El fiscal General ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de Rosario, Oscar Fernando Arrigo, solicitó ayer “la inmediata detención” de los imputados en la causa por la desaparición forzada seguida de muerte de Franco Casco, respecto de aquellos sobre “los cuales se solicitaron penas de prisión efectivas”, en orden al riesgo de fuga. El TOF2 fijó una audiencia para el próximo viernes a los efectos de resolver el planteo del Ministerio Público Fiscal (MPF).

La medida fue solicitada luego de que la sala I de la Cámara Federal de Casación Penal resolviera el último martes la anulación de la sentencia del TOF2 dictada en julio de 2023, mediante la cual absolvió a 19 policías y un civil implicados en la investigación por la suerte del joven de Florencio Varela, cuyo cuerpo apareció flotando en el río Paraná el 30 de octubre de 2014. La última vez que se lo vio con vida fue en la comisaría 7ª de Rosario, entre el 6 y 7 de octubre de ese año.

Además de anular la sentencia, Casación ordenó que se dicte un nuevo veredicto en función de las recomendaciones que dio en su resolución. Ante ese cambio en el estatus procesal de los imputados, el fiscal Arrigo y su par Federico Reynares Solari, interpusieron el planteo ante el TOF2 para que vuelva a cumplir prisión preventiva, invocando el riesgo de fuga en caso de ser condenados.

“Entiendo que la gravedad de los hechos imputados y de las penas solicitadas en su oportunidad, teniendo especialmente en cuenta que las respectivas absoluciones de los nombrados fueron anuladas por la CFCP, resultan parámetros válidos que permiten presumir que, si luego de esta decisión del Tribunal de Casación resultaren condenados e incluso antes de que dicha condena quedare firme, los imputados intentarán eludir la acción de la justicia”, sostuvieron los fiscales en el escrito, al que accedió Rosario/12.

Por ese motivo, pidieron “la inmediata detención” de los policías Diego José Álvarez, Walter Eduardo Benítez, Fernando Sebastián Blanco, Cecilia Rut Elisabeth Contino, César Daniel Acosta, Enrique Nicolás Gianola Rocha, Cintia Débora Greiner, Marcelo Alberto Guerrero, Guillermo Hernán Gysel, Rocío Guadalupe Hernández, Esteban Daniel Silva, Belkis Elisabeth González, Rodolfo Jesús Murúa, Pablo Andrés Siscaro y Daniel Augusto Escobar. En cuanto a Romina Anahi Díaz, el texto señala que “conforme informe del Registro Nacional de las Personas que se acompaña, la nombrada habría fallecido; aunque no se precisa la fecha”, por lo que pide la verificación de ese dato.

“Si bien no desconocemos que, hasta tanto la condena se encuentre firme, los encausados gozan del principio de inocencia dispuesto por los Tratados Internacionales de Derechos Humanos y por la Constitución Nacional, el fallo de Casación que consideró nula la sentencia absolutoria es determinante a los efectos de analizar su peligrosidad procesal”, abundan los fiscales Arrigo y Reynares Solari.

En ese sentido, señalan que “la eventual sentencia condenatoria de los nombrados, teniendo en cuenta que el nuevo pronunciamiento deberá adecuarse a los lineamientos del fallo de la Cámara Federal de Casación Penal, constituye una decisión sobre el fondo que, como tal, goza de una presunción de acierto que incide desfavorablemente en cuanto al riesgo de fuga; más aún, teniendo en cuenta los montos de pena solicitados en todos los casos -que van de cinco anos y diez meses a prisión perpetua”.

Fuentes judiciales indicaron a este diario que tras el planteo del MPF, el Tribunal Oral Federal Nº2 convocó a una audiencia para el próximo viernes, en la que se tratará el asunto. De todos modos, no estaba claro si el Tribunal va a resolver la petición en ese acto, o se limitará a la escuchar a las partes antes de adoptar una decisión.

La resolución de Casación firmada por los jueces Daniel Petrone, Diego Barroetaveña y Carlos Mahiques, de la Sala I, ordenó que el expediente se remita “a su origen a fin de que, por quien corresponda, se dicte sentencia con ajuste a los lineamientos sentados en la presente”. Es decir, que se dicte una nueva sentencia con las pruebas producidas durante el debate oral, que insumió más de un año en la Justicia Federal rosarina.

Casación resolvió las apelaciones de la sentencia dictada en julio de 2023 por el TOF 2 realizada tanto por el Ministerio Público Fiscal cuanto por las querellas particulares de la familia del Franco Casco. Entendió que “la valoración efectuada por los magistrados que integraron la mayoría del resolutorio recurrido también adolece, en este punto, de vicios de fundamentación, en consonancia con los estándares referidos sobre la valoración de la prueba pericial en especial y, particularmente, con las reglas generales de valoración de los indicios para la reconstrucción de los hechos”.