertas a una intervención militar, es arrogarles a esos dos ministros (y a todos los funcionarios del Ejecutivo) la potestad de definir o redefinir qué es un “objetivo de valor estratégico”.

El concepto está incluido en la Ley de Defensa Nacional (23.554) pero no define clara ni explícitamente qué es un “objetivo de valor estratégico”.

Frente a esa zona gris, el decreto firmado por Javier Milei, Bullrich y Petri establece que debe llamarse de esa manera a “cualquier bien, instalación o conjunto de instalaciones fijas y las entidades materiales de vital importancia para el Estado nacional que, en caso de ser dañados parcialmente o destruidos, ocasionarían graves perjuicios a la vida y bienestar de los habitantes del país, a su economía, al ambiente o a la propia Seguridad de la Nación”.

Luego deja claro que “la calificación como ‘Objetivo de Valor Estratégico’ será competencia exclusiva del Poder Ejecutivo”. Es decir, que le da a cualquier funcionario de Gobierno la potestad de utilizar esa definición de manera discrecional. Y esto será suficiente para el requerimiento de personal militar.

La medida es un paso adelante en la utilización del Ejército y demás armas en cuestiones internas. Es decir, un casillero más en la estrategia permanente de Bullrich y Petri para movilizar tanques y soldados. Por ejemplo, si un grupo de trabajadores  despedidos de una central eléctrica decide movilizarse hasta ese lugar, el Poder Ejecutivo podría aplicar la polémica definición.

La otra pieza clave para justificar esa medida fue recurrir al licencioso argumento de las “amenazas terroristas” que ambos funcionarios esgrimieron en ocasiones anteriores.

En este sentido, el decreto 1107/2024 dice que las fuerzas de seguridad pueden recurrir a las Fuerzas Armadas cuando haya “amenazas y agresiones” por parte de “fuerzas, organismos, organizaciones o actores estatales, paraestatales o criminales de origen transfronterizo o nacional, durante períodos de paz, de guerra o conflicto armado y en situaciones de conmoción interior”.

“No puede soslayarse que una mirada estratégica de la Seguridad Nacional importa la detección de las amenazas que enfrenta el Estado, entre las que se encuentra el terrorismo internacional como uno de los principales problemas de la Agenda del siglo XXI”, sentencia el decreto 1107.

¿Cuáles son esas supuestas amenazas que enfrentaría el Estado? Según el texto oficial, son todas aquellas “relacionadas con la desestabilización del Estado y las instituciones democráticas”. Es decir, frente a lo que el gobierno de Milei podría interpretar como un intento de golpe de Estado (una figura que el Presidente utilizó varias veces para referirse al debate político).

Por ejemplo cuando, en junio pasado, durante una de las masivas movilizaciones contra los ajustes acusó “al kirchnerismo” y “al peronismo en general” de tener “intenciones golpistas y abstinencia de poder”. “El kirchnerismo está intentando hace un golpe de Estado”, dijo al canal TN.

Advertencia del CELS

El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) advirtió este jueves que "desde hoy el presidente puede decidir la intervención de las Fuerzas Armadas en un conflicto o problema de seguridad interior", por lo tanto "puede militarizar la protección de Vaca Muerta, los aeropuertos y puertos, Plaza de Mayo o la CABA (como centro político y económico del país)".

Manuel Tufró, director de Justicia y Seguridad del organismo de derechos humanos, profundizó ante Página/12 las implicancias del nuevo decreto. "Lo primero que hay que decir es que el decreto va en contra de la Ley de Seguridad Interior, una normativa que establece qué tipo de intervenciones están habilitadas por las Fuerzas Armadas y la obligación de conformar un Comité de Crisis. Para reformar esa ley sí o sí se debería pasar por el el Congreso", explica.

"El otro problema remite a la vaguedad del valor estratégico", comentó Tufró y explica que al no definir a qué remite específicamente ese término -en el decreto se ponen, apenas, unos casos de terrorismo y criminalidad organizada- el Gobierno podría movilizar las Fuerzas Armadas a gusto y placer de lo que decida el Ejecutivo. "Es una carta blanca para que cualquier cosa sea definida como valor estratégico", agrega el doctor en Ciencias Sociales.

Por último, Tufró pone en la lupa que el decreto firmado por el Presidente es similar al que Bullrich intentó sacar en 2017 y que se topó con la resistencia del Ministerio de Defensa. En esta oportunidad, Luis Petri no dijo ni mu. Porque en caso de que las FF.AA. participen en la Seguridad Interior, deberán subordinarse a lo que diga y ordene la ministra de Seguridad. "Lo que habilita el decreto es a reconvertir a las Fuerzas Armadas, que antes tenían tareas de defensa, en fuerzas casi policiales". "Es una línea  histórica que viene bajada de los Estados Unidos y que ella, ahora, la hace propia", completó.